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Reporte de programa de cumplimiento

Reporte final — PdC D-098-2020 · Maestranza Maesa

Expediente: D-098-2020 →
Fecha resolución: 02-10-2020
Fecha término: 20-01-2021
Estado PdC: Finalizado
Frecuencia reporte: Sin Reportes de Avance
Tipo PdC: Guía PdC Ruidos
Unidad fiscalizable: Maestranza Maesa
Comuna / Región: Arauco — Región del Biobío

Acciones 7

N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
1
Encierro acústico: considera la elaboración de una construcción que encierre la fuente (compresor de aire), con murallas tipo sándwich con acero de 2mm en ambas caras, material anticorrosivo alquídico, y núcleo de lana de vidrio de 50 mm de espesor y 32 Kg/m3 de densidad superficial. El panel de acero interior debe ser perforado en un 60%
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Se implementó encierro acústico según el estándar señalado en formato digital de Plan de Cumplimiento.
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2
Adquisición de equipos plasma y mesas de corte
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Se adquirió y se mantienen en operación en Taller de Maestranza equipos plasmas Tomahawk 1538 y Flextcut 125 y respectivas mesas de corte.
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3
Recubrir con madera superficie metálica de mesones de trabajo
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Se recubrió con placa de madera mesones de trabajo en Taller de Maestranza, cuya superficie metálica de contacto generaba ruido en el proceso de manipulación, armado, corte, desbaste y soldadura de piezas o estructuras metálicas.
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4
Uso de equipamiento alternativo para corte y desbaste de material
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Se adquirió y esta en operaciones sierra huincha que permite cortar piezas metálicas con mínimo ruido ambiental. Se está usando discos de corte con menor superficie de contacto con la pieza procesada. Para labores de desbaste y pulido de piezas se está usando discos tipo Flap de mayor flexibilidad.
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5
Una vez ejecutadas todas las acciones de mitigación de ruido, se realizará una medición de ruido con el objetivo de acreditar el cumplimiento de D.S. N° 38/2011. La medición de ruido deberá realizarse por una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA), debidamente acreditada por la Superintendencia, conforme a la metodología establecida en el D.S. N° 38/2011, desde el domicilio de los receptores sensibles de acuerdo a la formulación de cargos, en el mismo horario en que constó la infracción y mismas condiciones. En caso de no ser posible acceder a la ubicación de dichos receptores, la empresa ETFA realizará la medición en un punto equivalente a la ubicación del receptor, de acuerdo a los criterios establecidos en el D.S. N° 38/2011.
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Luego de implementadas las acciones de mitigación de ruido, se realizó una medición de ruido con el objetivo de verificar el cumplimiento de D.S. N° 38/2011.
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6
Cargar en el SPDC el Programa de Cumplimiento aprobado por la Superintendencia del Medio Ambiente. Para dar cumplimiento a dicha carga, se entregará la clave para acceder al sistema en la misma resolución que aprueba dicho programa. Debiendo cargar el programa en el plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que apruebe el Programa de Cumplimiento, de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N° 116/2018 de SMA.
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enviar programa validado
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7
Cargar en el portal SPDC de la Superintendencia del Medio Ambiente, en un único reporte final, todos los medios de verificación comprometidos para acreditar la ejecución de las acciones comprendidas en el Pdc, de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N° 116/2018 de la SMA.
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Reporte final de todos los medios de verificación comprometidos.
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Reportes del PdC 1

Tipo de reporte: Final
Fecha de envío: 01-02-2021
Comprobante de envío: Descargar
Medios de verificación: Descargar
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Estado
Fecha envío
Detalle
1
Enviado Fuera de Plazo
01-02-2021
— actual

Sancionatorios asociados 1

Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle
D-098-2020
23-07-2020
Terminado - PDC Satisfactorio
1 elementos seleccionados