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Reporte de programa de cumplimiento

Reporte final — PdC F-083-2020 · PISCICULTURA COPIHUE (100356)

Expediente: F-083-2020 →
Fecha resolución: 08-04-2021
Fecha término: 27-10-2021
Estado PdC: En Curso
Frecuencia reporte: Sin Reportes de Avance
Tipo PdC: Guía PdC Residuos Líquidos
Unidad fiscalizable: PISCICULTURA COPIHUE (100356)
Comuna / Región: Puerto Varas — Región de Los Lagos

Acciones 19

N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
1
Para dar cumplimiento a dicha carga, se transcribirá en la plataforma electrónico del “Sistema de Seguimiento de Programas de Cumplimiento“ (SPDC) creada mediante la Resolución Exenta N°166, de 8 de febrero de 2018, de la Superintendencia del Medio Ambiente, el Programa de Cumplimiento aprobado (incluyendo las correcciones de oficio realizadas en la respectiva resolución). Además, para acceder a dicha plataforma se dará cumplimiento a la Resolución Exenta N°2.129, de 26 de octubre de 2020, mediante la cual se entregan instrucciones de registro de titulares y activación de clave única para el reporte electrónico de obligaciones y compromisos a la Superintendencia del Medio Ambiente.
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Conforme a lo indicado en el PDC, la presente acción N°1, da cuenta de la carga o configuración del PDC aprobado mediante Res. Ex. Nº2 /ROL F-083-2020, dentro del plazo establecido en la citada resolución, en la plataforma dispuesta por la SMA para efectos de seguimiento de las actividades comprometidas (SPDC). Cabe mencionar que el PDC fue aprobado con fecha del 08 de abril de 2021 y su notificación a Mowi ocurre el 05 de mayo del 2021, por lo que se abordan los plazos desde la notificación de aprobación del PDC.
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2
Cargar en el portal SPDC de la Superintendencia del Medio Ambiente, en un único reporte final, todos los medios de verificación comprometidos para acreditar la ejecución de las acciones comprendidas en el PdC, de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N°166/2018 de la SMA
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Conforme a lo indicado en el PDC, la presente acción N°2 fue iniciada el 05 mayo del año 2021 y terminadas el 27 de octubre de 2021, con la carga del respectivo reporte final.
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3
Reportar el Programa de Monitoreo durante la vigencia del Programa de Cumplimiento.
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Conforme a lo indicado en el PDC, las acciones 3 y 6, se ejecutaron durante el periodo de los 120 días hábiles, siendo este su reporte final, donde se adjuntan los comprobantes o certificados generados por el Registro de Transferencia de Contaminantes (RETC), durante la vigencia del PDC Cabe mencionar que tales comprobantes corresponden a los datos monitoreados durante los meses de mayo a septiembre, entendiendo que el reporte de estos datos se realiza al mes siguiente de la ejecución del monitoreo, por lo que los comprobantes del RETC fueron emitidos entre los meses de junio a octubre 2021.
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4
Elaborar y ejecutar un Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento, que establezca: - Calendarización de los monitoreos y reportes. - Obligación de reportar aun cuando no se haya ejecutado descarga o infiltración en dicho periodo. - Listado de parámetros comprometidos. - Frecuencia de monitoreo de cada parámetro. - Metodología de monitoreo que corresponda y el tipo de muestra que establece la RPM para cada parámetro (puntual o compuesta). - Máximos permitidos para cada parámetro. - Máximo permitido de caudal. - Procedimiento de remuestreo, que contemple los plazos de ejecución y reporte de los mismos. ? Plan de mantenimiento de las instalaciones del sistema de RILes - Responsabilidades y responsables del personal a cargo del manejo del sistema de RILes y reporte del Programa de Monitoreo.
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Conforme a lo indicado en el PDC, las acciones 4, 8, 11 y 16, fueron iniciadas el 05 mayo del año 2021 y terminadas el 26 de mayo de 2021. Las presentes acciones, han decantado en la elaboración de un Protocolo de Implementación del Programa de Monitoreo para el establecimiento Copihue. El objetivo principal de dicho documento corresponde a establecer lineamientos, actividades, responsables y mantenimiento del Sistema de Riles que permitan asegurar el monitoreo, reporte y cumplimiento de los límites que establece la RPM N°464/2019 de la SMA.
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5
Capacitar al personal encargado del manejo del sistema de RILes y/o del reporte del Programa de Monitoreo, sobre el Protocolo de Implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento
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Conforme a lo indicado en el PDC, las acciones 5, 9, 12 y 17 iniciadas el 05 mayo del año 2021 y terminadas el 10 de junio 2021, que dicen relación a la ejecución de capacitación al personal de Copihue fueron ejecutadas dentro de los plazos establecidos. Adicional a lo anterior, la capacitación fue llevado a cabo el día 09 de junio de 2021, por medio del Señor Hugo Quiñones, responsable del área de Medio Ambiente, donde asistieron un total de 8 empleados. Entre las materias abordadas en la capacitación, se destaca la inducción al Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo de RILes, elaborado mediante las acciones 4, 8, 11 y 16 del presente PDC, donde se repasó la calendarización de monitoreos, obligaciones a reportar, listado de parámetros y su frecuencia, responsables del manejo del sistema de RILes, entre otras.
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6
Reportar el Programa de Monitoreo durante la vigencia del Programa de Cumplimiento.
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Conforme a lo indicado en el PDC, las acciones 3 y 6, se ejecutaron durante el periodo de los 120 días hábiles, siendo este su reporte final, donde se adjuntan los comprobantes o certificados generados por el Registro de Transferencia de Contaminantes (RETC), durante la vigencia del PDC Cabe mencionar que tales comprobantes corresponden a los datos monitoreados durante los meses de mayo a septiembre, entendiendo que el reporte de estos datos se realiza al mes siguiente de la ejecución del monitoreo, por lo que los comprobantes del RETC fueron emitidos entre los meses de junio a octubre 2021.
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7
Entregar a la Superintendencia copia de los Informes de Ensayo de los análisis que se hayan efectuado y no se hayan ingresado previamente, correspondientes a los períodos de incumplimiento constatados en el cargo.
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En el marco del Programa de Cumplimiento, y de acuerdo con lo indicado en la acción N°7 en el presente reporte final, se puede indicar que, durante el periodo en evaluación, es decir, de mayo a octubre de 2021, todos los certificados de monitoreo elaborados por la ETFA Hidrolab no presentaron mayores inconvenientes, cumpliendo a cabalidad con los predispuesto en su Programa de Monitoreo del Establecimiento Copihue. Por otro lado, dada la exigencia de la presente acción, también se adjuntan como medios de verificación, todos los certificados de ensayo donde se presentó incumplimiento según lo constatado por la autoridad en su respectiva Formulación de Cargo por medio de la Res. Ex. N°1/Rol F-083-2020. Todo lo anterior, de manera de transparentar los análisis efectuados a la descarga de Riles del Establecimiento Copihue.
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8
Elaborar y ejecutar un Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento, que establezca: - Calendarización de los monitoreos y reportes - Obligación de reportar aun cuando no se haya ejecutado descarga o infiltración en dicho periodo. - Listado de parámetros comprometidos. - Frecuencia de monitoreo de cada parámetro. - Metodología de monitoreo que corresponda y el tipo de muestra que establece la RPM para cada parámetro (puntual o compuesta). - Máximos permitidos para cada parámetro. - Máximo permitido de caudal. - Procedimiento de remuestreo, que contemple los plazos de ejecución y reporte de los mismos. - Plan de mantenimiento de las instalaciones del sistema de RILes. - Responsabilidades y responsables del personal a cargo del manejo del sistema de RILes y reporte del Programa de Monitoreo.
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Conforme a lo indicado en el PDC, las acciones 4, 8, 11 y 16, fueron iniciadas el 05 mayo del año 2021 y terminadas el 26 de mayo de 2021. Las presentes acciones, han decantado en la elaboración de un Protocolo de Implementación del Programa de Monitoreo para el establecimiento Copihue. El objetivo principal de dicho documento corresponde a establecer lineamientos, actividades, responsables y mantenimiento del Sistema de Riles que permitan asegurar el monitoreo, reporte y cumplimiento de los límites que establece la RPM N°464/2019 de la SMA.
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9
Capacitar al personal encargado del manejo del sistema de RILes y/o del reporte del Programa de Monitoreo, sobre el Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento.
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Conforme a lo indicado en el PDC, las acciones 5, 9, 12 y 17 iniciadas el 05 mayo del año 2021 y terminadas el 10 de junio 2021, que dicen relación a la ejecución de capacitación al personal de Copihue fueron ejecutadas dentro de los plazos establecidos. Adicional a lo anterior, la capacitación fue llevado a cabo el día 09 de junio de 2021, por medio del Señor Hugo Quiñones, responsable del área de Medio Ambiente, donde asistieron un total de 8 empleados. Entre las materias abordadas en la capacitación, se destaca la inducción al Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo de RILes, elaborado mediante las acciones 4, 8, 11 y 16 del presente PDC, donde se repasó la calendarización de monitoreos, obligaciones a reportar, listado de parámetros y su frecuencia, responsables del manejo del sistema de RILes, entre otras.
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10
No superar los límites máximos establecidos en la norma de emisión y Programa de Monitoreo correspondiente.
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En el marco de la implementación del Programa de Cumplimiento, y de acuerdo con lo indicado en la acción N°10 en el presente reporte final, se puede indicar que, no se superaron los límites máximos establecidos en norma de emisión y Programa de monitoreo. Lo anterior, es reflejado por medio de los medios de verificación correspondiente a los Reportes de cumplimiento autocontroles de RILes, documento que es emitido por la SMA posterior a la declaración en Ventanilla Única RETC, el que da cuenta que, durante el periodo en evaluación, se cumplió a cabalidad con la exigencias establecidas en el Programa de Monitoreo, dando cumplimiento al PDC.
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11
Elaborar y ejecutar un Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento, que establezca: - Calendarización de los monitoreos y reportes - Obligación de reportar aun cuando no se haya ejecutado descarga o infiltración en dicho período. - Listado de parámetros comprometidos. - Frecuencia de monitoreo de cada parámetro. - Metodología de muestreo que corresponda y el tipo de muestra que establece la RPM para cada parámetro (puntual o compuesta). - Máximos permitidos para cada parámetro. ? Máximo permitido de caudal. - Procedimiento de remuestreo, que contemple los plazos de ejecución y reporte de los mismos. - Plan de mantenimiento de las instalaciones del sistema de RILes. - Responsabilidades y responsables del personal a cargo del manejo del sistema de RILes y reporte del Programa de Monitoreo.
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Conforme a lo indicado en el PDC, las acciones 4, 8, 11 y 16, fueron iniciadas el 05 mayo del año 2021 y terminadas el 26 de mayo de 2021. Las presentes acciones, han decantado en la elaboración de un Protocolo de Implementación del Programa de Monitoreo para el establecimiento Copihue. El objetivo principal de dicho documento corresponde a establecer lineamientos, actividades, responsables y mantenimiento del Sistema de Riles que permitan asegurar el monitoreo, reporte y cumplimiento de los límites que establece la RPM N°464/2019 de la SMA.
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12
Capacitar al personal encargado del manejo del sistema de RILes y/o del reporte del Programa de Monitoreo, sobre el Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento
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Conforme a lo indicado en el PDC, las acciones 5, 9, 12 y 17 iniciadas el 05 mayo del año 2021 y terminadas el 10 de junio 2021, que dicen relación a la ejecución de capacitación al personal de Copihue fueron ejecutadas dentro de los plazos establecidos. Adicional a lo anterior, la capacitación fue llevado a cabo el día 09 de junio de 2021, por medio del Señor Hugo Quiñones, responsable del área de Medio Ambiente, donde asistieron un total de 8 empleados. Entre las materias abordadas en la capacitación, se destaca la inducción al Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo de RILes, elaborado mediante las acciones 4, 8, 11 y 16 del presente PDC, donde se repasó la calendarización de monitoreos, obligaciones a reportar, listado de parámetros y su frecuencia, responsables del manejo del sistema de RILes, entre otras.
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13
Realizar una mantención de las instalaciones del Sistema de RILes del establecimiento, conforme se establece en el Protocolo comprometido.
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En el marco de la implementación del Programa de Cumplimiento, y de acuerdo con lo indicado en las acciones N°13 y 18 del presente reporte final, se puede indicar que, durante el periodo en evaluación, es decir, de mayo a octubre de 2021, se realizaron todas las mantenciones al sistema de RILes, según lo indicó el Protocolo de Implementación del Programa de Monitoreo desarrollado conforme en las acciones 4, 8, 11 y 16 del PDC. Las mantenciones al sistema fueron ejecutadas de la siguiente forma: 2 mantenciones a los filtros rotatorios (abril y junio de 2021), quedando pendiente la última para diciembre de 2021; 2 mantenciones al sistema UV (marzo y mayo de 2021); y caudalímetro (enero y mayo de 2021). De lo anterior, se puede concluir que el sistema de RILes, presenta sus mantenciones según lo estipulado en el cronograma indicado en el protocolo de RILes (acciones 4, 8, 11 y 16).
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14
Realizar un monitoreo mensual adicional de los parámetros superados indicados en la Formulación de Cargos (Fósforo y Nitrógeno Total) durante la vigencia del Programa de Cumplimiento, los cuales deberán ser reportados en la ventanilla única (RETC). Si durante la vigencia del Programa del Cumplimiento no se efectúan descargas, se solicitará a la Superintendencia una ampliación de plazo que permita realizar a lo menos tres monitoreos mensuales adicionales. Finamente, si el establecimiento ya no efectúa descargas y no se haya optado por la vía de acción de solicitar la revocación del Programa de Monitoreo, se deberá acreditar técnicamente dichas circunstancias y se reportará mensualmente “no descarga” en la ventanilla única (RETC).
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En el marco de la implementación del Programa de Cumplimiento, y de acuerdo con lo indicado en la acción N°14 del presente reporte final, se puede indicar que, durante el periodo en evaluación, es decir, de mayo a octubre de 2021, se realizó un monitoreo adicional de los parámetros de Fosforo y Nitrógeno Total. Al respecto, es de considerar que durante los meses del PDC existieron descargas en todos sus periodos, donde los resultados de los parámetros mencionados siempre se mantuvieron por debajo de lo exigido en el Programa de Monitoreo del establecimiento, los que finalmente fueron reportados sin mayores inconvenientes a través de Ventanilla Única RETC.
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15
No superar el límite máximo permitido en el Programa de Monitoreo correspondiente.
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En el marco de la implementación del Programa de Cumplimiento, y de acuerdo con lo indicado en la acción N°15 en el presente reporte final, se puede indicar que, durante el periodo en evaluación, es decir, de mayo a octubre de 2021, no se presentó superación de los parámetros comprometidos en el Programa de Monitoreo (Res. Ex. N°464/2019) del establecimiento Copihue, manteniendo por debajo del umbral exigido. Lo anterior, es corroborado por medio de los Reportes de cumplimiento autocontrol de RILes, que son emitidos por la SMA, posterior a la declaración realizada por Ventanilla Única RETC, el cual permite evaluar el cumplimiento normativo en relación con la RPM del establecimiento y al D.S. N°90/2000.
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16
Elaborar y ejecutar un Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento, que establezca: - Calendarización de los monitoreos y reportes: - Obligación de reportar aun cuando no se haya ejecutado descarga o infiltración en dicho período. - Listado de parámetros comprometidos. - Frecuencia de monitoreo de cada parámetro. - Metodología de muestreo que corresponda y el tipo de muestra que establece la RPM para cada parámetro (puntual o compuesta). - Máximos permitidos para cada parámetro. - Máximo permitido de caudal. - Procedimiento de remuestreo, que contemple los plazos de ejecución y reporte de los mismos. - Plan de mantenimiento de las instalaciones del sistema de RILes. - Responsabilidades y responsables del personal a cargo del manejo del sistema de RILes y reporte del Programa de Monitoreo.
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Conforme a lo indicado en el PDC, las acciones 4, 8, 11 y 16, fueron iniciadas el 05 mayo del año 2021 y terminadas el 26 de mayo de 2021. Las presentes acciones, han decantado en la elaboración de un Protocolo de Implementación del Programa de Monitoreo para el establecimiento Copihue. El objetivo principal de dicho documento corresponde a establecer lineamientos, actividades, responsables y mantenimiento del Sistema de Riles que permitan asegurar el monitoreo, reporte y cumplimiento de los límites que establece la RPM N°464/2019 de la SMA.
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17
Capacitar al personal encargado del manejo del sistema de RILes y/o del reporte del Programa de Monitoreo, sobre el Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento.
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Conforme a lo indicado en el PDC, las acciones 5, 9, 12 y 17 iniciadas el 05 mayo del año 2021 y terminadas el 10 de junio 2021, que dicen relación a la ejecución de capacitación al personal de Copihue fueron ejecutadas dentro de los plazos establecidos. Adicional a lo anterior, la capacitación fue llevado a cabo el día 09 de junio de 2021, por medio del Señor Hugo Quiñones, responsable del área de Medio Ambiente, donde asistieron un total de 8 empleados. Entre las materias abordadas en la capacitación, se destaca la inducción al Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo de RILes, elaborado mediante las acciones 4, 8, 11 y 16 del presente PDC, donde se repasó la calendarización de monitoreos, obligaciones a reportar, listado de parámetros y su frecuencia, responsables del manejo del sistema de RILes, entre otras.
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18
Realizar una mantención de las instalaciones del Sistema de RILes del establecimiento, conforme se establece en el Protocolo comprometido.
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En el marco de la implementación del Programa de Cumplimiento, y de acuerdo con lo indicado en las acciones N°13 y 18 del presente reporte final, se puede indicar que, durante el periodo en evaluación, es decir, de mayo a octubre de 2021, se realizaron todas las mantenciones al sistema de RILes, según lo indicó el Protocolo de Implementación del Programa de Monitoreo desarrollado conforme en las acciones 4, 8, 11 y 16 del PDC. Las mantenciones al sistema fueron ejecutadas de la siguiente forma: 2 mantenciones a los filtros rotatorios (abril y junio de 2021), quedando pendiente la última para diciembre de 2021; 2 mantenciones al sistema UV (marzo y mayo de 2021); y caudalímetro (enero y mayo de 2021). De lo anterior, se puede concluir que el sistema de RILes, presenta sus mantenciones según lo estipulado en el cronograma indicado en el protocolo de RILes (acciones 4, 8, 11 y 16).
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19
Aumentar la frecuencia de monitoreo de caudal durante el período de ejecución del Programa de Cumplimiento.
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En el marco de la implementación del Programa de Cumplimiento, y de acuerdo con lo indicado en la acción N°19 del presente reporte final, se puede indicar que, durante el periodo en evaluación, es decir, de mayo a octubre de 2021, se realizó el aumento de la frecuencia de monitoreo de caudal, pasando de 1 registro diario (ejecutado a las 8:00 hrs) a 2 registros diarios (ejecutado a las 08:00 hrs y 20:00 hrs) respectivamente. Respecto lo anterior, se reconoce que el caudal medido en ambas horas se mantuvo por debajo del umbral exigido en el Programa de Monitoreo del establecimiento de Copihue.
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Reportes del PdC 1

Tipo de reporte: Final
Fecha de envío: 27-10-2021
Comprobante de envío: Descargar
Medios de verificación: Descargar
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Estado
Fecha envío
Detalle
1
Enviado
27-10-2021
— actual

Sancionatorios asociados 1

Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle
F-083-2020
03-11-2020
Programa de Cumplimiento en ejecución
1 elementos seleccionados