Procedimiento sancionatorioExpediente F-016-2026
Procedimiento sancionatorio ETFA 062-01 FISAM FISCALIZACIONES AMBIENTALES SPA
Expediente: F-016-2026
Fecha inicio: 06-05-2026
Fecha término: —
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: En curso
Unidad fiscalizable: ETFA 062-01 FISAM FISCALIZACIONES AMBIENTALES SPA
Comuna / Región: Rancagua — Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 6
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
Hechos considerados 4
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Inconsistencia entre los registros fotográficos de terreno y el informe de medición FM-IM-1181 rev.2, por cuanto durante la actividad de inspección se evidenció la no descripción de las fuentes de ruido en las fichas de información de medición de ruido para el receptor R1 y R2, lo que difiere de las fichas acompañadas en el informe, las que indican las condiciones de operación de la fuente.
d) El incumplimiento por parte de entidades técnicas acreditadas por la Superintendencia, de los términos y condiciones bajo las cuales se les haya otorgado la autorización, o de las obligaciones que esta ley les imponga
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
Desviaciones en la aplicación del procedimiento autorizado y establecido en el D.S. N° 38/2011 MMA, en informe de medición código FM-IM-1296, revisión 0, de fecha 07 de julio de 2025, por no realizar las mediciones en la condición de mayor exposición al ruido.
d) El incumplimiento por parte de entidades técnicas acreditadas por la Superintendencia, de los términos y condiciones bajo las cuales se les haya otorgado la autorización, o de las obligaciones que esta ley les imponga
Gravísimae) Hayan impedido deliberadamente la fiscalización, encubierto una infracción o evitado el ejercicio de las atribuciones de la Superintendencia.
3
Desviación en la aplicación del procedimiento establecido en el D.S. N° 38/2011 MMA para la medición de ruido, en el informe de medición código CO-IM-1256, revisión 0, de fecha 09 de junio de 2025, al indicar que la fuente emisora no se percibe e informar un NPC distinto a nulo.
d) El incumplimiento por parte de entidades técnicas acreditadas por la Superintendencia, de los términos y condiciones bajo las cuales se les haya otorgado la autorización, o de las obligaciones que esta ley les imponga
Gravísimae) Hayan impedido deliberadamente la fiscalización, encubierto una infracción o evitado el ejercicio de las atribuciones de la Superintendencia.
4
Desviación en la aplicación del procedimiento establecido en el D.S. N° 38/2011 MMA, en el informe de medición código FM-IM-1296, revisión 0, de fecha 07 de julio de 2025, por realizar la medición de ruido de fondo en condiciones distintas a la medición de ruido en receptores.
d) El incumplimiento por parte de entidades técnicas acreditadas por la Superintendencia, de los términos y condiciones bajo las cuales se les haya otorgado la autorización, o de las obligaciones que esta ley les imponga
Gravísimae) Hayan impedido deliberadamente la fiscalización, encubierto una infracción o evitado el ejercicio de las atribuciones de la Superintendencia.
Fiscalizaciones asociadas 2
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.