Procedimiento sancionatorioExpediente D-080-2020
Procedimiento sancionatorio CEFAS CHILE - COLINA
Expediente: D-080-2020
Fecha inicio: 12-06-2020
Fecha término: 01-04-2026
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Terminado - PDC Satisfactorio
Unidad fiscalizable: CEFAS CHILE - COLINA
Titular: CEFAS CHILE S.A.
Comuna / Región: Colina — Región Metropolitana
Programa de cumplimiento: Ver PdC →
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 24
#
Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
7
RE 2 Resuelve solicitud de ampliacion de plazo VF
Resuelve Solicitud Ampliación de Plazos (Descargos y PDC Presentación)
07-07-2020
23
16. Memorándum DSC 68 2026 ES PDC Rol D 080 2020
Informa ejecución satisfactoria de PDC
25-02-2026
Hechos considerados 2
#
Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Haber efectuado un defectuoso manejo y almacenamiento de Cal, toda vez que: 1. Superó la capacidad de almacenamiento autorizada en la RCA Nº 197/2012, dado que con fecha 21 de junio de 2017 la empresa almacenó 3.386 toneladas de Cal. 2. Al interior de la bodega de almacenamiento se efectuó la disposición de los maxisacos de forma diversa a lo autorizado en la RCA Nº 197/2012. 3. El proceso de descarga de los maxisacos fue efectuado en el exterior de las instalaciones de la empresa. 4. Superó, en 633 ocasiones, el flujo diario camiones autorizado por la RCA Nº 197/2012, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2014 al 9 de julio de 2017. 5. Haber implementado un procedimiento de trasvasije de material, contrario lo dispuesto por la RCA Nº 197/2012.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
2
Haber almacenado 1610 toneladas de Cal Viva, 15 toneladas Cal Hidratada y 5 Carbonato de Calcio, en bodegas arrendadas sin contar con Resolución de Calificación Ambiental.
Elusión
b) La ejecución de proyectos y el desarrollo de actividades para los que la ley exige Resolución de Calificación Ambiental, sin contar con ella. Asimismo, el incumplimiento del requerimiento efectuado por la Superintendencia según lo previsto en las letras i), j) y k) del artículo 3°
Graved) Involucren la ejecución de proyectos o actividades del artículo 10 de la ley N° 19.300 al margen del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, si no están comprendidos en los supuestos de la letra F) del número anterior.
Fiscalizaciones asociadas 2
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.