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Reporte de programa de cumplimiento

Reporte avance — PdC P-001-2019 · MINA CARDENILLA

Expediente: P-001-2019 →
Fecha resolución: 12-02-2019
Fecha término: 05-03-2021
Estado PdC: Finalizado
Frecuencia reporte: Trimestral
Tipo PdC: Guía PdC 2018
Unidad fiscalizable: MINA CARDENILLA
Comuna / Región: Catemu — Región de Valparaíso

Acciones 15

N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
3
Implementación de un Programa de Monitoreo de aguas que drenen desde el botadero.
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Conforme con el Cons. 3.15.2 de la RCA N° 242/2008 el titular se comprometió a la implementación de un programa de monitoreo y caracterización permanente de la calidad de las aguas que drenen desde el botadero, que considera los siguientes aspectos: 1. Punto de muestreo: Previo a la evacuación de las aguas. 2. Parámetros: pH, temperatura, sólidos suspendidos totales, sólidos sedimentables, aceites y grasas, hidrocarburos fijos, hidrocarburos totales, hidrocarburos volátiles, DBO5, Aluminio, Arsénico, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruros, Cobre, Cromo total, Cromo hexavalente, Estaño, Fluoruro, Fósforo total, Hierro, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Nitrógeno total, Nitrito, Nitrato, Pentaclorofenol, Plomo, Selenio, Sulfato, Sulfuro, Tetracloroeteno, Tolueno, Triclorometano, índice de Fenol, poder espumógeno, SAAM, y coliformes fecales o termotolerantes. 3. Frecuencia: Una vez al mes y después de cada evento de lluvia de acuerdo al Cons. 3.15.2 de la RCA N° 242/2008. 4. Los monitoreos de calidad se realizarán por Entidades Técnicas de Fiscalización Ambiental (ETFA). A continuación, en el presente Reporte Trimestral, se acompañan los siguientes medios de verificación de conformidad al Programa de Cumplimiento aprobado: 1) Informes de monitoreo de los meses de agosto, septiembre y octubre de 2020 correspondientes a los resultados mensuales analizados de las aguas que drenan del botadero para el período descrito. 2) Respaldo contable de costos incurridos de servicios de laboratorio en el periodo informado.
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4
Elaborar e implementar un Procedimiento de trabajo que asegure que las aguas drenadas desde el botadero de estériles, cumplan con límites establecidos en la NCh. 1.333 y en el D.S. N° 90/2000, MINSEGPRES, que establece Norma de Emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales.
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De conformidad a la Acción N°4 del Programa de Cumplimiento, el titular se ha comprometido a elaborar e implementar un Procedimiento de trabajo que asegure que las aguas drenadas desde el botadero de estériles, cumplan con límites establecidos en la NCh. 1.333 y en el D.S. N°90/2000, MINSEGPRES, que establece Norma de Emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales. De esta manera, de conformidad con lo establecido en el considerando 3.12.4 de la RCA N° 242/2008, se estableció que el Plan consideraría a lo menos la adición de una lechada de cal, en tinetas de 20 (l), para ajustar el pH y adición de floculante para facilitar la sedimentación de sólidos. De esta manera, en el presente Reporte Trimestral se acompañan los siguientes antecedentes: 1) Informes que acreditan la implementación del Procedimiento de Trabajo de Aseguramiento de aguas drenadas, botadero de estériles”, correspondientes a los meses de julio, agosto, septiembre y octubre de 2020; 2) Datos consolidados de estaciones de monitoreo (Escuela Salesianos y Llay Llay), hasta noviembre de 2020; 3) Informes de monitoreo de resultados de agua elaborados por EFTA ANAM, de los meses de julio, agosto, septiembre y octubre. Al respecto, los muestreos dan como resultado que las aguas cumplen con los límites máximos establecidos en la NCh. 1.333 y 4) Registro fotográfico de los meses de agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2020, fechadas y georreferenciadas.
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7
Realizar acciones de mantenimiento de las plantaciones ejecutadas en cumplimiento de la Acción N° 6 de este Programa, con el objetivo de garantizar un porcentaje de prendimiento igual o superior al 75%.
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De conformidad a la Acción N°7 del Programa de Cumplimiento aprobado por vuestra autoridad, se comprometen acciones de mantenimiento de la plantación de la Acción N° 6 para garantizar un prendimiento mayor o igual al 75%. Estas acciones consisten en: a) Monitoreos de cerco perimetral, b) Replante, c) Control de maleza, d) Mantenimiento de sistema de riego y e) Control de plagas, monitoreando el estado fitosanitario de las especies. La ejecución de la presente acción se compromete desde la respectiva plantación y durante toda la ejecución del Programa de Cumplimiento. En particular, el Seguimiento y mantención de 6 individuos de la especie Lithraea caustica (Litre) plantados en la misma área en que se encuentran los individuos afectados se realizará desde 02 de agosto de 2018 y en forma permanente durante toda la ejecución del Programa. Por su parte, el Seguimiento y mantención de 54 individuos de la especie Lithrea caustica (Litre) plantados en área indicada se ejecutará desde el 02 de mayo de 2019 y durante toda la ejecución del Programa. De esta manera, en el presente Reporte Trimestral se acompañan los siguientes antecedentes que dan cuenta del estado de ejecución de la acción referida: 1) Informe de seguimiento forestal realizado por consultora BioCys. 2) Anexos de Informe de ejecución de actividades de mantenimiento, que contiene, Registro de realización de replante, inspección de cercos perimetrales, inspección de sistema de riego, mantenciones para reforestación y registros de trabajo, 3) Orden de compra N° 4200000022 y 4) Contrato entre CEMIN y consultora ambiental BioCys de abril de 2020 y Anexo de contrato entre CEMIN y consultora ambiental de agosto de 2020. Cabe hacer presente, que tal como consta en el en el informe realizado por la consultora, la mayoría de las especies plantadas comprometidas cumplen con el porcentaje de sobrevivencia establecido en la acción N°7.
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8
Implementación de un Procedimiento de verificación de condiciones y funcionamiento del pretil de contención.
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De conformidad a la Acción N°8 del Programa de Cumplimiento el titular se ha comprometido a Implementación de un Procedimiento de verificación de condiciones y funcionamiento del pretil de contención. Para lo anterior, se dispuso que se elaborará e implementará un Procedimiento de verificación de condiciones y funcionamiento del pretil de contención. Adicionalmente se indicó que, dicho Procedimiento establecerá, al menos, las siguientes exigencias: a) Inspección mensual que verifique estado de pretil de contención. b) Verificación de funcionamiento de pretil indicando si es suficiente para contener materiales del botadero. c) Medidas necesarias en caso de verificar que pretil de contención no sea eficaz para contener materiales del botadero o en caso que estructura denote desgaste propio de la operación. De esta manera, se acompaña el registro de inspecciones mensuales efectuadas entre los meses de septiembre a noviembre de 2020, que contiene las actividades desarrolladas para verificar estado del pretil de contención el cual contiene el registro de acciones ejecutadas, entre las que se encuentran el recorrido para su observación, el estado de avance de la confección del Butress, como el estado de la zanja conductora. Lo anterior se encuentra consolidado en los informes "Verificación de condición y funcionamiento pretil de contención de Mina Cardenilla". Además, se acompañan los registros fotográficos de las actividades de inspección realizadas.
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13
Realizar acciones de mantenimiento de las plantaciones ejecutadas en cumplimiento de las Acciones N° 10, 11 y 12, con el objetivo de garantizar un porcentaje de prendimiento igual o superior al 75% de aquello que se ha comprometido.
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De conformidad a la Acción N°13 del Programa de Cumplimiento aprobado por vuestra autoridad, se comprometen acciones de mantenimiento de la plantación de las acciones N°10, 11 y 12 para garantizar un prendimiento mayor o igual al 75%. Estas acciones consisten en: a) Monitoreos de cerco perimetral, b) Replante, c) Control de maleza, d) Mantenimiento de sistema de riego y e) Control de plagas, monitoreando el estado fitosanitario de las especies. La ejecución de la presente acción se compromete desde la respectiva plantación y durante toda la ejecución del Programa de Cumplimiento. En particular, se considera el seguimiento y mantención de individuos plantados en la misma área en la que se encuentran los individuos afectados, todos relacionados a las acciones N°10, N°11 y N°12, consistente en las especies Quillaja Saponaria, Cryptocarya alba, Cassia Closiana, Schinnus latifolius. De esta manera, en el presente Reporte Trimestral se acompañan los siguientes antecedentes que dan cuenta del estado de ejecución de la acción referida: 1) Informe de seguimiento forestal realizado por consultora BioCys elaborado en noviembre de 2020. ) Anexos de Informe de ejecución de actividades de mantenimiento, que contiene, Registro de realización de replante, inspección de cercos perimetrales, inspección de sistema de riego, mantenciones para reforestación y registros de trabajo, 3) Orden de compra N° 4200000022 y 4) Contrato entre CEMIN y consultora ambiental BioCys de abril de 2020 y Anexo de contrato entre CEMIN y consultora ambiental de agosto de 2020. Cabe hacer presente, que tal como consta en el inventario inicial realizado por la consultora, las especies plantadas comprometidas cumplen con el porcentaje de sobrevivencia establecido en el presente Programa de Cumplimiento.
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19
Realizar acciones de mantención de las plantaciones ejecutadas en cumplimiento de las Acciones N° 17 y 18 con el objetivo de garantizar un porcentaje de prendimiento igual o superior al 75%.
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De conformidad a la Acción N°19 de Cumplimiento aprobado por vuestra autoridad, se comprometen acciones de mantenimiento de la plantación de las acciones N°17 y N°18 con el objetivo de garantizar un porcentaje de prendimiento mayor o igual al 75%. Estas acciones consisten en: a) Monitoreos de cerco perimetral, b) Replante, c) Control de maleza, d) Mantenimiento de sistema de riego y e) Control de plagas, monitoreando el estado fitosanitario de las especies. La ejecución de la presente acción se compromete desde la respectiva plantación y durante toda la ejecución del Programa de Cumplimiento. En concreto se la cantidad faltante, para lograr, al menos, el 75% de prendimiento al final del proceso. En específico, para la presente acción se compromete el porcentaje de sobrevivencia para los individuos de la especie Guayacán. De esta manera, en el presente Reporte Trimestral se acompañan los siguientes antecedentes que dan cuenta del estado de ejecución de la acción referida: 1) Informe de seguimiento forestal realizado por consultora BioCys. 2) Anexos de Informe de ejecución de actividades de mantenimiento, que contiene, Registro de realización de replante, inspección de cercos perimetrales, inspección de sistema de riego, mantenciones para reforestación y registros de trabajo, 3) Orden de compra N° 4200000022 y 4) Contrato entre CEMIN y consultora ambiental BioCys de abril de 2020 y Anexo de contrato entre CEMIN y consultora ambiental de agosto de 2020. Según se puede observar en el informe de seguimiento forestal y de replantaciones, el titular ha cumplido con la reforestación para cumplir con sus compromisos ambientales.
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23
Ejecutar acciones mantención de las plantaciones asociadas a las Acciones N° 21 y 22 con el objetivo de garantizar un porcentaje de prendimiento igual o superior al 75%.
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De conformidad a la Acción N°23 del Programa de Cumplimiento aprobado por vuestra autoridad, se comprometen acciones de mantenimiento de la plantación de las acciones N°21 y N°22 para garantizar un porcentaje de prendimiento igual o superior al 75%. Estas acciones consistieron para el presente reporte: a) Monitoreos de cerco perimetral, b) Replante, c) Control de maleza, d) Mantenimiento de sistema de riego y e) Control de plagas, monitoreando el estado fitosanitario de las especies. La ejecución de la presente acción se compromete desde la respectiva plantación y durante toda la ejecución del Programa de Cumplimiento. Además, se consideró la replantación de la cantidad faltante, para lograr, al menos, el 75% de prendimiento al final del proceso. La ejecución de las actividades mencionadas se ha comprometido hasta el término del Programa de Cumplimiento. En concreto, para la presente acción se considera la sobrevivencia para los individuos de la especie Lithreae caustica. De esta manera, en el presente Reporte Trimestral se acompañan los siguientes antecedentes que dan cuenta de la ejecución referida y el estado de las plantaciones y mantenciones:1) Informe de seguimiento forestal realizado por consultora BioCys. 2) Anexos de Informe de ejecución de actividades de mantenimiento, que contiene, registro de realización de replante, inspección de cercos perimetrales, inspección de sistema de riego, mantenciones para reforestación y registros de trabajo, 3) Orden de compra N° 4200000022 y 4) Contrato entre CEMIN y consultora ambiental BioCys de abril de 2020 y Anexo de contrato entre CEMIN y consultora ambiental de agosto de 2020. Cabe hacer presente, que según consta en el Inventario inicial realizado en el marco del presente reporte, las especies plantadas cumplen con el porcentaje de sobrevivencia establecido por el Programa de Cumplimiento aprobado por vuestra autoridad.
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24
Seguimiento y mantención de cerco perimetral comprometido en la Acción N° 20.
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De conformidad a la Acción N°24 el titular se ha comprometido al seguimiento y mantención de cerco perimetral comprometido en la Acción N° 20. Para lo anterior, se indicó que se realizarían inspecciones visuales mensuales y mantención del cerco perimetral comprometido y que se llevaría un registro de inspecciones periódicas que describirán el estado del cerco, y un registro de las actividades de mantención en caso de que éstas sean necesarias. De esta manera para acreditar el cumplimiento de la acción referida, en el presente Reporte Trimestral se acompañan los siguientes medios de verificación que permiten acreditar el estado de ejecución de la acción comprometida: 1) Informe de seguimiento forestal realizado por consultora BioCys. 2) Anexos de Informe de ejecución de actividades de mantenimiento, que contiene, Informe de Seguimiento forestal (Anexo A), Inspección de cercos perimetrales (Anexo B), inspección de sistema de riego (Anexo C) y mantenciones para reforestación (Anexo D) y Registro de Trabajo (Anexo E); 3) Orden de compra N° OC4200000022 y 4) Contrato entre CEMIN y consultora ambiental BioCys de abril de 2020 y Anexo de contrato entre CEMIN y consultora ambiental de agosto de 2020. Cabe hacer presente que la nueva consultora encargada de las actividades ejecutó en tiempo y forma las actividades de mantención e inspecciones visuales del cerco perimetral comprometido en el marco del presente PdC.
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25
Presentación de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) ante el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) que considere la implementación de canales de perimetrales para la evacuación de aguas lluvia en la cabecera del botadero de estériles y aguas arriba de la cantera con sus cámaras de sedimentación asociadas, y obtención de RCA favorable.
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Dado que el proyecto ha mutado hacia uno de Cierre, y que este cierre se ha acreditado mediante los formularios E300 ya reportados en esta oportunidad (dan cuenta de omisión de extracción desde noviembre de 2018), el titular ha debido reformular una serie de antecedentes y capítulos del EIA, lo que motivó la solicitud de ampliación en agosto de 2019. Asimismo, se hace presente que el titular está tramitando una declaratoria de interés nacional (DIN) debido a que los canales de contorno perimetrales requieren para su construcción la corta de determinadas especies, por lo que se está tramitando la DIN ante CONAF para que emitido el pronunciamiento se realice el ingreso de EIA comprometido. La DIN fue resuelta por la Resolución N°456/2020 de CONAF que Declara como Interés Nacional las obras asociadas al Proyecto "Cierre Operacional Mina Cardenilla", que autoriza la intervención y/o alteración de hábitat de carácter excepcional de especies vegetales nativas clasificadas de conformidad con el artículo 37 de la Ley N°19.300. Las obras a ejecutar, reconocidas por la DIN, consisten en la construcción de canal de contorno para open - pit y botaderos existentes que implica la intervención y alteración de hábitat de bosque nativo de preservación de la especie Prolieria Chilensis (Guayacán), la cual se encuentra catalogada como "vulnerable". Todos los servicios se pronunciaron conformes para la declaratoria. Lo anterior, permitirá el ingreso del EIA en el marco de las acciones comprometidas. Se considera como inicio efectivo de la acción relacionada a la DIN, el inicio de su tramitación. Para el presente reporte se acompañan los antecedentes presentados en la solicitud de la DIN y la Resolución N°456/2020 emitida por CONAF.
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26
Construcción e implementación de un sistema temporal de conducción de aguas lluvias mediante el acondicionamiento de obras para evitar el escurrimiento de aguas lluvias ladera abajo del proyecto.
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De conformidad a la Acción N°26 del Programa de Cumplimiento el titular se ha comprometido a la construcción e implementación de un sistema temporal de conducción de aguas lluvias mediante el acondicionamiento de obras para evitar el escurrimiento de aguas lluvias ladera abajo del proyecto. En relación a lo anterior, se indicó que, de acuerdo al Estudio para la Determinación de Efectos, los caudales asociados son marginales, por lo que se construirá e implementará un sistema temporal de conducción de aguas lluvias mediante la implementación de un recubrimiento de los pretiles existentes mediante HDPE o polietileno en las microcuencas M2, M3, M4 y M5 descritas en el citado Estudio adjunto en Anexo A del Programa de Cumplimiento Refundido. Para dar cumplimiento del estado de ejecución de la acción N°26 se acompañan los siguientes antecedentes: 1) Informes mensuales de inspección de las obras del sistema de captación y conducción de aguas lluvias de los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2020, que tienen por fin el garantizar el buen funcionamiento del sistema de captación y conducción de aguas lluvias en el nivel superior de la Mina, las que evitan el escurrimiento ladera abajo del proyecto. 2) Registros fotográficos del sistema de captación y conducción de las aguas lluvias. Cabe hacer presente que como consta en la documentación asociada, que el sistema temporal de conducción de aguas lluvias se encuentra en buen estado y cumplió su función.
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27
Ejecutar actividades de inspección y mantención del sistema temporal de conducción de aguas lluvias.
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De conformidad a la Acción 27 el titular se ha comprometido a ejecutar actividades de inspección y mantención del sistema temporal de conducción de aguas lluvias. Así, se indicó que se ejecutarán inspecciones periódicas y mantención del sistema temporal de captación y conducción de aguas lluvias, según se detalla a continuación: a) Inspección visual del sistema temporal de captación de aguas lluvias después de cada evento de lluvias de 30 mm, según registro de datos de precipitaciones de la estación meteorológica Escuela Agrícola Salesiana Catemu. b) Inspección visual mensual del sistema temporal de captación de aguas lluvias. c) Ejecución de mantenciones correctivas en caso de detección de elementos que puedan afectar la funcionalidad del sistema. Adicionalmente, se señaló que se mantendrá un registro de inspecciones periódicas que describirán el estado del sistema, y un registro de las actividades de mantención, en caso de que éstas sean necesarias. De esta manera, a continuación, en el 7° Reporte Trimestral, se acompañan los siguientes medios de verificación que permiten dar cuenta del estado de ejecución de la Acción N°27: a) Registro mensual consolidado de datos diarios de precipitaciones de la estación meteorológica Escuela Agrícola Salesiana Catemu y Llay-Llay Las Peñas; b) Registro fotográfico fechado y georreferenciado en coordenadas UTM WGS 84, Huso 19. c) Informes de inspección al sistema de captación, donde se describen cada una de las actividades desarrolladas que dan cuenta del estado, condición y funcionamiento del sistema temporal de captación y conducción de aguas lluvias, de los meses de mayo, septiembre, octubre y noviembre de 2020 y d) Respaldo contable de las acciones ejecutadas.
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30
Ajustar el volumen de extracción de mineral a lo dispuesto en el Cons. 3.4.5 de la RCA N° 242/2010, es decir, a una suma igual o inferior a 15.000 ton/mes.
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De acuerdo a la Acción N°30 del Programa de Cumplimiento referida al cargo N°7, el titular se ha comprometido a ajustar el volumen de extracción de mineral a lo dispuesto en el Cons. 3.4.5 de la RCA N° 242/2010, es decir, a una suma igual o inferior a 15.000 ton/mes. En efecto, según se indicó en el tiempo intermedio, y hasta la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental, cuyo proyecto se compromete en la Acción N° 25 de este Programa, el titular limitará el volumen de extracción de mineral a lo dispuesto en el Cons. 3.4.5 de la RCA N° 242/2010, es decir, a una suma igual o inferior a 15.000 ton/mes. De modo de acreditar la ejecución de esta acción, se adjuntó en Anexo 30 del Programa de Cumplimiento Refundido los Formularios E-300 asociados al proyecto, haciendo presente que dichos formularios, en lo sucesivo, son informados en los respectivos Reportes de Avance. De este modo, para acreditar el cumplimiento de esta acción, se acompaña cada uno de los formularios E-300 desde enero a agosto de 2020 (8). Asimismo, se hace presente que, a la fecha, el titular no cuenta con guías de despacho y/o estados de pago que den cuenta del material extraído. Lo anterior, debido a que la faena actualmente no se encuentra en funcionamiento por dos razones: primero, por lo dispuesto por el Servicio Nacional de Geología y Minería (SERNAGEOMIN) en Res. Ex N°3297 de 20 de noviembre de 2018; y segundo porque el titular decidió ejecutar el cierre del proyecto, lo que provocó además modificar el objeto del EIA comprometido en este mismo PDC. Por lo mismo, se hace presente que no ha existido extracción, ni menos disposición de estériles, desde el mes de noviembre de 2019.
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32
Presentación ante el Servicio Nacional de Geología y Minería (SERNAGEOMIN) de solicitud para obtención del PAS 136 para establecer apilamiento de residuos mineros y botadero de estériles, considerando características actuales del Proyecto.
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Dado que el proyecto ha mutado hacia uno de Cierre, y que este cierre se ha acreditado mediante los formularios E300 ya reportados en esta, el titular ha debido reformular una serie de antecedentes y capítulos del EIA, lo que motivó la solicitud de ampliación en agosto de 2019. Asimismo, se hace presente que el titular está tramitando una declaratoria de interés nacional (DIN), la cual fue resuelta por CONAF, a través, de la Resolución N°456/2020 que Declara como Interés Nacional las obras asociadas al Proyecto "Cierre Operacional Mina Cardenilla", que autoriza la intervención y/o alteración de hábitat de carácter excepcional de especies vegetales nativas clasificadas de conformidad con el artículo 37 de la Ley N°19.300. Las obras a ejecutar, reconocidas por la DIN, consisten en la construcción de canal de contorno para open - pit y botaderos existentes que implica la intervención y alteración de hábitat de bosque nativo de preservación de la especie Prolieria Chilensis (Guayacán), la cual se encuentra catalogada como "vulnerable". Todos los servicios se pronunciaron conformes para la declaratoria. Para la fecha de inicio, se consideró la solicitud de tramitación de la DIN. Para el presente reporte, se acompañan los antecedentes asociados a la tramitación de la DIN y la Res. Ex. N°456/2020, dictada por CONAF.
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33
Mientras no se obtenga la respectiva RCA comprometida en la Acción N° 25 y el PAS N° 136 comprometido en la Acción N° 31, el titular se abstendrá de depositar material en el botadero de estériles existente en Mina Cardenilla y mantendrá el control operacional de éste, de acuerdo a lo dispuesto por la RCA N° 242/2008. Lo anterior implica que el material estéril que sea necesario depositar, se dispondrá transitoriamente en el botadero asociado a Mina Uva, bajo la condición de que se cumpla con las obligaciones ambientales y características que debe tener la disposición de material en dicho botadero, de acuerdo a su autorización ambiental y sectorial. Lo anterior, dado que a la fecha el botadero existente en Mina Cardenilla supera los parámetros establecidos en la RCA N° 242/2008.
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Tal como se ha informado a propósito de la acción N° 30, el titular no se encuentra ejecutando el proyecto Mina Cardenilla desde noviembre de 2018 (en lo referido a extracción de material y, por lo mismo, disposición de estériles), manteniendo -en todo caso- la ejecución de todas las medidas comprometidas en el presente Programa. Por lo mismo, se adjunta el informe topográfico trimestral del botadero (septiembre, octubre y noviembre) que da cuenta de lo anterior, los formularios E-300 de los meses de enero a agosto de 2020, que dan cuenta de la nula extracción en el presente período, registro de cubicación de botadero principal Cardenilla que da cuenta del no aumento de uso del botadero. Por último se acompaña el registro fotográfico que da cuenta de lo anterior. En consideración a lo anterior, se hace presente que Mina Cardenilla no se encuentra utilizando las instalaciones de Mina Uva para esta operación, por lo que no se requerirá el uso de dichas instalaciones.
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34
Informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, los reportes y medios de verificación que acrediten la ejecución de las acciones comprendidas en el PdC a través de los sistemas digitales que la SMA disponga al efecto para implementar el SPDC.
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De acuerdo al PdC, no aplica.
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Reportes del PdC 10

Tipo de reporte: Avance
Fecha de envío: 26-11-2020
Comprobante de envío: Descargar
Medios de verificación: Descargar
#
Estado
Fecha envío
Detalle
1
Enviado
20-03-2019
2
Enviado
27-05-2019
3
Enviado
27-08-2019
4
Enviado
26-11-2019
5
Enviado
26-02-2020
6
Enviado
27-05-2020
7
Enviado
27-08-2020
8
Enviado
26-11-2020
— actual
9
Enviado
26-02-2021
10
Enviado
05-03-2021

Sancionatorios asociados 1

Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle
P-001-2019
23-04-2018
Terminado - PDC Satisfactorio
1 elementos seleccionados