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Procedimiento sancionatorioExpediente F-039-2021

Procedimiento sancionatorio RELLENO SANITARIO QUEBRADA ANCHA

Expediente: F-039-2021
Fecha inicio: 05-04-2021
Fecha término: 18-01-2022
Multa: 27 U.T.A.
Estado de pago: Pendiente
Estado: Terminado - Sanción
Comuna / Región: Tocopilla — Región de Antofagasta
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Ver sanción →

Documentos 26

#
Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
1
Formulación de Cargos
Formulación de Cargos
05-04-2021
2
1.1. Memo 331 2021. Designa fiscal
Otros
05-04-2021
3
2. Notificacion RE 1 IMT
Notificación Formulación de Cargos
12-04-2021
4
3. Solicitud de ampliacion de plazo
Otros
29-04-2021
5
4. RE 2 Resuelve solicitud de ampliación de plazo
Resuelve Solicitud Ampliación de Plazos (Descargos y PDC Presentación)
29-04-2021
6
4.1. Notificación RE 2 IMT
Otros
11-05-2021
7
5. Of. Ord. N 337 2021
PDC Presentación
11-05-2021
8
5.1. Programa de Cumplimiento
Otros
11-05-2021
9
6. Memo DSC 465 2021 Deriva PDC
Otros
12-05-2021
10
7. RE 3 Rechaza PdC
PDC Rechazo
02-06-2021
11
7.1. Notificación RE 3 IMT
Otros
10-06-2021
12
8. Descargos IMT
Descargos
23-06-2021
13
9. RE 4 Tiene presente escrito y ordena diligencia probatoria C
Solicitud de diligencias (sin término probatorio)
23-11-2021
14
9.1. Not. RE 4 IMT
Otros
03-12-2021
15
10. ORD N° 202102102171 SEA ANTOFAGASTA
Otros
03-12-2021
16
11. ORD.0966 IMT
Otros
15-12-2021
17
RE 5 Resuelve solicitud de ampliación de plazo
Otros
16-12-2021
18
12.1 Notificacion RE 5 IMT
Otros
17-12-2021
19
13. RE 6 Tiene por cerrada la investigación
Término de la Investigación
30-12-2021
20
13.1 Notificacion RE 6 IMT
Otros
30-12-2021
21
DictamenQuebradaAncha
Dictamen
05-01-2022
22
MEMO DERIVACIÓN DICTAMEN A SUPERINTENDENTE
Memo DSC
05-01-2022
23
Res. Ex. N° 69 SMA 2022 resuelve procedimiento administrativo sancionatorio
Resolución Sancionatoria
18-01-2022
24
Notifica resolución sancionatoria titular
Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular
28-02-2022
25
Reclamación IM Tocopilla
Notificación de reclamación
17-03-2022
26
Sentencia Primer Tribunal Ambiental
Sentencia de Tribunal Ambiental
21-11-2022

Hechos considerados 4

#
Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Manejo deficiente de residuos sólidos en el relleno sanitario puesto que no se efectuó la cobertura y compactación de los residuos domiciliarios y asimilables, observándose presencia de vectores sanitarios; y no se implementó malla móvil para la captura de la fracción de residuos livianos.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
2
Disposición de residuos sólidos en el relleno sanitario, contrario a lo dispuesto en la RCA N° 342/2009, toda vez que: a. Residuos industriales no peligrosos dispuestos en sector denominado “área no intervenida”. b. Disposición de residuos industriales, cenizas y escorias dispuestos en el sector denominado “área de protección”, y sin medidas de control para evitar la solubilización en agua de los acopios de cenizas y escorias. c. Disposición de residuos peligrosos en un sitio no autorizado.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
3
No haber realizado los monitoreos asociados al control topográfico y de asentamientos diferenciales.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
4
No haber dado respuesta a los siguientes requerimientos de información: a) No entregar la información solicitada en el Acta de Fiscalización Ambiental de fecha 16 de abril de 2018. b) No haber dado respuesta a la información requerida mediante Res. Ex. MZN N° 34/2017 y 44/2018, de fecha 20 de junio y 23 de julio de 2018.
Requerimientos de Información
j) El incumplimiento de los requerimientos de información que la Superintendencia dirija a los sujetos fiscalizados, de conformidad a esta ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.

Fiscalizaciones asociadas 2

Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
DFZ-2018-1029-II-RCA-IA
2018
DFZ-2020-2711-II-RCA
2020

Medidas provisionales asociadas 0

No se registran medidas provisionales asociadas.

Sanciones 4

#
Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
Manejo deficiente de residuos sólidos en el relleno sanitario puesto que no se efectuó la cobertura y compactación de los residuos domiciliarios y asimilables, observándose presencia de vectores sanitarios; y no se implementó malla móvil para la captura de la fracción de residuos livianos.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
2
2
Disposición de residuos sólidos en el relleno sanitario, contrario a lo dispuesto en la RCA N° 342/2009, toda vez que: a. Residuos industriales no peligrosos dispuestos en sector denominado “área no intervenida”. b. Disposición de residuos industriales, cenizas y escorias dispuestos en el sector denominado “área de protección”, y sin medidas de control para evitar la solubilización en agua de los acopios de cenizas y escorias. c. Disposición de residuos peligrosos en un sitio no autorizado.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
21
3
No haber realizado los monitoreos asociados al control topográfico y de asentamientos diferenciales.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
2.8
4
No haber dado respuesta a los siguientes requerimientos de información: a) No entregar la información solicitada en el Acta de Fiscalización Ambiental de fecha 16 de abril de 2018. b) No haber dado respuesta a la información requerida mediante Res. Ex. MZN N° 34/2017 y 44/2018, de fecha 20 de junio y 23 de julio de 2018.
Requerimientos de Información
j) El incumplimiento de los requerimientos de información que la Superintendencia dirija a los sujetos fiscalizados, de conformidad a esta ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1.3
1 elementos seleccionados