Procedimiento sancionatorioExpediente F-023-2021
Procedimiento sancionatorio CANTERA II RÍO SECO
Expediente: F-023-2021
Fecha inicio: 29-01-2021
Fecha término: 25-07-2024
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Terminado - PDC Satisfactorio
Unidad fiscalizable: CANTERA II RÍO SECO
Titular: MAQSA AUSTRAL S.A.
Comuna / Región: Punta Arenas — Región de Magallanes y la Antártica Chilena
Programa de cumplimiento: Ver PdC →
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 29
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
4
Notificación personal a titular Res. Ex. N° 1
Notificación Formulación de Cargos
29-01-2021
8
Res. Ex. N° 2 Resuelve solicitud de ampliación de plazo
Resuelve Solicitud Ampliación de Plazos (Descargos y PDC Presentación)
10-02-2021
13
Resolución Exenta N° 3 Observaciones al PdC de Concremag S.A.
PDC - Observaciones de la SMA
09-08-2021
17
Resolución Exenta N° 4 Concede ampliación de plazo presentada por Concremag S.A.
Otros
23-08-2021
19
Acta de registro de asistencia al cumplimiento a Concremag S.A.
Registro de Asistencia al Cumplimiento
24-08-2021
22
Resolución Exenta N° 5 Aprueba con correcciones de oficio PdC Concremag S.A.
PDC Aprobación
24-01-2022
23
Notificación por correo electrónico a Concremag S.A. de Resolución Exenta N° 5 Aprueba PdC
Notificación de Aprobación de PDC
25-01-2022
24
Escrito Cconremag S.A. solicita ampliación de plazo para carga PdC al SPDC
Otros
10-02-2022
26
Notificación por correo electrónico Resolución Exenta N° 6 a Concremag S.A.
Otros
02-03-2022
27
Memorándum N° 275/2024 Propone ejecución satisfactoria PDC
Informa ejecución satisfactoria de PDC
18-06-2024
Hechos considerados 7
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Modificaciones realizadas al circuito de piscinas de sedimentación, provocando la evacuación de los líquidos producidos a la laguna artificial ubicada al oriente del área de emplazamiento del proyecto.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
Incumplimiento a medidas establecidas para el avance en el frente de extracción, lo que se traduce en: a) No instala los piezómetros comprometidos para efectuar monitoreo del nivel de napas freáticas. b) Taludes de trabajo poseen ángulo superior a 45°, además, no construye canales perimetrales para evitar ingreso de aguas lluvia y deshielos al área de explotación.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
3
Incumplimiento de medidas relativas a la recuperación de áreas comprometidas, lo que se traduce en: a) Titular no efectúa recuperación de pasivos ambientales en el área de recuperación oriente (AR-B) de cantera I, conforme a plazos comprometidos. b) Entre los años 2014 a 2017 en áreas explotadas, no se han ejecutado íntegramente las labores de recuperación, habiendo transcurrido más de 12 meses desde el término de explotación.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
4
Titular incumple medidas respecto al plan de reforestación comprometido.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
5
Titular no realiza monitoreo de calidad de aguas del chorrillo sin nombre, conforme a lo establecido en proyecto aprobado ambientalmente.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
6
Titular no remite a través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA, los planos de avance con la explotación anual de la Cantera II, sus perfiles transversales, y los puntos de referencia conforme a lo establecido, correspondientes a los periodos de 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
7
Titular no mantiene actualizada la información requerida a través de la plataforma Sistema de Resoluciones de Calificación Ambiental.
e) El incumplimiento de las normas e instrucciones generales que la Superintendencia imparta en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 3
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.