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Reporte de programa de cumplimiento

Reporte final — PdC D-066-2021 · EDIFICIO NEW

Expediente: D-066-2021 →
Fecha resolución: 23-06-2021
Fecha término: 06-08-2021
Estado PdC: En Curso
Frecuencia reporte: Sin Reportes de Avance
Tipo PdC: Guía PdC Ruidos
Unidad fiscalizable: EDIFICIO NEW
Comuna / Región: Ñuñoa — Región Metropolitana

Acciones 4

N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
4
"Taller de corte”. Otras acciones."
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4.- Traslado de taller de corte Estado de implementación del traslado del taller de corte a piso -1: 100% Estado de implementación de espuma absorbente en muros de taller de corte: 100% Comentarios: El taller de corte se encuentra ubicado en el primer subterráneo del edificio, en un área acotada, delimitada para controlar las faenas generadoras de ruido asociadas al corte de perfiles metálicos. Dos de las paredes son de hormigón y fueron revestidas con espuma fonoabsorbente en toda su superficie. Las otras dos paredes fueron implementadas con barreras acústicas de acuerdo a la materialidad fonoabsorbente requerida considerando los siguientes elementos: estructura metálica, doble terciado estructural 12 mm. (14 kg/m2), lana mineral 40 mm doble., malla para contener la lana mineral. En Anexo N°4 se adjuntan: • Facturas de los materiales utilizados • Fotografías del revestimiento de los muros de hormigón con espuma FONAC y de las barreras acústicas implementadas. Cabe mencionar que las fotografías no aparecen con georreferenciación ya que el taller de corte se encuentra en el subterráneo donde no se cuenta con señal de GPS.
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6
Una vez ejecutadas todas las acciones de mitigación de ruido, se realizará una medición de ruido con el objetivo de acreditar el cumplimiento del D.S. N° 38/2011 del MMA. La medición de ruidos deberá realizarse por una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA), debidamente autorizada por la Superintendencia, conforme a la metodología establecida en el D.S. N°38/2011 del MMA, desde el domicilio de los receptores sensibles de acuerdo a la formulación de cargos, en el mismo horario en que constó la infracción y mismas condiciones. En caso de no ser posible acceder a la ubicación de dichos receptores, la empresa ETFA realizará la medición en un punto equivalente a la ubicación del receptor, de acuerdo a los criterios establecidos en el D.S. N°38/2011 del MMA. En caso de no ajustarse a lo dispuesto a lo recién descrito la medición no será válida.
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6.- Medición ETFA Estado de implementación: 50% (en proceso de repetición por aclaración) Comentarios: Se solicitó a ETFA la realización de la medición para verificar cumplimiento de la norma, la cual fue agendada para lunes 9 de agosto por consideraciones de programación de sus equipos de trabajo. La medición fue realizada el 9 de agosto según programación. El informe da cuenta de la situación medida, la cual evidencia una reducción en los ruidos percibidos en los puntos receptores respecto de la situación inicial que originó el presente proceso. No obstante, los niveles de ruido percibidos siguen estando por sobre los límites establecidos por la normativa. Al revisar el informe, se evidencia un error en la descripción de las fuentes emisoras de ruido identificadas como parte de la obra. En efecto, una de las fuentes percibidas por el profesional a cargo de la medición fue descrita como “pistón a presión”. El único equipo que posee pistones a presión en la obra corresponde a la bomba hormigonera, la cual no operó durante el día de la medición debido a que no se recibió hormigón de parte de los proveedores. Asimismo, en el apartado 3.2 FUENTES DE RUIDO DURANTE MEDICIONES el informe muestra solo dos fotos generales de la torre, sin especificarse las fuentes que efectivamente estaban funcionando al momento de la medición. Dado lo anterior, se solicitó a la ETFA realizar una nueva medición en la que se diferencia de mejor forma las fuentes pertenecientes de la obra, de aquellas correspondientes al entorno, en el cual existen obras de construcción similares a la obra NEW Ñuñoa. El día 23 de agosto, la ETFA realizó una nueva medición la cual se realizó en condiciones de operación de la obra similar a la medición del 9 de agosto. En cada punto receptor, se realizaron mediciones de ruido de fondo. Para los tres puntos receptores, se identificaron fuentes de ruido de fondo de tipología similar a las propias de la obra (faenas de obra, camión mixer, golpes de martillo, excavadora, taladro, sierra). Asimismo, los niveles de ruido de fondo medidos se encuentran, para la totalidad de los puntos receptores, en niveles cercanos a aquellos medidos con la fuente funcionando. Producto de esto, para las tres mediciones realizadas, se debió llevar a cabo una corrección por ruido de fondo, lo cual está establecido como parte de la metodología para aquellos casos en que el ruido de fondo puede afectar las lecturas de ruido de la fuente emisora. Con lo anterior, los resultados de las mediciones arrojan valores que dan cuenta del cumplimiento de la norma aplicable por parte de la faena de construcción NEW Ñuñoa.
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7
Cargar en el SPDC el Programa de Cumplimiento aprobado por la Superintendencia del Medio Ambiente. Para dar cumplimiento a dicha carga, se entregará la clave para acceder al sistema en la misma resolución que aprueba dicho programa. Debiendo cargar el programa en el plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que apruebe el Programa de Cumplimiento, de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N° 116/2018 de la SMA.
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Se cargó con fecha 9 de julio el PdC con las observaciones corregidas.
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8
Cargar en el portal SPDC de la Superintendencia del Medio Ambiente, en un único reporte final, todos los medios de verificación comprometidos para acreditar la ejecución de las acciones comprendidas en el PdC, de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N° 116/2018 de la SMA.
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Con fecha 17 de agosto se carga al spdc los reportes asociados a la implementación de las acciones comprometidas. Sin embargo queda pendiente el reporte de la nueva medición que realizará la ETFA el día 23 de agosto, cuyo reporte se espera para el día 30 de agosto. En dicha fecha se reportará los resultados de la medición final.
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Reportes del PdC 2

Tipo de reporte: Final
Fecha de envío: 31-08-2021
Comprobante de envío: Descargar
Medios de verificación: Descargar
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Estado
Fecha envío
Detalle
1
Enviado Fuera de Plazo
17-08-2021
2
Enviado Fuera de Plazo
31-08-2021
— actual

Sancionatorios asociados 1

Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle
D-066-2021
09-03-2021
Terminado - PDC Satisfactorio
1 elementos seleccionados