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Procedimiento sancionatorioExpediente F-057-2020

Procedimiento sancionatorio COMUNIDAD EDIFICIO SAN RAMON

Expediente: F-057-2020
Fecha inicio: 22-09-2020
Fecha término: 18-06-2021
Multa: 4.1 U.T.A.
Estado de pago: Pendiente
Estado: Terminado - Sanción
Unidad fiscalizable: COMUNIDAD EDIFICIO SAN RAMON
Comuna / Región: Osorno — Región de Los Lagos
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Ver sanción →

Documentos 13

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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
1
Designa Instructores
Otros
02-09-2020
2
Formulación de Cargos
Formulación de Cargos
22-09-2020
3
Resuelvo III Res. Ex. N°1
Resuelve Solicitud Ampliación de Plazos (Descargos y PDC Presentación)
22-09-2020
4
Notifica FDC_6 octubre 2020
Notificación Formulación de Cargos
01-10-2020
5
Descargos
Descargos
19-10-2020
6
Requiere información
Otros
30-04-2021
7
Notifica requerimiento información
Otros
11-05-2021
8
Respuesta requerimiento de información
Otros
11-05-2021
9
Respuesta a requerimiento de información
Otros
13-05-2021
10
Dictamen
Dictamen
07-06-2021
11
MEMO DERIVACIÓN DICTAMEN A SUPERINTENDENTE
Memo DSC
07-06-2021
12
Resolución Sancionatoria
Resolución Sancionatoria
18-06-2021
13
Notifica resolución Sancionatoria
Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular
26-06-2021

Hechos considerados 1

#
Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
No haber realizado la medición de sus emisiones de MP, de acuerdo a la periodicidad establecida en el artículo 45 del D.S. N°47/2015, mediante un muestreo isocinético que permita acreditar el cumplimiento de los límites de emisión establecidos en el artículo 41 del D.S. N°47/2015, respecto de las dos calderas a leña con registros N° OSO 225 y OSO 226, respectivamente.
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda.
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.

Fiscalizaciones asociadas 2

Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
DFZ-2019-2452-X-PPDA
2019
DFZ-2019-2449-X-PPDA
2019

Medidas provisionales asociadas 0

No se registran medidas provisionales asociadas.

Sanciones 1

#
Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
No haber realizado la medición de sus emisiones de MP, de acuerdo a la periodicidad establecida en el artículo 45 del D.S. N°47/2015, mediante un muestreo isocinético que permita acreditar el cumplimiento de los límites de emisión establecidos en el artículo 41 del D.S. N°47/2015, respecto de las dos calderas a leña con registros N° OSO 225 y OSO 226, respectivamente.
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda.
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
4.1
1 elementos seleccionados