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Reporte de programa de cumplimiento

Reporte avance — PdC D-124-2020 · SCA CHILE S.A. - LAMPA

Expediente: D-124-2020 →
Fecha resolución: 20-02-2023
Fecha término: 07-03-2024
Estado PdC: En Curso
Frecuencia reporte: Trimestral
Tipo PdC: Guía PdC 2018
Unidad fiscalizable: SCA CHILE S.A. - LAMPA
Comuna / Región: Lampa — Región Metropolitana

Acciones 10

N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
4
Mantención de la reducción en la generación de RILes, los que no superarán en caso alguno los 4.740 m3/día en promedio mensual.
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Se ha mantenido la reducción en la generación de RILes, los que no han superado en caso alguno los 4.740 m3/día.
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5
Instalación y funcionamiento de dispositivo de monitoreo continuo.
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Se instaló un dispositivo de monitoreo continuo para la medición de RILes, el que ya se encuentra operando y conectado con la SMA.
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6
Limpieza del Canal Norte.
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Se realizó un muestreo de sedimentos y de agua superficial en distintos puntos del Canal Norte. Una vez que se tuvieron los resultados del muestreo, la consultora CSW preparó una propuesta de los sectores y forma de limpieza. Se efectuó la limpieza y los sedimentos y sólidos depositados, fueron llevados a un sitio autorizado para su disposición final.
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9
Cumplimiento de la Resolución Exenta N°885 de 2016 de la SMA.
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En caso de requerirse el uso de la laguna de emergencia, ESSITY informará a la SMA través de la plataforma Sistema Seguimiento RCA, en cumplimiento de la norma.
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10
Reporte en el plazo de 3 días hábiles de la(s) contingencia(s) ocurrida(s) a la SMA y autoridad sanitaria.
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No ha habido ninguna contingencia en el periodo 20 de mayo de 2023- 18 de agosto 2023, en consecuencia no hay reportes a la SMA sobre contingencias para este periodo.
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11
Implementación de un Programa de Monitoreo Mensual para el cumplimiento de la norma NCh.1333/78 en calidad de agua para riego.
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El encargado de Medio Ambiente conforme a las exigencias de mediciones de esta norma, procedió a contactar a la ETFA, con la cual se coordinaron las mediciones mensuales y los puntos en que debían ser tomadas; luego de ello se confeccionó el calendario para el resto del período y se generaron los presupuestos y documentos internos para la adquisición del servicio. Finalmente se habilitaron los puntos de muestreo para asegurar la fidelidad de las muestras y se generó un instructivo interno para que quede como estándar de la aplicación. El monitoreo es realizado por el laboratorio CESMEC de manera mensual de acuerdo con lo establecido en el Programa de Monitoreo. Se informará a la SMA dentro de los 15 días hábiles siguientes a la recepción del Informe de Monitoreo por parte de la ETFA, a través de la plataforma del Sistema de Seguimiento Ambiental, en cumplimiento de la Resolución Exenta N° 223 del 26 de marzo de 2015 de la SMA.
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13
Utilizar para riego el agua de pozo potabilizada.
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Se realizó un ajuste de válvulas al cerrar la que llevaba riles tratados, y posteriormente abrir la que dentro del mismo circuito doméstico abastece el sistema de camarines, casino, edificios, baños, entre otros usos. Si bien esta acción no cuenta con medios de verificación asociados a reportes de avance ni reporte final de acuerdo con el PDC Refundido, se acompañan los medios de verificación asociados al reporte inicial. En efecto se mantendrá la utilización de agua potable para riesgo durante toda la vigencia del PDC, y se mantiene la caseta de bombas cerrada, bombas retiradas y sistema eléctrico desenergizado.
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14
Presentar al SEIA la actividad de riego de áreas verdes de la Planta con RILes tratados.
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Con fecha 18 de agosto de 2023, se ingresó la DIA al SEIA para su evaluación. Se hace presente que la DIA ya fue ingresada en dos oportunidades previas. En la primera ocasión el titular de desistió y en la segunda, se terminó anticipadamente el procedimiento por falta de información relevante o esencial; lo que ya fue debidamente subsanado. Se espera que la DIA sea admitida a tramitación dentro de los próximos días.
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19
Reportar el Programa de Monitoreo durante la vigencia del PdC.
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Se han realizado los muestreos de RILes tratados descargados, siendo reportados los informes de ensayo a la autoridad.
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20
Informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, los reportes y medios de verificación que acrediten la ejecución de las acciones comprendidas en el PdC a través de los sistemas digitales que la SMA disponga para implementar el SPDC de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N° 116/2018 de esta Superintendencia.
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Esta acción no requiere un reporte o medio de verificación específico, y una vez ingresados los reportes y/o medios de verificación para las restantes acciones, se conserva el comprobante electrónico generado por el sistema digital en el que se implemente el SPDC.
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Reportes del PdC 6

Tipo de reporte: Avance
Fecha de envío: 18-08-2023
Comprobante de envío: Descargar
Medios de verificación: Descargar
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Estado
Fecha envío
Detalle
1
Enviado
31-03-2023
2
Enviado
20-05-2023
3
Enviado
18-08-2023
— actual
4
Enviado
20-11-2023
5
Enviado
20-02-2024
6
Enviado
07-03-2024

Sancionatorios asociados 1

Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle
D-124-2020
04-09-2020
Programa de Cumplimiento en ejecución
1 elementos seleccionados