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Procedimiento sancionatorioExpediente D-164-2020

Procedimiento sancionatorio RELLENO SANITARIO SANTA MARTA

Expediente: D-164-2020
Fecha inicio: 14-12-2020
Fecha término:
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Programa de Cumplimiento en ejecución
Unidad fiscalizable: RELLENO SANITARIO SANTA MARTA
Comuna / Región: Talagante — Región Metropolitana
Programa de cumplimiento: Ver PdC →
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público

Documentos 51

#
Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
1
Memo designa Fiscal Instructora
Otros
10-12-2020
2
Formulación de Cargos
Formulación de Cargos
14-12-2020
3
Antecedentes FDC 1
Otros
14-12-2020
4
Antecedentes FDC 2
Otros
14-12-2020
5
Acta de Notificación Formulación de Cargos
Notificación Formulación de Cargos
15-12-2020
6
Rectifica Formulación de Cargos
Otros
18-12-2020
7
Notificación titular rectificación
Otros
21-12-2020
8
Reunión de asistencia
Registro de Asistencia al Cumplimiento
22-12-2020
9
Solicita ampliación de plazo
Otros
04-01-2021
10
Amplía plazos para PDC y descargos
Resuelve Solicitud Ampliación de Plazos - PDC Presentación
06-01-2021
11
Programa de Cumplimiento
PDC Presentación
13-01-2021
12
Observaciones a Programa de Cumplimiento
PDC - Observaciones de la SMA
01-07-2021
13
Notificación observaciones
Otros
14-07-2021
14
Oficia a Dirección General de Aguas
Otros
15-07-2021
15
Registro de reunión de asistencia al cumplimiento
Registro de Asistencia al Cumplimiento
23-07-2021
16
PDC refundido
PDC Refundido
29-07-2021
17
Carta conductora PDC refundido
PDC Refundido
29-07-2021
18
Anexos PDC refundido
Otros
29-07-2021
19
Respuesta Dirección General de Aguas
Otros
06-08-2021
20
Presentación Observatorio Regional de Derechos Humanos
Otros
16-09-2021
21
Presentación de nuevos antecedentes, denuncia y solicitan ser parte interesada
Otros
30-09-2021
22
Observaciones a Programa de Cumplimiento
PDC - Observaciones de la SMA
10-11-2021
23
Notificación segundas observaciones Programa de Cumplimiento
Otros
22-11-2021
24
Solicita ampliación de plazo
Otros
25-11-2021
25
Otorga ampliación de plazo
Otros
01-12-2021
26
Presenta PdC refundido
PDC Refundido
06-12-2021
27
Anexos PDC parte 1
Otros
06-12-2021
28
Solicita ser parte interesada
Otros
17-03-2022
29
Observaciones a Programa de Cumplimiento
PDC - Observaciones de la SMA
31-03-2022
30
Notificación titular
Otros
12-04-2022
31
Solicita ampliación de plazo
Otros
13-04-2022
32
Amplía plazo
Otros
19-04-2022
33
PDC refundido
PDC Refundido
27-04-2022
34
Anexos PdC refundido
Otros
27-04-2022
35
Provee presentaciones que indica
Otros
14-06-2022
36
Notificación
Otros
14-06-2022
37
Res. Ex. N° 10 Aprueba PdC Consorcio Santa Marta S.A.
PDC Aprobación
12-12-2022
38
Notificación Res. Ex. N° 10
Notificación de Aprobación de PDC
16-12-2022
39
Notificación a interesado
Otros
20-12-2022
40
Solicita rectificación plazo acción 5.11
Otros
18-01-2023
41
Anexos solicitud de rectificación acción 5.11
Otros
18-01-2023
42
Res. Ex. 11 Resuelve solicitud que indica
Otros
19-01-2023
43
Escrito Santa Marta Acción 5.11 del programa de cumplimiento
Otros
31-05-2023
44
Solicita incumplimiento de PdC y medidas provisionales que indica
Otros
07-08-2023
45
Res. Ex. 12 Previo a proveer PTAL
Otros
04-12-2023
46
Notificación por correo electrónico Resolución Exenta N° 12 a Parronales Tinamou Agrícola Ltda.
Otros
05-12-2023
47
Escrito de Parronales Tinamou Agrícola Ltda.
Otros
12-12-2023
48
Escrito de Consorcio Santa Marta informa lo que indica
Otros
14-12-2023
49
Anexos escrito Consorcio Santa Marta
Otros
14-12-2023
50
Resuelve presentación PTAL
Otros
17-01-2024
51
Notificación por correo electrónico Resolución Exenta N° 13 a Parronales Tinamou Agrícola Ltda
Otros
18-01-2024

Hechos considerados 10

#
Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Mal estado del área de filtro verde, constatándose ejemplares de eucaliptus en diversos estados de desarrollo y numerosos individuos de replante, evidenciando una alta mortalidad e insuficiente prendimiento
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
Corte de bosque nativo y afectación de individuos aislados para la construcción de un camino distinto a los contemplados en la descripción del proyecto.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
Descargas de efluente tratado son encausadas por medio de tubería enterrada a un punto de descarga (by pass).
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
4
No reportar la frecuencia de monitoreo exigida en su programa de monitoreo: El establecimiento industrial no reportó con la frecuencia de monitoreo exigida en la Res. Ex. SISS Nº 1476/07, de fecha 28 de mayo de 2007, para los parámetros señalados en la Tabla N° 1 del Anexo de la presente Resolución, correspondiente a su Programa de Monitoreo mensual asociado al D.S. N° 90/2000, en los periodos de diciembre de 2017; enero a diciembre de 2018; enero, febrero, marzo y junio de 2019; julio a diciembre de 2019; julio y agosto de 2020; para los parámetros Coliformes fecales, Ph y Temperatura.
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
5
Superar los límites máximos permitidos en su programa de monitoreo: El establecimiento industrial presentó superación de los niveles máximos permitidos para ciertos parámetros establecidos en el D.S. Nº 90/2000 y en la Res. Ex. SISS Nº 1476/07, de fecha 28 de mayo de 2007, para los parámetros señalados en la Tabla N° 2 del Anexo de la presente Resolución, en los periodos de diciembre 2017; enero a diciembre de 2018; enero a diciembre de 2019; y los meses de enero, febrero y el periodo mayo a septiembre de 2020, tal como se presenta en la Tabla Nº 2, y no se dan los supuestos considerados en el numeral 6.4.2 del DS 90/2000.
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
Graveb) Hayan generado un riesgo significativo para la salud de la población.
6
No reportar los remuestreos según lo establecido en su programa de monitoreo y/o norma de emisión: El establecimiento industrial no reportó los remuestreos, para los parámetros señalados en la Tabla N° 3 del Anexo de la presente Resolución, correspondiente a su Programa de Monitoreo mensual asociado al D.S. N° 90/2000, en los periodos de febrero y marzo y septiembre a diciembre de 2018; enero a diciembre de 2019; y enero a septiembre de 2020.
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
7
No reportar todos los parámetros de su programa de monitoreo: El establecimiento industrial no reportó todos los parámetros exigidos según su programa de monitoreo establecido en la Res. Ex. SISS Nº 1476/07, de fecha 28 de mayo de 2007, específicamente los parámetros señalados en la Tabla N° 4 del Anexo de la presente Resolución, correspondiente a su Programa de Monitoreo mensual asociado al D.S. N° 90/2000, en los periodos de septiembre y noviembre de 2018; y enero a junio y septiembre de 2019.
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
8
No cumplir con el tipo de muestreo exigido en su programa de monitoreo: El establecimiento industrial no cumplió con el tipo de muestreo exigido en su programa de monitoreo establecido en la Res. Ex. SISS Nº 1476/07, de fecha 28 de mayo de 2007, correspondiente a su Programa de Monitoreo mensual asociado al D.S. N° 90/2000, en el periodo de enero de 2017 a marzo de 2018.
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
9
No haber realizado el muestreo isocinético de MP con la frecuencia establecida en el art. 51 del PPDA RM, respecto de la fuente estacionaria tipo proceso sin combustión con un caudal de emisión superior a 1.000 [m3/h] y con N° de registro PR-4391.
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda.
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
10
Haber superado el límite máximo de emisión de MP respecto de la fuente estacionaria tipo proceso, denominada sistema de extracción de polvo- PR-4391 (filtro de mangas).
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda.
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.

Fiscalizaciones asociadas 8

Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
DFZ-2016-731-XIII-RCA-IA
2016
DFZ-2017-6097-XIII-RCA-IA
2017
DFZ-2018-1334-XIII-NE
2018
DFZ-2019-2040-XIII-NE
2019
DFZ-2019-2041-XIII-NE
2019
DFZ-2020-2102-XIII-NE
2020
DFZ-2020-2523-XIII-PPDA
2020
DFZ-2020-3728-XIII-NE
2020

Medidas provisionales asociadas 0

No se registran medidas provisionales asociadas.

Sanciones 0

No se registran sanciones aplicadas.
1 elementos seleccionados