Procedimiento sancionatorioExpediente D-232-2021
Procedimiento sancionatorio ACOPIO DE CONCHAS Y PLANTA DE CAL AGRICOLA CHILOE
Expediente: D-232-2021
Fecha inicio: 27-10-2021
Fecha término: —
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Programa de Cumplimiento en ejecución
Unidad fiscalizable: ACOPIO DE CONCHAS Y PLANTA DE CAL AGRICOLA CHILOE
Titular: CAL AUSTRAL SOCIEDAD ANONIMA
Comuna / Región: Castro — Región de Los Lagos
Programa de cumplimiento: Ver PdC →
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 58
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
3
Acta notificación personal formulación de cargos
Notificación Formulación de Cargos
27-10-2021
9
Res. Ex. 3 Resuelve solicitud ampliación de plazo presentación PdC y descargos
Resuelve Solicitud Ampliación de Plazos (Descargos y PDC Presentación)
08-11-2021
12
Acta reunión asistencia al cumplimiento
Registro de Asistencia al Cumplimiento
17-11-2021
26
Acta reunión asistencia al cumplimiento
Registro de Asistencia al Cumplimiento
04-08-2022
39
Escrito Cal Austral Recurso de reposición contra Res. Ex. 7
Presentación de recurso de reposición
07-12-2022
41
Res. Ex. 8 Resuelve desistimiento PdC y da inicio a procedimiento de invalidación Res. Ex. 7
Otros
21-12-2023
49
Res. Ex. 11 Resuelve solicitud de ampliación de plazo presentación PDC refundido
Otros
08-10-2024
Hechos considerados 4
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Ingreso al acopio de materia prima (conchas y conchillas) con restos orgánicos.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravísimag) Constituyan reiteración o reincidencia en infracciones calificadas como graves de acuerdo con este artículo.
2
- Acopio de conchas sin cobertura adecuada, presentando aberturas y áreas sin cubrir.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravísimag) Constituyan reiteración o reincidencia en infracciones calificadas como graves de acuerdo con este artículo.
3
Modificación del proyecto sin contar con una RCA favorable, dada por la generación de líquido lixiviado desde las pilas de acopio de conchas en un mayor volumen y de peor calidad a la evaluada en la RCA N° 219/2007, el cual presenta características de establecimiento emisor en los términos del D.S. 46/2002. A raíz de ello se constató la implementación de (i) una canalización de lixiviados fuera del área del proyecto, (ii) un pozo de acumulación oculto fuera de los límites del proyecto, (iii) el afloramiento de lixiviados hacia una quebrada y estero, (iv) presencia de lixiviados en canales perimetrales de aguas lluvias y (v) el vertimiento de lixiviados hacia los pozos de infiltración de aguas lluvias.
Elusión
b) La ejecución de proyectos y el desarrollo de actividades para los que la ley exige Resolución de Calificación Ambiental, sin contar con ella. Asimismo, el incumplimiento del requerimiento efectuado por la Superintendencia según lo previsto en las letras i), j) y k) del artículo 3°
Graved) Involucren la ejecución de proyectos o actividades del artículo 10 de la ley N° 19.300 al margen del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, si no están comprendidos en los supuestos de la letra F) del número anterior.
4
Cumplimiento parcial a la medida provisional ordenada en el numeral 3) del Resuelvo primero de la Res. Ex. SMA N° 1717/2021.
Otro
l) El incumplimiento de las obligaciones derivadas de las medidas provisionales previstas en el artículo 48
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 2
Medidas provisionales asociadas 2
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.