Procedimiento sancionatorioExpediente F-044-2020
Procedimiento sancionatorio VERTEDERO MUNICIPAL DE TALTAL
Expediente: F-044-2020
Fecha inicio: 01-06-2020
Fecha término: —
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: En curso
Unidad fiscalizable: VERTEDERO MUNICIPAL DE TALTAL
Titular: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TALTAL
Comuna / Región: Taltal — Región de Antofagasta
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 65
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
10
7. RE 3 Observaciones PDC Municipalidad de Taltal
PDC - Observaciones de la SMA
24-09-2020
12
8. SOLICITA EXTENSION DE PLAZO PARA PRESENTAR OBSERVACIOENS CAUSA ROL F 44 2020
Otros
29-10-2020
21
13. Acta Reunion por Videoconferencia PDC
Registro de Asistencia al Cumplimiento
13-01-2021
27
17. Acta Reunion por Videoconferencia PDC
Registro de Asistencia al Cumplimiento
15-02-2021
55
30. RE 12 Ordena diligencia probatoria
Solicitud de diligencias (sin término probatorio)
06-04-2022
Hechos considerados 8
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Haber operado un vertedero sin contar con una Resolución de Calificación Ambiental favorable, toda vez que expiró la vida útil del proyecto “Ejecución del vertedero municipal de Taltal”, aprobado mediante RCA N° 120/2004.
b) La ejecución de proyectos y el desarrollo de actividades para los que la ley exige Resolución de Calificación Ambiental, sin contar con ella. Asimismo, el incumplimiento del requerimiento efectuado por la Superintendencia según lo previsto en las letras i), j) y k) del artículo 3°
Graved) Involucren la ejecución de proyectos o actividades del artículo 10 de la ley N° 19.300 al margen del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, si no están comprendidos en los supuestos de la letra F) del número anterior.
2
Haber realizado un defectuoso control y manejo de residuos en el vertedero, de acuerdo a lo siguiente: a) Báscula de pesaje de camiones no se encontraba operativa. b) Acumulación de residuos no asimilables a domésticos al interior del recinto. c) No realizar cubrimiento de los residuos dispuestos en las celdas. d) Acumulación de residuos alrededor del vertedero por acción del viento.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
No haber realizado el control de acceso, permanencia y mantención de animales dentro del recinto del vertedero.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
4
No contar con las obras para el manejo de aguas lluvias y la protección del vertedero frente a aluviones, consistentes en vía aluvional perimetral y el canal de rodeo.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
5
Haber instalado, en todo el recinto del vertedero, dos chimeneas para la evacuación de gases, de las cuales solo una se encontraba operativa.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
6
Haber realizado el regadío de caminos en una frecuencia distinta a la exigida en la RCA N° 120/2004.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
7
No haber efectuado el monitoreo de la calidad del agua subterránea y los percolados del sistema de drenaje.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
8
No haber dado respuesta a los siguientes requerimientos de información: a) No haber informado el estado o fase de ejecución del proyecto, mediante la forma y medios instruidos en la Res. Ex. N° 1518, de fecha 26 de diciembre de 2013. b) No entregar la información solicitada en el Acta de Fiscalización Ambiental de fecha 28 de junio de 2017. c) No haber dado respuesta a la información requerida mediante Res. Ex. MZN N° 42/2017.
Requerimientos de Información
j) El incumplimiento de los requerimientos de información que la Superintendencia dirija a los sujetos fiscalizados, de conformidad a esta ley
Gravef) Conlleven el no acatamiento de las instrucciones, requerimientos y medidas urgentes dispuestas por la Superintendencia.
Fiscalizaciones asociadas 1
Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.