Reporte de programa de cumplimiento
Reporte final — PdC F-089-2020 · PISCICULTURA PUERTO OCTAY S.A. (PUERTO OCTAY)
Expediente: F-089-2020 →
Fecha resolución: 01-08-2024
Fecha término: 13-01-2025
Estado PdC: En Curso
Frecuencia reporte: Sin Reportes de Avance
Tipo PdC: Guía PdC Residuos Líquidos
Unidad fiscalizable: PISCICULTURA PUERTO OCTAY S.A. (PUERTO OCTAY)
Comuna / Región: Puerto Octay — Región de Los Lagos
Acciones 9
N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
1
Cargar en el SPDC el Programa de Cumplimiento aprobado por la Superintendencia del Medio Ambiente. Para dar cumplimiento a dicha carga, se transcribirá en la plataforma electrónica del “Sistema de Seguimiento de Programas de Cumplimiento” (SPDC) creada mediante la Resolución Exenta N° 166, de 8 de febrero de 2018, de la Superintendencia del Medio Ambiente, el Programa de Cumplimiento aprobado (incluyendo las correcciones de oficio realizadas en la respectiva resolución). Además, para acceder a dicha plataforma se dará cumplimiento a la Resolución Exenta N° 2.129, de 26 de octubre de 2020, mediante la cual se entregan instrucciones de registro de titulares y activación de clave única para el reporte electrónico de obligaciones y compromisos a la Superintendencia del Medio Ambiente. Indicador de cumplimiento: PDC cargado en el SPDC.
Ver detalle →La acción se cumple con la carga de los antecedentes en esta misma Plataforma, por lo que no se reporta en forma adicional.
Ver detalle →2
Cargar en el portal SPDC de la Superintendencia del Medio Ambiente, en un único reporte final, todos los medios de verificación comprometidos para acreditar la ejecución de las acciones comprendidas en el PdC, de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N°166/2018 de la SMA. Indicador de cumplimiento: Reporte Final cargado en el SPDC
Ver detalle →La acción se cumple con la carga de los antecedentes en esta misma Plataforma, por lo que no se reporta en forma adicional.
Ver detalle →3
No superar el límite máximo permitido de caudal en el Programa de Monitoreo correspondiente. Indicador de Cumplimiento: Ausencia de superaciones de caudal con posterioridad a la ejecución de mantención.
Ver detalle →La presente acción corresponde a dar cuenta del cumplimiento del límite máximo del caudal permitido, lo cual se verificó en los monitoreos ejecutados en razón del Programa de Monitoreo vigente. Así, para dar cumplimiento a la acción, se acompañan en el presente reporte copia de los comprobantes del ingreso a la plataforma RETC de los monitoreos ejecutados correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre.
Ver detalle →4
Elaborar y ejecutar un Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento, que establezca: ? Calendarización de los monitoreos y reportes: ? Obligación de reportar aun cuando no se haya ejecutado descarga o infiltración en dicho período. ? Listado de parámetros comprometidos. ? Frecuencia de monitoreo de cada parámetro. ? Metodología de muestreo que corresponda y el tipo de muestra que establece la RPM para cada parámetro (puntual o compuesta). ? Máximos permitidos para cada parámetro. ? Máximo permitido de caudal. ? Procedimiento de remuestreo, que contemple los plazos de ejecución y reporte de los mismos. ? Plan de mantenimiento de las instalaciones del sistema de riles. Responsabilidades y responsables del personal a cargo del manejo del sistema de riles y reporte del Programa de Monitoreo. Indicador de cumplimiento: Protocolo elaborado.
Ver detalle →El cumplimiento de la acción comprometida se verifica mediante la presentación del Protocolo de Implementación del Programa de Monitoreo de Calidad de Efluente Generado por Piscicultura Aguas Buenas (Código P-MA-AD-04) elaborado con fecha 03 de septiembre de 2024 y sus correspondientes anexos.
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Capacitar al personal encargado del manejo del sistema de riles y/o del reporte del Programa de Monitoreo, sobre el Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento. Indicador de cumplimiento: Capacitaciones realizadas.
Ver detalle →La presente acción corresponde a la capacitación del personal sobre la implementación del nuevo Protocolo de Implementación del Programa de Monitoreo de Calidad de Efluente generado por Piscicultura Aguas Buenas. En particular la capacitación se llevó a cabo el día 16 de septiembre de 2024 y se acompaña en el presente reporte: (i) Correos de difusión del Protocolo con su respectiva invitación a la capacitación; (ii) Listado fechado y firmado de asistencia a la capacitación; (iii) Copia de la presentación en formato ppt. y formato pdf; (iv) Registro fotográfico fechado y georreferenciado de la capacitación efectuada con fecha 16 de septiembre de 2024.
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Realizar una mantención de las instalaciones del Sistema de Riles del establecimiento, conforme se establece en el Protocolo comprometido. Indicador de cumplimiento: Mantenciones ejecutadas.
Ver detalle →Tal como se ha dado cuenta en este documento, la Acción N°6 del PdC se encuentra ejecutada a la fecha de esta Reporte, realizándose la mantención de las instalaciones del Sistema de Riles del establecimiento, conforme se establece en el Protocolo, dando íntegro cumplimiento a lo establecido en la presente Acción. En particular, en el marco del protocolo comprometido en la Acción N°4 se comprometió la mantención de las instalaciones del sistema de Riles del establecimiento, las cuales consisten en el retiro periódico del lodo de las piscinas de sedimentación cuando estas alcancen un máximo del 70% de su capacidad. Así, este proceso inició en septiembre con la extracción de lodos por parte de la empresa Green Will SpA. Considerando las condiciones climáticas de lluvia existentes en dicha época, el deshidratado del lodo se extendió por un período mayor al previsto, luego de lo cual fue posible retirar el lodo de las piscinas para su posterior envío por parte de la empresa Zerocorp a un lugar autorizado. De esta manera, la acción fue íntegramente ejecutada. Se hace presente que el proceso de mantención de las piscinas continuará ejecutándose en el tiempo de manera periódica, cuando estas alcancen un máximo del 70% de su capacidad conforme a lo establecido en el Protocolo. Con ello, se hace presente que el proceso de retiro de lodos se ha ejecutado de forma permanente desde febrero de 2024 hasta enero de 2025, considerando el 100% de las piscinas existentes. De esta manera, el retiro de lodos descrito en el informe adjunto da cuenta exclusivamente de este período específico del proceso.
Ver detalle →7
Aumentar la frecuencia de monitoreo de caudal durante el período de ejecución del Programa de Cumplimiento.
Ver detalle →De acuerdo a lo comprometido en el PdC, el medio de verificación corresponde a la copia de los comprobantes de reporte del Programa de Monitoreo generados con su ingreso a la plataforma RETC entre el 13 agosto de 2024 y el 13 de diciembre de 2025. Hacemos presente que los monitoreos se han efectuado en tiempo y forma por parte de una ETFA autorizada. Sin perjuicio de ello, se informa que respecto los monitoreos de diciembre de 2024 se sigue a la espera de que la ETFA contratada (ADL Diagnostic Chile SpA) elabore el correspondiente informe de análisis de laboratorio, situación que escapa al control de Cultivos Yadran S.A. Para acreditar lo anterior, se acompaña el correo electrónico remitido a la ETFA, en la que se solicita la emisión de dicho informe. De todas formas, apenas este se encuentren disponible se cargará a la plataforma RETC. Asimismo, esto se informará a esta autoridad apenas sea realizado. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- REPORTE DE 14 DE ABRIL DE 2025. Tal como ha sido comprometido en el Reporte único de este Programa de Cumplimiento, el titular complementa el mismo mediante la copia de los comprobantes de reporte del Programa de Monitoreo generados con su ingreso a la plataforma RETC asociados a los meses de diciembre de 2024 y enero de 2025.
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Instalación de dispositivo de monitoreo continuo de caudal. Indicador de cumplimiento: Equipo de monitoreo continuo de caudal instalado.
Ver detalle →la Acción N°8 del PdC se encuentra ejecutada a la fecha de esta Reporte. En concreto, el caudalímetro comprometido se encuentra instalado y en funcionamiento dentro del plazo establecido, conforme se acredita en las fotografías fechadas al 11 de septiembre de 2024 y georreferenciadas que se acompañan a esta presentación. De la misma manera, se acompañan las correspondientes órdenes de compra del servicio de instalación del caudalímetro y la factura N°818 asociada, emitida el 27 de agosto de 2024 por la empresa CaptaHydro, quien presta el servicio de instalación del caudalímetro y asimismo entrega en comodato el equipo para la medición. Como se indica en la factura, costo total de la acción asciende a $1.205.226. Por último, se acompaña el ingreso de la solicitud para habilitar la creación del catastro correspondiente a la unidad fiscalizable en el Catastro API REST de la SMA, con objeto de asegurar la conexión en línea del caudalímetro. Dicha solicitud se ingresó el 27 de agosto de 2024, dentro de los diez días hábiles siguientes a la aprobación del PDC.
Ver detalle →9
Reporte con frecuencia cada 5 minutos a través de conexión en línea vía API REST de la Superintendencia del Medio Ambiente, de monitoreos efectuados en misma frecuencia. Excepcionalmente, y sólo en caso de problemas de conexión que sean técnicamente justificados, dicho reporte en línea se podrá realizar cada 1 hora, pero adjuntado todos los monitoreos efectuados en dicho lapso. Indicador de cumplimiento: Caudal reportado cada 5 minutos o cada una hora en caso de acreditarse defectos.
Ver detalle →La acción corresponde al reporte con frecuencia de cada 5 minutos del caudal, admitiendo excepcionalmente, en casos de problemas de conexión técnicamente justificados, el reporte en línea se podrá realizar cada 1 hora, debiéndose adjuntar todos los monitoreos efectuados en dicho lapso. En conformidad a lo comprometido, se instaló la conexión en línea vía API REST la cual está en funcionamiento desde el día 13 de noviembre de 2024 tal como se da cuenta en el reporte enviado a la SMA al respecto, así como en la fotografía fechada de la conexión en línea.
Ver detalle →Reportes del PdC 1
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Estado
Fecha envío
Detalle
1
Enviado Fuera de Plazo
14-04-2025
— actual
Sancionatorios asociados 1
Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle