Procedimiento sancionatorioExpediente D-062-2021
Procedimiento sancionatorio CES MIDHURTS (RNA 110627)
Expediente: D-062-2021
Fecha inicio: 18-02-2021
Fecha término: —
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Programa de Cumplimiento en ejecución
Unidad fiscalizable: CES MIDHURTS (RNA 110627)
Titular: SALMONES BLUMAR S.A.
Comuna / Región: Cisnes — Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
Programa de cumplimiento: Ver PdC →
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 22
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
6
Res. Ex. N° 2
Resuelve Solicitud Ampliación de Plazos (Descargos y PDC Presentación)
26-02-2021
18
Res. Ex. 6 Previo a resolver solicitud de aumento de plazo requiere información que indica
Otros
05-05-2022
Hechos considerados 6
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Emplazamiento de estructuras asociadas a la explotación del centro de cultivo de salmónidos fuera del área de concesión acuícola
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
El CES Midhurst no cuenta con todos los elementos y conocimientos necesarios para el control de un derrame de hidrocarburos, conforme lo descrito por su Plan de Contingencia, al constatarse que faltan 160 paños absorbentes, y que no existe registro de capacitación del personal a su respecto.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
Inadecuado manejo de la mortalidad del CES Midhurst, constatándose que: - existe descarga no autorizada de mortalidad al mar, - la titular no acredita el destino final de toda la mortalidad del CES en vertedero o relleno sanitario autorizado, y - la titular declara una mayor cantidad de mortalidad despachada desde el Centro, en contraste a aquella recibida por la planta procesadora de destino.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
4
Inadecuado manejo de los residuos del CES Midhurst, constatándose que: - la titular no acredita el lugar de disposición final de los residuos peligrosos del Centro, ni que corresponda a un lugar autorizado, - la titular no ha implementado las medidas necesarias para contener un derrame de residuos peligrosos o sustancias peligrosas en la bodega de materiales del Centro, - la titular no acredita la recepción en destino de los residuos domésticos o asimilables a domésticos que han sido despachados del Centro, - la titular no acredita la disposición final de los residuos domésticos o asimilables a domésticos en vertedero o relleno autorizado.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
5
Superar la producción máxima autorizada en el CES Midhurst, durante el ciclo productivo ocurrido entre el 17 de enero de 2017 y el 18 de mayo del año 2018.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
6
No mantener actualizado el Sistema de Seguimiento de RCA de la Superintendencia del Medio Ambiente, al no haber cargado la información relativa a la pertinencia realizada a la RCA N° 449/2008
e) El incumplimiento de las normas e instrucciones generales que la Superintendencia imparta en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 2
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.