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Procedimiento sancionatorioExpediente F-083-2021

Procedimiento sancionatorio ETFA 010-01- CESMEC S.A SEDE SANTIAGO

Expediente: F-083-2021
Fecha inicio: 19-08-2021
Fecha término:
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Programa de Cumplimiento en ejecución
Comuna / Región: Colina — Región Metropolitana
Programa de cumplimiento: Ver PdC →
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público

Documentos 20

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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
1
Memo designa fiscal instructora
Otros
10-08-2021
2
Formulación de Cargos
Formulación de Cargos
19-08-2021
3
Notificación Personal ETFA CESMEC
Notificación Formulación de Cargos
19-08-2021
4
CARTA CESMEC S.A 31 DE AGOSTO
Otros
31-08-2021
5
Res. Ex. 2 Ampliación de plazos y otros
Resuelve Solicitud Ampliación de Plazos (Descargos y PDC Presentación)
31-08-2021
6
Formulario de solicitud de asistencia
Otros
02-09-2021
7
Acta Reunión de Asistencia PDC
Registro de Asistencia al Cumplimiento
06-09-2021
8
ESCRITO CESMEC S.A 09 DE SEPTIEMBRE
PDC Presentación
09-09-2021
9
PdC CESMEC S.A. Rol F 083 2021 y Anexos
Otros
09-09-2021
10
Memo 689_2021 Deriva PDC CESMEC a Fiscal
Otros
13-09-2021
11
Res. Ex. 3 Observaciones PDC CESMEC
PDC - Observaciones de la SMA
05-11-2021
12
Notificación Res. Ex. 3
Otros
11-11-2021
13
Solicita ampliacion de plazo CESMEC F 083 2021
Otros
16-11-2021
14
Res. Ex. N°4 Aprueba ampliación de plazo y otros
Otros
19-11-2021
15
CARTA CESMEC S.A 23 DE NOVIEMBRE
Otros
23-11-2021
16
CARTA CESMEC S.A 25 DE NOVIEMBRE
PDC Refundido
25-11-2021
17
Anexos PDC II
Otros
25-11-2021
18
Aprueba PDC CESMEC Firmada
PDC Aprobación
03-06-2022
19
Notificación Aprueba PDC
Notificación de Aprobación de PDC
08-06-2022
20
Memorándum N° 607 designa fiscal instructora
Otros
07-09-2023

Hechos considerados 4

#
Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Incumplimiento de los contenidos generales mínimos exigidos que deben incluir los Informes de Resultados de las actividades de análisis realizadas por la ETFA, en cuanto se verificó: • Falta de identificación clara de el o los inspectores ambientales responsables de la actividad realizada por la ETFA; • Falta de identificación del proyecto objeto de la labor de análisis, así como las partes objeto de dicha actividad; • Identificación incorrecta del Instrumento Ambiental (Resolución de Calificación Ambiental) respecto al cual se realizó la labor de análisis.
d) El incumplimiento por parte de entidades técnicas acreditadas por la Superintendencia, de los términos y condiciones bajo las cuales se les haya otorgado la autorización, o de las obligaciones que esta ley les imponga
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
Firma del Informe de Resultados y de las declaraciones juradas de operatividad de la ETFA, por personas no autorizadas, en cuanto se constató: • La suscripción del Informe de Resultados y de declaración jurada de operatividad, por persona que no figuraba como representante legal de la ETFA; • La suscripción del Informe de Resultados y declaraciones juradas de operatividad por inspector ambiental que no formaba parte del listado de inspectores ambientales asociados a la ETFA.
d) El incumplimiento por parte de entidades técnicas acreditadas por la Superintendencia, de los términos y condiciones bajo las cuales se les haya otorgado la autorización, o de las obligaciones que esta ley les imponga
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
Falta de identificación de la ETFA subcontratada para el análisis de Estaño de Informe de Resultados respectivo; y no presentación de las declaraciones juradas de operatividad, tanto de la ETFA subcontratada como de los inspectores ambientales involucrados.
d) El incumplimiento por parte de entidades técnicas acreditadas por la Superintendencia, de los términos y condiciones bajo las cuales se les haya otorgado la autorización, o de las obligaciones que esta ley les imponga
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
4
Realización de actividad de análisis de aguas residuales, en alcances para los cuales la ETFA presentaba su autorización suspendida por parte de la SMA, de acuerdo a Res. Ex. N° 516/2018 SMA, que ordena medida provisional de suspensión de alcances. A su vez, ejecutó dichas actividades a través de inspectores ambientales que no se encontraban autorizados en los alcances respectivos, por parte de esta Superintendencia.
Otro
d) El incumplimiento por parte de entidades técnicas acreditadas por la Superintendencia, de los términos y condiciones bajo las cuales se les haya otorgado la autorización, o de las obligaciones que esta ley les imponga
Gravísimae) Hayan impedido deliberadamente la fiscalización, encubierto una infracción o evitado el ejercicio de las atribuciones de la Superintendencia.

Fiscalizaciones asociadas 1

Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
DFZ-2018-2689-XIII-RET
2018

Medidas provisionales asociadas 0

No se registran medidas provisionales asociadas.

Sanciones 0

No se registran sanciones aplicadas.
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