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Procedimiento sancionatorioExpediente F-020-2020

Procedimiento sancionatorio UNIVERSIDAD CATOLICA DE TEMUCO

Expediente: F-020-2020
Fecha inicio: 18-03-2020
Fecha término: 22-01-2026
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Terminado - PDC Satisfactorio
Unidad fiscalizable: UNIVERSIDAD CATOLICA DE TEMUCO
Comuna / Región: Temuco — Región de La Araucanía
Programa de cumplimiento: Ver PdC →
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público

Documentos 15

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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
1
Designa instructores
Otros
03-03-2020
2
Formulación de Cargos
Formulación de Cargos
18-03-2020
3
SUSPENSIÓN PLAZOS RES 518 SMA 2020
Suspensión
23-03-2020
4
extiende suspensión de plazos
Otros
30-03-2020
5
Mantiene suspensión 575 SMA 2020
Otros
07-04-2020
6
Notifica fdc_14 de abril
Notificación Formulación de Cargos
14-04-2020
7
PDC.
PDC Presentación
29-04-2020
8
Alza de suspensión
Reabre Procedimiento Sancionatorio Suspendido
30-04-2020
9
Memorandum 275 cambio fiscal
Otros
08-05-2020
10
Deriva PdC
Otros
12-05-2020
11
F 020 2020 Aprueba PdC
PDC Aprobación
09-07-2020
12
Notificación por correo electrónico
Notificación de Aprobación de PDC
10-07-2020
13
Medios de verificación PdC
Otros
23-08-2021
14
RES EX 167
Resolución Final PDC
22-01-2026
15
Notificación a titular
Otros
23-01-2026

Hechos considerados 2

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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
No haber realizado la medición de sus emisiones de MP, mediante un muestreo isocinético para las dos calderas de calefacción a leña, con número de registro 692 y 767, respectivamente, para el periodo comprendido entre los años 2015-2016.
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda.
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
Haber superado el valor de concentración máxima de emisión de MP en el informe isocinético de fecha 14 de febrero de 2018, respecto de la caldera de calefacción a leña, con número de registro 692 y, haber superado el valor de concentración máxima de emisión de MP en el informe isocinético de fecha 14 de febrero de 2018, respecto de la caldera de calefacción a leña, con número de registro 767.
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda.
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.

Fiscalizaciones asociadas 1

Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
DFZ-2025-2105-IX-PC
2025

Medidas provisionales asociadas 0

No se registran medidas provisionales asociadas.

Sanciones 0

No se registran sanciones aplicadas.
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