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Procedimiento sancionatorioExpediente D-083-2020

Procedimiento sancionatorio RELAVES OVEJERIA - CODELCO

Expediente: D-083-2020
Fecha inicio: 17-06-2020
Fecha término:
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Suspendido
Unidad fiscalizable: RELAVES OVEJERIA - CODELCO
Titular: CODELCO
Comuna / Región: Til til — Región Metropolitana
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público

Documentos 26

#
Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
1
Memorándum designación fiscales
Otros
13-04-2020
2
Formulación de Cargos
Formulación de Cargos
17-06-2020
3
Anexo FdC, tabla N° 6
Otros
17-06-2020
4
Antecedentes denuncias
Otros
17-06-2020
5
Seguimiento Correos titular
Notificación Formulación de Cargos
24-06-2020
6
Fomulario solicitud asistencia
Otros
13-07-2020
7
Presentación titular
Otros
13-07-2020
8
Res. Ex. N° 2
Resuelve Solicitud Ampliación de Plazos (Descargos y PDC Presentación)
14-07-2020
9
Seguimiento titular
Otros
14-07-2020
10
Seguimiento interesado
Otros
14-07-2020
11
Acta VC
Registro de Asistencia al Cumplimiento
14-07-2020
12
Descargos y otros
Descargos
31-07-2020
13
Documentos acompañados
Descargos
31-07-2020
14
Res. Ex. N° 3
Descargos
13-08-2020
15
Notificación titular
Otros
14-08-2020
16
Notificación interesado
Otros
08-09-2020
17
Res. Ex. N° 4
Otros
07-01-2021
18
Notificación titular
Otros
07-01-2021
19
Seguimiento correos interesado
Otros
08-01-2021
20
Presentación titular
Otros
12-01-2021
21
Res. Ex. N° 5 ampliación plazo
Otros
12-01-2021
22
Notificación titular
Otros
12-01-2021
23
Seguimiento correos interesado
Otros
18-01-2021
24
Res. Ex. N° 6
Suspensión
22-02-2021
25
Notificación titular
Otros
01-03-2021
26
Seguimiento correos interesado
Otros
08-03-2021

Hechos considerados 11

#
Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Indebida ejecución de procedimiento de puesta en marcha del STP, resultante en el derrame de relaves hacia los Esteros El Cobre y Chacabuco, acaecido con fechas 17 y 18 de abril de 2016, según se detalla en los considerandos 17 y ss. de la presente formulación de cargos
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
2
Deficiente inspección anual 2017 a la Barrera Cortafugas, parte del sistema de desvío y conducción de aguas de contacto del Depósito Lastre Norte, por cuanto: • No consideró el estado de la geomembrana ni de la cañería dren 600 mm; • No consideró el estado de la trampa de piedras; • No consideró el estado de la tubería HDPE
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
No reportar todos los parámetros del ítem 7.2 de la N.Ch. 1.333/78, para los años 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019, para la estación de monitoreo N° 19, conforme a lo expuesto en los considerandos 31 y ss. de la presente formulación de cargos
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Graveh) Constituyan persistente reiteración de una misma infracción calificada como leve de acuerdo con este artículo.
4
Operar la PTR excediendo considerablemente las especificaciones evaluadas ambientalmente, por cuanto: • La instalación hoy existente supone una extracción de 77.559 m3 de suelo para su construcción, duplicando lo evaluado; • Se alcanza una profundidad de excavación de 8 m, octuplicando lo evaluado; • La PTR no se encuentra emplazada por sobre el nivel del terreno, careciendo por ende de talud perimetral suavizado
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
5
No contar, al interior de la PTR, con el pretil de contención en el sector del espesador principal en las condiciones de funcionamiento previstas en la evaluación ambiental
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
6
No contar, al interior de la PTR, con las piscinas de emergencia comprometidas en la evaluación ambiental, que acumulen pulpa en caso de detención de la operación de equipos de flotación
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
7
No haber obtenido, de manera previa a la ejecución del proyecto, la desafectación de la zona de emplazamiento de la Planta de Procesos afecta a riesgo de remoción en masa, definido en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
8
Presentar superación de caudal, en los autocontroles del punto de descarga “Dren Km 12”, de acuerdo a lo señalado en la Tabla Nº 2 de la presente formulación de cargos –en concordancia con el detalle expuesto en el “Anexo: Tabla 6. Superaciones de caudal en la descarga del punto D14 – DREN KM 12”– y en los siguientes periodos: enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2017; enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, noviembre y diciembre de 2018; y enero, febrero, marzo, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre y diciembre de 2019
h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda
Graveh) Constituyan persistente reiteración de una misma infracción calificada como leve de acuerdo con este artículo.
9
No reportar con la frecuencia exigida en los puntos de muestreo, para los parámetros y en los periodos señalados en la Tabla N° 3 de la presente formulación de cargos, según el siguiente detalle, respectivamente: • Dren Km 12, caudal, meses de febrero de 2017; febrero de 2018; y febrero de 2019
h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
10
Presentar superación de los límites máximos permitidos según el D.S. N° 90/2000 en punto de descarga Dren Km 12 para el parámetro Manganeso, en el mes de mayo de 2018, de conformidad con la Tabla Nº 4 de la presente formulación de cargos, no configurándose los supuestos señalados en el numeral 6.4.2 del D.S. N° 90/2000
h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
11
No reportó información asociada a los remuestreos para los puntos, períodos y parámetros señalados en la Tabla Nº 5 de la presente formulación de cargos
h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.

Fiscalizaciones asociadas 7

Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
DFZ-2014-55-XIII-RCA-IA
2014
DFZ-2016-937-XIII-RCA-IA
2016
DFZ-2017-3660-V-RCA-IA
2017
DFZ-2018-1230-XIII-RCA
2018
DFZ-2018-2883-V-NE
2018
DFZ-2019-1863-V-NE
2019
DFZ-2019-1992-V-NE
2019

Medidas provisionales asociadas 0

No se registran medidas provisionales asociadas.

Sanciones 0

No se registran sanciones aplicadas.
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