Procedimiento sancionatorioExpediente D-203-2019
Procedimiento sancionatorio HIDROELECTRICA HIGUERA - LA CONFLUENCIA
Expediente: D-203-2019
Fecha inicio: 30-12-2019
Fecha término: 25-11-2024
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Terminado - PDC Satisfactorio
Unidad fiscalizable: HIDROELECTRICA HIGUERA - LA CONFLUENCIA
Titular: HIDROELECTRICA LA HIGUERA S.A.
Comuna / Región: San Fernando — Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
Programa de cumplimiento: Ver PdC →
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 38
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
Hechos considerados 3
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
No haber obtenido la autorización sectorial de los permisos sectoriales asociados a los PAS 101 y 106 del D.S. N°95/2001.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
No implementación de la medida de reparación establecida en el Considerando 9.3.3. de la RCA N°116/2004 y 3.7. de la RCA N°064/2009, en los sectores A2 y A3.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
3
Modificación de la medida de reparación establecida en el Considerando 3.6.4. de la RCA N°116/2004 para el el botadero DXI B, sin haber sido evaluada ambientalmente, en circunstancias que sí constituye un cambio de consideración al proyecto original.
b) La ejecución de proyectos y el desarrollo de actividades para los que la ley exige Resolución de Calificación Ambiental, sin contar con ella. Asimismo, el incumplimiento del requerimiento efectuado por la Superintendencia según lo previsto en las letras i), j) y k) del artículo 3°
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Fiscalizaciones asociadas 5
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.