Reporte de programa de cumplimiento
Reporte final — PdC D-214-2019 · ESCUELA DE LENGUAJE Y PÁRVULOS AMARAL
Expediente: D-214-2019 →
Fecha resolución: 21-07-2020
Fecha término: 15-04-2021
Estado PdC: Finalizado
Frecuencia reporte: Sin Reportes de Avance
Tipo PdC: Guía PdC Ruidos
Unidad fiscalizable: ESCUELA DE LENGUAJE Y PÁRVULOS AMARAL
Comuna / Región: El Monte — Región Metropolitana
Acciones 4
N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
1
Barrera acústica: Consiste en una barrera con un material cuya densidad debe ser superior a los 10 Kg/m2, la cual se debe instalar lo más cerca posible de la fuente para ser efectiva.
Ver detalle →se realizo un cierre perimentral con los materiales adecuados para aislar el ruido
Ver detalle →2
Una vez que la unidad fiscalizable torne a un normal funcionamiento, se realizará una medición de ruido con el objetivo de acreditar el cumplimiento del D.S. N° 38/2011. La medición de ruidos deberá realizarse por una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA), debidamente acreditada por la Superintendencia, conforme a la metodología establecida en el D.S. N°38/2011, desde el domicilio de los receptores sensibles de acuerdo a la formulación de cargos, en el mismo horario en que constó la infracción y mismas condiciones. En caso de no ser posible acceder a la ubicación de dichos receptores, la empresa ETFA realizará la medición en un punto equivalente a la ubicación del receptor, de acuerdo a los criterios establecidos en el D.S. N°38/2011. En caso de no ajustarse a lo dispuesto a lo recién descrito la medición no será válida.
Ver detalle →Factura por el costo de ETFA
Ver detalle →3
Cargar en el SPDC el Programa de Cumplimiento aprobado por la Superintendencia del Medio Ambiente. Para dar cumplimiento a dicha carga, se entregará la clave para acceder al sistema en la misma resolución que aprueba dichoprograma. Debiendo cargar el programa en el plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que apruebe el Programa de Cumplimiento, de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N° 116/2018 de la Superintendencia.
Ver detalle →informe ETFA
Ver detalle →4
Cargar en el portal SPDC de la Superintendencia del Medio Ambiente, en un único reporte final, todos los medios de verificación comprometidos para acreditar la ejecución de las acciones comprendidas en el PdC, de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N° 116/2018 de la Superintendencia.
Ver detalle →previamente se realizo una investigación de los espacios buscando la mejor alternativa, siendo la barrera la opción, se genero el trabajo de ella, para luego en los periodos en donde se retomaron las clases presenciales una ETFA realizo la medición bajo las condiciones solicitadas, reporte que se adjunta.
Ver detalle →Reportes del PdC 1
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Estado
Fecha envío
Detalle
1
Enviado
08-10-2021
— actual
Sancionatorios asociados 1
Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle