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Reporte de programa de cumplimiento

Reporte final — PdC D-058-2019 · AGRÍCOLA CRISTO DEL BELLOTO

Expediente: D-058-2019 →
Fecha resolución: 26-12-2019
Fecha término: 20-11-2020
Estado PdC: En Curso
Frecuencia reporte: Mensual
Tipo PdC: Guía PdC Ruidos
Unidad fiscalizable: AGRÍCOLA CRISTO DEL BELLOTO
Comuna / Región: Paine — Región Metropolitana

Acciones 2

N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
6
Acción. Medición acústica final Una vez ejecutadas todas las acciones de mitigación de ruido, se realizará una medición de ruido con el objetivo de acreditar el cumplimiento D.S. N° 38/2011 MMA. Forma de Implementación. La medición de ruido deberá realizarse por una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA), debidamente acreditada por la Superintendencia, conforme a la metodología establecida en el D.S. N° 38/2011 MMA, desde el domicilio de los receptores sensibles de acuerdo a la formulación de cargos, en el mismo horario en que contó la infracción, y mismas condiciones. En caso de no ser posible acceder a la ubicación de dichos receptores, la empresa ETFA realizará la medición en un punto equivalente a la ubicación del receptor, de acuerdo a los criterios establecidos en el D.S. Nº 38/2011 MMA. En caso de no ajustarse a lo recién descrito, la medición no será válida. Durante la medición se deberá simular las condiciones aplicadas durante una helada, vale decir, las torres deben estar en funcionamiento normal, y las pantallas acústicas deberán estar instaladas.
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La medición de ruido fue realizada en horario nocturno del 17 de diciembre por la empresa Inspecciones Ambientales SEMAM,una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA), debidamente acreditada por la Superintendencia. La medición se realizó conforme a la metodología establecida en el D.S. N° 38/2011 MMA, en el punto más cercano a los receptores sensibles de acuerdo a la formulación de cargos, en el mismo horario en que contó la infracción, y mismas condiciones. Durante la medición se simuló as condiciones aplicadas durante una helada. Para el momento de la medición sólo se encontraba en el predio una torre antihelada y no se habían instados las pantallas acústicas.
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8
Cargar en el portal SPDC, en un único reporte final, los reportes y medios de verificación que acrediten la ejecución de las acciones comprendidas en el PDC. Forma de Implementación: Dentro del plazo y según la frecuencia establecida en la resolución que apruebe el PDC, según se corresponda con las acciones reportadas.
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Hemos cargado en el portal SPDC, en un único reporte final, los reportes y medios de verificación que acrediten la ejecución de las acciones comprendidas en el PDC. El plazo original para este reporte final era el día 20 de noviembre de 2020, plazo que fue aumentado en un mes por la Resolución Exenta N° 6 de 17 de noviembre de 2020.
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Reportes del PdC 11

Tipo de reporte: Final
Fecha de envío: 20-12-2020
Comprobante de envío: Descargar
Medios de verificación: Descargar
#
Estado
Fecha envío
Detalle
1
Enviado Fuera de Plazo
03-02-2020
2
Enviado
02-03-2020
3
Enviado
02-04-2020
4
Enviado
30-04-2020
5
Enviado
01-06-2020
6
Enviado
02-07-2020
7
Enviado
01-08-2020
8
Enviado
02-09-2020
9
Enviado
02-10-2020
10
Enviado
02-11-2020
11
Enviado Fuera de Plazo
20-12-2020
— actual

Sancionatorios asociados 1

Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle
D-058-2019
03-07-2019
Terminado - PDC Satisfactorio
1 elementos seleccionados