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Reporte de programa de cumplimiento

Reporte avance — PdC D-155-2019 · BIG JOHN PADRE MARIANO

Expediente: D-155-2019 →
Fecha resolución: 30-12-2019
Fecha término: 17-02-2020
Estado PdC: Finalizado
Frecuencia reporte: Reporte de Avance Único
Tipo PdC: Guía PdC Ruidos
Unidad fiscalizable: BIG JOHN PADRE MARIANO
Comuna / Región: Providencia — Región Metropolitana

Acciones 4

N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
1
Reubicación de equipos o maquinaria generadora de ruido: Realizar la reubicación de los equipos o maquinaria, desplazando el instrumento emisor de ruido a un sector donde no genere superaciones al D.S. N°38/2011 en receptores cercanos.
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Los equipos de climatización fueron reubicados y cambiados por equipos nuevos.
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2
Una vez ejecutadas todas las acciones de mitigación de ruido, se realizará una medición de ruido con el objetivo de acreditar el cumplimiento del D.S. N° 38/2011 del MMA. La medición de ruidos deberá realizarse por una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA), debidamente autorizada por la Superintendencia, conforme a la metodología establecida en el D.S. N°38/2011 del MMA, desde el domicilio de los receptores sensibles de acuerdo a la formulación de cargos, en el mismo horario en que constó la infracción y mismas condiciones. En caso de no ser posible acceder a la ubicación de dichos receptores, la empresa ETFA realizará la medición en un punto equivalente a la ubicación del receptor, de acuerdo a los criterios establecidos en el D.S. N°38/2011 del MMA. En caso de no ajustarse a lo dispuesto a lo recién descrito la medición no será válida.
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El 24 de enero del 220, se realizo medición por la empresa Vibroacustica Inspección Ambiental Limitada, la cual emitió informe el 2 de febrero del 2020, concluyendo que NO SUPERAN los niveles máximos permitidos por el D.S. N°38/11, para horario diurno.
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3
Cargar en el SPDC el Programa de Cumplimiento aprobado por la Superintendencia del Medio Ambiente. Para dar cumplimiento a dicha carga, se entregará la clave para acceder al sistema en la misma resolución que aprueba dicho programa. Debiendo cargar el programa en el plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que apruebe el Programa de Cumplimiento, de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N° 116/2018 de la SMA.
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PdC entregado en la SMA y aprobado en la Resolución Res. Ex. N°2/ROL D155-2019, del 30 de diciembre de 2019.
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4
Cargar en el portal SPDC de la Superintendencia del Medio Ambiente, en un único reporte final, todos los medios de verificación comprometidos para acreditar la ejecución de las acciones comprendidas en el PdC, de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N° 116/2018 de la SMA.
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En la Resolución Exenta N°2/ROLD-155-2019, se resuelve Aprobar el PdC presentado por Comercial Big John Ltda., con fecha 18 de noviembre del 2019, pero se nos solicita respetar el formato de presentación del PdC en materia de ruidos.
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Reportes del PdC 1

Tipo de reporte: Avance
Fecha de envío: 07-02-2020
Comprobante de envío: Descargar
Medios de verificación: Descargar
#
Estado
Fecha envío
Detalle
1
Enviado
07-02-2020
— actual

Sancionatorios asociados 1

Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle
D-155-2019
14-10-2019
Terminado - PDC Satisfactorio
1 elementos seleccionados