Reporte de programa de cumplimiento
Reporte final — PdC F-048-2018 · AGROSUPER - CERDOS MOSTAZAL
Expediente: F-048-2018 →
Fecha resolución: 13-02-2020
Fecha término: 02-12-2020
Estado PdC: Finalizado
Frecuencia reporte: Trimestral
Tipo PdC: Guía PdC 2018
Unidad fiscalizable: AGROSUPER - CERDOS MOSTAZAL
Comuna / Región: Mostazal — Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
Acciones 8
N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
1
Remitir a la SMA los informes de los monitoreos de calidad del efluente de la planta de tratamiento exigidos por los considerandos 3.3.1 y 6 de la RCA N°278/2007, y la Resolución Exenta N°223/2015 de la SMA, desde el año 2013 a la fecha
Ver detalle →De conformidad a la Acción N°1 del Programa de Cumplimiento el titular se ha comprometido a remitir a la SMA los informes de los monitoreos de calidad del efluente de la planta de tratamiento exigidos por los considerandos 3.3.1 y 6 de la RCA N°278/2007, y la Resolución Exenta N°223/2015 de la SMA, desde el año 2013 a la fecha de aprobación del Programa de Cumplimiento. En razón de lo anterior en Anexo 3, 4 y 5 del Programa de Cumplimiento Refundido se acompañaron los Informes de Análisis de monitoreo de la calidad del efluente de la Planta de Tratamiento, junto a las correspondientes Planillas Excel que dan cuenta de sus resultados para el periodo 2013 a 2018. Luego, con ocasión del primer Reporte Trimestral de fecha 19 de mayo de 2020, y de conformidad al plazo establecido en el Programa de Cumplimiento, se dio cuenta del cumplimiento de la Acción N°1, acreditando (mediante el comprobante de carga adjunto en Anexo N°1.1 del referido reporte) la carga de los Informes de Análisis de Monitoreo de la calidad de la Planta de Tratamiento desde el año 2013 a febrero de 2020. Por su parte, en Anexo 1 del Reporte Final, y de acuerdo a lo contemplado en el Programa de Cumplimiento, se adjuntan los siguientes antecedentes: - Planilla Excel SGA-AMB-R-38 que comprende un registro consolidado de los resultados de los monitoreos del efluente de la Planta de Tratamiento para el periodo comprendido entre enero de 2013 a noviembre de 2020. - Planilla Excel AFC-LOMB-R-11 que comprende un registro consolidado de los resultados de los monitoreos del afluente de la Planta de Tratamiento para los parámetros pH y Temperatura, para el periodo comprendido entre enero de 2013 a noviembre de 2020. - Comprobantes de Carga de Informes de Seguimiento Ambiental de fecha 19 de marzo, 15 de mayo, 18 de agosto, 2 de noviembre y que dan cuenta del cumplimiento de la reportabilidad trimestral respecto de los parámetros monitoreados. Por tanto, de conformidad a lo expuesto, se solicita a esta Superintendencia, tener por acreditado el cumplimiento de la Acción N°1 del Programa de Cumplimiento toda vez que Agrosuper ha remitido la totalidad de los informes de los monitoreos de calidad del efluente de la planta de tratamiento exigidos por los considerandos 3.3.1 y 6 de la RCA N°278/2007 desde el año 2013 a noviembre de 2020.
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Medir, analizar, y reportar la calidad del efluente de la planta de lombrifiltro asegurando el cumplimiento de los valores limite establecidos para los parámetros a monitorear, en conformidad a los considerandos N°3.3.1 y N°6 de la RCA 278/2007.
Ver detalle →De conformidad a la Acción N°2 del Programa de Cumplimiento, el titular se ha comprometido a “medir, analizar, y reportar la calidad del efluente de la planta de lombrifiltro asegurando el cumplimiento de los valores limite establecidos para los parámetros a monitorear, en conformidad a los considerandos N°3.3.1 y N°6 de la RCA 278/2007”. Para lo anterior se indicó que el monitoreo, análisis y reporte se ajustará a lo dispuesto en los considerandos 3.3.1 y 6 de la RCA N°278/2007, y lo previsto en la Resolución Exenta N°223/2015 de la SMA, efectuando un reporte de manera trimestral y/o semestral, según corresponda. De esta manera, en cumplimiento de la presente acción, en el Primer, Segundo y Tercer Reporte Trimestral, se acompañaron los correspondientes comprobantes electrónicos de los reportes de la calidad del efluente, junto con las Planillas Excel que contienen los resultados de los monitoreos realizados. Por otra parte, con la finalidad de dar cumplimiento a los verificadores comprometidos en el Reporte Final del presente Programa de Cumplimiento, en Anexo 2 se adjuntan los siguientes medios de verificación: - Comprobantes electrónicos de los reportes de los autocontroles cargados plataforma digital del sistema de fiscalización durante la vigencia del Programa de Cumplimiento. - Respaldo contable que da cuenta de los costos incurridos en el cumplimiento de esta acción. En la referida carpeta, se adjuntan las Facturas de Hidrolab para el periodo de enero a octubre de 2020, junto con una Planilla Excel “Resumen de Pagos” que da cuenta que los costos asociados al muestreo por parte del laboratorio ascienden a $4.570.680. Sobre el particular debemos aclarar que dicho monto no considera el monitoreo ejecutado en el mes de noviembre, puesto que a la fecha de este reporte no ha sido remitida por el laboratorio la factura correspondiente. Por otra parte, debemos hacer presente que el costo total de esta acción fue estimado considerando la revisión de los informes del laboratorio por parte de personal interno y asesores de Agrosuper en base a un valor hora promedio de la industria (tal como da cuenta el Anexo 7 del Programa de Cumplimiento Refundido). En razón de la información proporcionada durante la vigencia del presente Programa de Cumplimiento, se solicita a esta autoridad dar por acreditado el cumplimiento integro de la Acción N°2, toda vez que se ha acreditado la ejecución del monitoreo, análisis y reporte de la calidad del efluente de la planta de lombrifiltro asegurando el cumplimiento de los valores limite establecidos para los parámetros a monitorear, en conformidad a los considerandos N°3.3.1 y N°6 de la RCA 278/2007.
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Elaborar e implementar un protocolo de monitoreo y reporte de la calidad del efluente con el objeto de dar correcto cumplimiento a los considerandos 3.3.1 y 6 de la RCA N°278/2007, y lo previsto en la Resolución Exenta N°223/2015 de la SMA.
Ver detalle →De conformidad a la Acción N°3 del Programa de Cumplimiento, el titular se ha comprometido a elaborar un protocolo de monitoreo y reporte del programa de monitoreo de calidad del efluente, que incluya acciones y mecanismos de aseguramiento del monitoreo y reporte de la calidad del efluente, según lo exigido en los considerandos 3.3.1, y 6 de la RCA 278/2010. Según se informó en el Primer Reporte Trimestral, las actividades de monitoreo y reporte están distribuidas en diferentes actores, por lo que se ha optado por la elaboración de dos protocolos. Así, esta Superintendencia pudo constatar, con ocasión del Primer Reporte Trimestral, que con fecha 19 de marzo de 2020 se ha procedido a la elaboración de un protocolo de toma de muestras (AFC-LOM-I-09 Instructivo toma de muestra Lombrifiltro Candelaria) y un protocolo de reporte de resultados de muestras de efluentes de purines de cerdo (AFC-LOM-I-010 Instructivo Reporte Resultados Lombrifitlro Candelaria). Por su parte, en el mismo Reporte Trimestral, se acompañó el documento “calendario de reportes” que da cuenta de la implementación del protocolo de reportes de resultados, y se hizo presente que el verificador asociado a la implementación del protocolo de muestras (AFC-LOM-I-09) sería acompañado a partir del Segundo Reporte Trimestral, debido a que las muestras informadas en el Primer Reporte, se obtuvieron con fecha 4 de marzo de 2020, es decir, con anterioridad a la elaboración del protocolo comprometido (19 de marzo de 2020). De esta manera dando cumplimiento a lo señalado en la Acción N°3, en el presente Reporte Final se acompaña en Anexo 3 los siguientes medios de verificación: - AFC-LOM-I-09 Instructivo toma de muestra Lombrifiltro Candelaria, que contiene el Protocolo de toma de muestras de fecha 19 de marzo de 2020. - AFC-LOM-I-010 Instructivo Reporte Resultados Lombrifitlro Candelaria de 19 de marzo de 2020. - Registro de calendario de reportes en la plataforma de Seguimiento Ambiental que da cuenta de la implementación del Instructivo Reporte de Resultados durante la vigencia del Programa de Cumplimiento. - AFC-LOM-R-017 Formato Check list Protocolo de toma de muestras que da cuenta de la implementación del instructivo de toma de muestras y que fue acompañado en el Segundo y Tercer Reporte Trimestral. En razón de los antecedentes proporcionados durante la vigencia del Programa de Cumplimiento y consolidados con ocasión del Reporte Final, se solicita a esta autoridad dar por acreditado el cumplimiento de la Acción N°3, por cuanto se ha demostrado el cumplimiento íntegro de la acción comprometida mediante la elaboración de los respectivos protocolos junto a sus correspondientes registros de implementación.
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Implementar capacitaciones semestrales vinculadas al nuevo protocolo de monitoreo y reportes de calidad del efluente comprometido en la acción ID 3.
Ver detalle →De conformidad a la Acción N°4 el titular se ha comprometido a efectuar capacitaciones semestrales dirigidas a todos aquellos profesionales que tengan directa relación con las obligaciones de muestreo, reporte y registro de calidad del efluente. Para lo anterior se indicó que el contenido esencial de estas capacitaciones incluiría la instrucción de reportar todos los datos a los que se encuentra obligado el titular, de acuerdo al Protocolo comprometido en la acción ID N°3 del Presente Programa de Cumplimiento. De esta manera, con ocasión del Primer Reporte Trimestral (19 de mayo de 2020) se dio cuenta de las capacitaciones realizadas con fecha 29 y 30 de abril de 2020, mientras que en el Tercer Reporte Trimestral, se dio cuenta de las capacitaciones realizadas con fecha 27 de octubre de 2020, dando por concluida la ejecución de la acción referida. A continuación, y en cumplimiento de los verificadores comprometidos para el Reporte Final de conformidad al Programa de Cumplimiento aprobado por esta Superintendencia, en Anexo 4, se acompañan los siguientes antecedentes: - En Anexo 4.1 se adjunta nómina de los trabajadores que ejecutan o ejecutaron actividades asociadas al muestreo, reporte y registro de la calidad del efluente de la planta de tratamiento durante la vigencia del programa de cumplimiento. - En Anexo 4.2 se adjunta registro de asistencia de la capacitación de “Protocolo de Toma de Muestra” realizada con fecha 29 de abril y 27 de octubre, junto a un registro fotográfico y la presentación utilizada en la capacitación realizada por Carolina Olave, Analista Control Laboratorios de la Subgerencia de Sustentabilidad de Agrosuper - En Anexo 4.3 se adjunta registro de asistencia de la capacitación de “Instructivo Reporte de Resultados” realizada con fecha 30 de abril y 27 de octubre de 2020, junto a un registro fotográfico y la presentación utilizada en la capacitación realizada por Carolina Olave, Analista Control Laboratorios de la Subgerencia de Sustentabilidad de Agrosuper Por tanto, en razón de los antecedentes proporcionados durante la vigencia de este Programa de Cumplimiento, se solicita a esta Superintendencia tener por acreditada la ejecución satisfactoria de la Acción N°4, toda vez que se ha demostrado la realización de las capacitaciones semestrales de los nuevos protocolos de monitoreo y reporte de calidad del efluente comprometidos en la Acción N°3.
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Retiro diario de la fracción sólida de lodos desde el lombrifiltro hacia la Ramirana igual o inferior a 17 m3/día, según el Ord. N°765/2009 de la Dirección Regional de la CONAMA de la Región de O’Higgins.
Ver detalle →De conformidad a la Acción N°6 del presente Programa de Cumplimiento, el titular se ha comprometido al retiro diario de la fracción sólida de lodos desde el lombrifiltro hacia La Ramirana en una cantidad igual o inferior a 17 m3/día, según el Ord. N°765/2009 de la Dirección Regional de la CONAMA de la Región de O’Higgins. Así, dado que el transporte de lodos hacia La Ramirana considera en promedio 1,7 viajes al día, desde enero de 2019, el titular ha dado cumplimiento a esta acción, realizando de lunes a sábado dos retiros en camiones de 10 m3 uno de ellos completo hasta el máximo de su capacidad y el segundo de ellos hasta el 70% de capacidad aproximadamente. Tal circunstancia ha sido medida con regleta para asegurar que el transporte diario de lodos no sea superior a 17 m3/día, según lo aprobado. De esta manera, en el presente reporte final, se adjunta en Anexo 5.1 el “Registro diario de fracción sólida desde Lombrifiltro hacia La Ramirana” que comprende el período de enero a noviembre de 2020. Por su parte, se adjunta en Anexo 5.2 de este reporte las “Facturas y Guías de despacho” del período informado y que permiten corroborar la información que consta en la planilla adjunta en Anexo 5.1 junto a los costos incurridos en el cumplimiento de esta acción. Luego, para dar cuenta de la generación diaria de lodo y el efectivo retiro del mismo, se acompaña en Anexo 5.3 de este Reporte, el “Registro diario de lodo generado v/s lodo retirado”, para el periodo enero a noviembre de 2020. Mediante el presente verificador se da cumplimiento al verificador comprometido consistente en “Resumen de los registros diario de lodo generad” y “Resumen de lo registros comparativos mensuales de lodo generado y lodo retirado”. De esta manera, en el presente Reporte Final, se acompañan los siguientes medios de verificación que permiten dar cuenta de la ejecución total de la acción comprometida: - Anexo 5.1 Registro diario de retiro de fracción solida de lodos desde el lombrifiltro hacia La Ramirana en el período enero a noviembre de 2020. - Anexo 5.2 Facturas y guías de despacho que acreditan los costos incurridos en el cumplimiento de esta acción ascienden a $28.052.086. - Anexo 5.3 Registro diario de lodo generado, que comprende un registro comparativo mensual de lodo generado y retirado en el periodo de enero a noviembre de 2020. Por tanto, en razón de los antecedentes proporcionados se solicita a esta autoridad declarar la ejecución satisfactoria de la Acción N°6 del Programa de Cumplimiento, toda vez que se ha dado cuenta del cumplimiento del retiro diario de la fracción sólida de lodos desde el lombrifiltro hacia La Ramirana en una cantidad igual o inferior a 17 m³/día, según el Ord. N°765/2009 de la Dirección Regional de la CONAMA de la Región de O’Higgins
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Elaborar e implementar un protocolo de retiro de lodos que asegure el cumplimiento de la acción anterior y el registro de estas actividades
Ver detalle →De conformidad a la Acción N°7, el titular se ha comprometido elaborar e implementar un protocolo de retiro de lodos que asegure el cumplimiento de la acción anterior y el registro de estas actividades. En función de lo anterior en el Primer, Segundo y Tercer Reporte Trimestral se adjuntaron los siguientes antecedentes: - Protocolo de retiro diario de la fracción sólida de lodos desde el lombrifiltro hacia La Ramirana Código: SGA-AMB-P-011, de 19 de marzo de 2020; - Registro de retiro diario de fracción sólida con indicación de fecha, patente, capacidad del vehículo utilizado, indicación de la cantidad retirada, guía de despacho, resolución sanitaria asociada, y la circunstancia de haberse verificado la medición con regleta. - Declaración firmada de la empresa encargada de efectuar el retiro de lodos, en virtud de la cual se consigna la obligación de dar cumplimiento al Procedimiento de Carga y Descarga de lodos desde el lombrifitltros hacia el Sistema de Tratamiento La Ramirana. A continuación, con la finalidad de dar cumplimiento a los medios de verificación comprometidos para el Reporte Final del Programa de Cumplimiento se acompañan los siguientes antecedentes en Anexo 6: - Protocolo de retiro diario de la fracción sólida de lodos desde el lombrifiltro hacia La Ramirana Código: SGA-AMB-P-011, de 19 de marzo de 2020. - Declaración firmada de la empresa encargada de efectuar el retiro de lodos, en virtud de la cual se consigna la obligación de dar cumplimiento al Procedimiento de Carga y Descarga de lodos desde el lombrifitltro hacia el Sistema de Tratamiento La Ramirana, para el año 2019 y 2020. - Consolidado de registro de retiro diario de fracción sólida con indicación de fecha, patente, capacidad del vehículo utilizado, indicación de la cantidad retirada, guía de despacho, resolución sanitaria asociada y encargado de medición para el periodo comprendido entre marzo a noviembre de 2020. De esta manera, en razón de los antecedentes proporcionados, se solicita a esta Superintendencia tener por acreditado el cumplimiento de la Acción N°7 toda vez que se ha acreditado la elaboración del protocolo de retiro de lodos que asegura el cumplimiento de la Acción N°6, dando cuenta de la implementación del mismo.
Ver detalle →8
Implementar capacitaciones semestrales vinculadas al nuevo protocolo de retiro de lodos comprometido en la acción ID 7.
Ver detalle →De conformidad a la Acción N°8, el titular se ha comprometido a efectuar capacitaciones semestrales a todos aquellos profesionales que tengan directa relación con el retiro de lodos. Según se indicó, el contenido esencial de estas capacitaciones incluiría la instrucción de efectuar un retiro diario de la fracción sólida de lodos desde el lombrifiltro hacia la Ramirana igual o inferior a 17 m3/día, de acuerdo al Protocolo comprometido en la acción ID N°7 de este Programa. De esta manera, con ocasión del Primer Reporte Trimestral (19 de mayo de 2020) se dio cuenta de las capacitaciones realizadas con fecha 21 de abril de 2020, mientras que, en el Tercer Reporte Trimestral, se dio cuenta de las capacitaciones realizadas con fecha 20 de octubre de 2020, dando por concluida la ejecución de la acción referida. A continuación, y en cumplimiento de los verificadores comprometidos para el Reporte Final, en Anexo 4 se acompañan los siguientes antecedentes: - Registro de asistencia de capacitación realizada con fecha 21 de abril y 20 de octubre de 2020. En el registro acompañado se consigna el contenido de la capacitación realizada por Jorge Rivas Coordinador Ambiental de la Subgerencia de Sustentabilidad de Agrosuper. - Registros fotográficos fechados de las capacitaciones realizadas con fecha 21 de abril y 20 de octubre. - Presentación utilizada en la capacitación realizada con fecha 21 de abril y 20 de octubre de 2020. De esta manera, en función de los antecedentes proporcionados durante la ejecución del Programa de Cumplimiento, se solicita a esta Superintendencia, tener por acreditado el cumplimiento de la Acción N°8, toda vez que ha demostrado la ejecución de las capacitaciones semestrales del Protocolo de retiro diario de la fracción sólida de lodos desde el lombrifiltro hacia La Ramirana Código: SGA-AMB-P-011, de 19 de marzo de 2020.
Ver detalle →9
Informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, los reportes y medios de verificación que acrediten la ejecución de las acciones comprometidas en el PdC a través de los sistemas digitales que la SMA disponga al efecto para implementar el SPDC
Ver detalle →Mediante el presente reporte se da cumplimiento a la Acción N°9 del Programa de Cumplimiento
Ver detalle →Reportes del PdC 4
Sancionatorios asociados 1
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Estado
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