Procedimiento sancionatorioExpediente F-085-2020
Procedimiento sancionatorio CANTERA JOSE MARIA
Expediente: F-085-2020
Fecha inicio: 09-11-2020
Fecha término: —
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: En curso
Unidad fiscalizable: CANTERA JOSE MARIA
Titular: TIERRA GRANDE SPA
Comuna / Región: Coronel — Región del Biobío
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 44
#
Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
8
Res. Ex. 3 Previo a proveer incorpororese observaciones al PdC
PDC - Observaciones de la SMA
16-02-2021
21
ORD. D.S.C. N° 2947 SOLICITA INFORMACIÓN SOBRE PROCEDIMIENTOS QUE INDICA
Otros
12-12-2023
22
ORD. D.S.C. N° 2948 Solicita Información sobre Sumarios Sanitarios Seremi Salud Biobío
Otros
12-12-2023
25
Notificación correo electrónico ORD. D.S.C. N° 2947 I. Municipalidad de Coronel
Otros
13-12-2023
33
RES. EX. N° 9 ROL F 085 2020
Resolución que tiene por incorporados los antecedentes que indica
27-12-2024
42
Res. Ex. N° 1363/2025 Resuelve procedimiento sancionatorio
Resolución Sancionatoria
11-07-2025
43
Notificación titular Res. Ex. 1363/2025
Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular
17-07-2025
Hechos considerados 3
#
Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Implementación deficiente de las medidas de defensa o alteración del cauce, lo que se manifiesta en: -No construir las obras de protección de riberas necesarias en aquellas zonas donde el cauce existente no será modificado, según lo constatado en la fiscalización de 5 de marzo del año 2018. -No ejecutar obras de desvío y protección de las aguas lluvias. -No construir las Piscinas de Decantación N° 1 y 2, requeridas para retener los sedimentos arrastrados por las aguas del estero -No realizar el monitoreo del estero una vez al año en el punto de descarga, ni el monitoreo visual periódico.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
2
Extracción de material pétreo sin utilizar el método de terraza y sin haber iniciado las acciones de cierre de las áreas previamente intervenidas.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
3
En la fiscalización de 5 de marzo del año 2018, la empresa opera sin ejecutar las siguientes medidas de seguridad vial: -No construir una solución para entrada y salida de camiones. -No pavimentar acceso ni implementar señalizaciones de seguridad. -No contar con equipo que permita acreditar el tonelaje despachado. -No contar con equipo de lavado de ruedas. - Inexistencia de control formal asociado a la verificación de las condiciones de la carga, del vehículo y su encarpado.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 2
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.