Procedimiento sancionatorioExpediente F-052-2020
Procedimiento sancionatorio JUMBO LA SERENA
Expediente: F-052-2020
Fecha inicio: 31-07-2020
Fecha término: 22-05-2023
Multa: 29 U.T.A.
Estado de pago: Pendiente
Estado: Terminado - Sanción
Unidad fiscalizable: JUMBO LA SERENA
Titular: CENCOSUD RETAIL S.A.
Comuna / Región: La Serena — Región de Coquimbo
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Ver sanción →
Documentos 25
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
9
Res. Ex. N° 2, Previo a proveer incorpórense observaciones al PDC
PDC - Observaciones de la SMA
16-10-2020
15
Res. Ex. N° 4, Téngase por presentados los descargos y requiere información que indica
Otros
07-01-2021
20
Res. Ex. N° 1560 de 2021 resuelve procedimiento administrativo sancionatorio
Resolución Sancionatoria
07-07-2021
21
Notificación Res. Ex. N° 1560 de 2021 SMA
Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular
27-12-2021
Hechos considerados 3
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Las luminarias que forman parte del sistema de alumbrado ambiental de Jumbo La Serena, no cuentan con certificación de cumplimiento de los límites de emisión.
h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
Las luminarias N° 1, 3, 4, 5, 10, 11, 13, 15, 16, 17, 19, 20, 21, 22, 23, 24 y 25 que forman parte del sistema de alumbrado ambiental correspondientes a Jumbo La Serena, se encuentran instaladas con un ángulo de inclinación que implica una distribución de intensidad luminosa que excede a la permitida para un ángulo gama mayor a 90°.
h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
No se entrega la información solicitada mediante acta de inspección ambiental de 18 de junio de 2019, cuyo requerimiento fue reiterado, entre otros puntos, a través de Resolución Exenta SMA N° 1182, de 12 de agosto de 2019.
Requerimientos de Información
j) El incumplimiento de los requerimientos de información que la Superintendencia dirija a los sujetos fiscalizados, de conformidad a esta ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 1
Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 3
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Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
Las luminarias que forman parte del sistema de alumbrado ambiental de Jumbo La Serena, no cuentan con certificación de cumplimiento de los límites de emisión.
h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
15
2
Las luminarias N° 1, 3, 4, 5, 10, 11, 13, 15, 16, 17, 19, 20, 21, 22, 23, 24 y 25 que forman parte del sistema de alumbrado ambiental correspondientes a Jumbo La Serena, se encuentran instaladas con un ángulo de inclinación que implica una distribución de intensidad luminosa que excede a la permitida para un ángulo gama mayor a 90°.
h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
7.3
3
No se entrega la información solicitada mediante acta de inspección ambiental de 18 de junio de 2019, cuyo requerimiento fue reiterado, entre otros puntos, a través de Resolución Exenta SMA N° 1182, de 12 de agosto de 2019.
Requerimientos de Información
j) El incumplimiento de los requerimientos de información que la Superintendencia dirija a los sujetos fiscalizados, de conformidad a esta ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
6.3