Procedimiento sancionatorioExpediente D-099-2020
Procedimiento sancionatorio MINERA ESCONDIDA
Expediente: D-099-2020
Fecha inicio: 30-07-2020
Fecha término: 14-11-2025
Multa: 10000 U.T.A.
Estado de pago: Pagada
Estado: Terminado - Sanción
Unidad fiscalizable: MINERA ESCONDIDA
Titular: MINERA ESCONDIDA LIMITADA
Comuna / Región: Antofagasta — Región de Antofagasta
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Ver sanción →
Documentos 80
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
38
Res. Ex. N10 Reabre procedimiento
Reabre Procedimiento Sancionatorio Suspendido
01-03-2021
49
Presentación Minera Escondida. Solicita negar carácter interesado a Comunidad Camar.
Otros
26-04-2021
51
Presentación Minera Escondida. Téngase presente consideraciones art. 40 LOSMA
Otros
24-05-2021
52
Res. Ex N14. Resuelve solicitud de calidad de interesado y presentaciones que indica
Otros
02-06-2021
67
Notifica resolución sancionatoria titular y terceros
Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular
10-03-2022
78
Resolución Acredita Pago de Multa Total
Resolución Acredita Pago de Multa Total
14-11-2025
Hechos considerados 1
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Disminución del nivel freático en el “Sector de Tilopozo” mayor a 25 cm, superándose con ello, de forma permanente en el tiempo desde el año 2005, la disminución máxima aceptable del nivel freático que pueden soportar los sistemas vegetacionales, según lo dispuesto en la Tabla N° 1 del presente acto, sin ejecutar la medida de reducir el periodo de explotación a menos de 21 años.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravísimaa) Hayan causado daño ambiental, no susceptible de reparación.
Fiscalizaciones asociadas 1
Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 1
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Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
Disminución del nivel freático en el “Sector de Tilopozo” mayor a 25 cm, superándose con ello, de forma permanente en el tiempo desde el año 2005, la disminución máxima aceptable del nivel freático que pueden soportar los sistemas vegetacionales, según lo dispuesto en la Tabla N° 1 del presente acto, sin ejecutar la medida de reducir el periodo de explotación a menos de 21 años.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravísimaa) Hayan causado daño ambiental, no susceptible de reparación.
Multa de una a diez mil U.T.A.
10000