Procedimiento sancionatorioExpediente D-012-2020
Procedimiento sancionatorio UNIMARC TALCA MIRADOR
Expediente: D-012-2020
Fecha inicio: 14-02-2020
Fecha término: 29-07-2026
Multa: 135 U.T.A.
Estado de pago: Pendiente
Estado: Terminado - Sanción
Unidad fiscalizable: UNIMARC TALCA MIRADOR
Titular: RENDIC HERMANOS S.A.
Comuna / Región: Talca — Región del Maule
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Ver sanción →
Documentos 17
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
2
Ampliación de Plazos de Oficio Descargos y PdC
Resuelve Solicitud Ampliación de Plazos (Descargos y PDC Presentación)
14-02-2020
4
Acta de Notificación Personal Unimarc Talca Mirador
Notificación Formulación de Cargos
19-02-2020
9
RESOL 575 SMA 2020 REABRE PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO.
Reabre Procedimiento Sancionatorio Suspendido
30-04-2020
15
Res. Ex. N° 2476 de 2020 resuelve procedimiento administrativo sancionatorio
Resolución Sancionatoria
15-12-2020
17
Notificación Res. Ex. 2476 de 2020
Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular
13-04-2021
Hechos considerados 1
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
La obtención, con fecha 18 de marzo de 2017, de Niveles de Presión Sonora Corregidos (NPC) de 2 dB(A) y 10 dB(A) respectivamente, todas las mediciones efectuadas en horario nocturno, en condición externa, en dos receptores sensibles ubicados en Zona III.
h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 1
Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 1
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Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
La obtención, con fecha 18 de marzo de 2017, de Niveles de Presión Sonora Corregidos (NPC) de 2 dB(A) y 10 dB(A) respectivamente, todas las mediciones efectuadas en horario nocturno, en condición externa, en dos receptores sensibles ubicados en Zona III.
h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
135