Procedimiento sancionatorioExpediente F-057-2021
Procedimiento sancionatorio CONTINUACION OPERACION MINA MONTECRISTO Y PLANTA SANTO DOMINGO
Expediente: F-057-2021
Fecha inicio: 30-04-2021
Fecha término: —
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Programa de Cumplimiento en ejecución
Unidad fiscalizable: CONTINUACION OPERACION MINA MONTECRISTO Y PLANTA SANTO DOMINGO
Titular: COMPAÑIA MINERA NOVA VENTURA
Comuna / Región: Taltal — Región de Antofagasta
Programa de cumplimiento: Ver PdC →
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 30
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
6
Res. Ex. N° 2 Resuelve ampliación de plazos
Resuelve Solicitud Ampliación de Plazos (Descargos y PDC Presentación)
19-05-2021
22
22. RE 5 Tiene presente y realiza observaciones C
PDC - Observaciones de la SMA
12-12-2024
Hechos considerados 4
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Implementación deficiente de las obras de contención para el muro oeste del tranque de relaves N° 1, permitiendo el contacto de los relaves con el mar.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
2
Falta de implementación de medidas de prevención y monitoreo de infiltraciones de los tranques de relaves N° 1 y N° 2, lo que se expresa en: - No haber presentado ni implementado un plan de monitoreo sobre el tranque N° 1 que permita determinar posibles infiltraciones. - No haber implementado calicatas para monitoreo de aguas desde el tranque de relaves N° 2, tomando muestras para monitoreo desde las sentinas. - Inexistencia de zanja de recolección de filtraciones desde el tranque de relaves N° 2. - No haber implementado canales interceptores ubicados aguas abajo de los pretiles de protección del tranque de relaves N° 2.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
3
Falta de implementación de programa de monitoreo del medio marino, lo que se expresa en: - No haber ejecutado ni presentado a la Superintendencia los monitoreos trimestrales de columna de agua y sedimento marino desde diciembre de 2008 a la fecha. - No haber implementado planes de contingencia o medidas de mitigación correspondientes a los resultados de los monitoreos realizados.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
4
No mantener actualizado el Sistema de RCA de la Superintendencia del Medio Ambiente, al no haber cargado la información relativa a las pertinencias realizadas a la RCA N° 181/2003 o a la RCA N° 212/2012.
e) El incumplimiento de las normas e instrucciones generales que la Superintendencia imparta en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 2
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.