Procedimiento sancionatorioExpediente F-059-2019
Procedimiento sancionatorio PANADERIA Y PASTELERIA CHILENA
Expediente: F-059-2019
Fecha inicio: 21-10-2019
Fecha término: 02-08-2022
Multa: 1 U.T.A.
Estado de pago: Pendiente
Estado: Terminado - Sanción
Unidad fiscalizable: PANADERIA Y PASTELERIA CHILENA
Comuna / Región: Chimbarongo — Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Ver sanción →
Documentos 20
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
4
Amplía plazos de oficio
Resuelve Solicitud Ampliación de Plazos (Descargos y PDC Presentación)
19-11-2019
16
Res. Ex. N° 1464 de 2020 resuelve procedimiento administrativo sancionatorio
Resolución Sancionatoria
18-08-2020
17
Notificación al titular Res. Ex. 1464/2020
Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular
28-08-2020
Hechos considerados 1
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
No haber realizado la medición de sus emisiones de MP, mediante una medición anual discreta para el horno tipo chileno a leña, para el periodo comprendido entre los años 2018-2019.
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda.
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 1
Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 1
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Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
No haber realizado la medición de sus emisiones de MP, mediante una medición anual discreta para el horno tipo chileno a leña, para el periodo comprendido entre los años 2018-2019.
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda.
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
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