Procedimiento sancionatorioExpediente D-258-2021
Procedimiento sancionatorio EMBALSE PUNILLA
Expediente: D-258-2021
Fecha inicio: 06-12-2021
Fecha término: —
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: En curso
Unidad fiscalizable: EMBALSE PUNILLA
Titular: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Comuna / Región: Coihueco — Región de Ñuble
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 29
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
26
Res. Ex. N° 1216 SMA 2025 resuelve procedimiento administrativo sancionatorio
Resolución Sancionatoria
25-06-2025
27
Notificacion fallida a titular de Res. Ex. N° 1216/2025 por cambio de domicilio
Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular
01-07-2025
28
Notificación a interesados de Res. Ex. N° 1216/2025
Notificación de Resolución Sancionatoria a Terceros
01-07-2025
Hechos considerados 10
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
La actualización al Plan de Desarrollo Social no se realizó con la anticipación mínima establecida en la evaluación ambiental para el Plan de Relocalización, debiendo haber sido 90 días previos al inicio de la etapa de construcción del proyecto.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
2
Exclusión de la materia ganadera en la actualización del Plan de Desarrollo Social
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
3
No se aplicó la medida de mitigación para permitir minimizar el impacto de la relocalización, consistente en la contratación de las asesorías/consultorías necesarias, para subsanar aquellos problemas y/o imprevistos que surgieran durante la implementación del Plan de Desarrollo Social, como la falta de instrumentos para abordar la baja adhesión al PDS y los problemas de conectividad generados por la expropiación de los predios.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
4
No contar con el Reglamento del Comité de Gestión y Evaluación del Plan de Desarrollo Social ni realizar sus reuniones con la periodicidad establecida en dicho plan.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
5
No se acreditó la ejecución del proceso de traslado e instalación en destino final para los casos de personas afectadas por reasentamiento.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
6
No se acreditó la ejecución de la medida consignada para apoyar el embalaje de los enseres del hogar para el caso de personas afectadas por la relocalización.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
7
No se realizó el seguimiento posterior a la entrega del bono de 60 UF por familia relacionado con la asistencia técnica, transferencia de insumos y tecnología a través del acceso a subsidios y créditos CORFO, INDAP, FOSIS, entre otros).
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
8
Falta en la implementación de la medida relacionada con la promoción de la salud mental y enfrentamiento de crisis, esto pues: i) Las fichas de los afectados por la TPM del sector Punilla carecen de información relevante, como detalle del horario de la atención, medios de verificación ante la ausencia de moradores e informes psicológicos; ii) Periodicidad regular en la realización de las visitas.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
9
No se ha ejecutado el plan de seguimiento ambiental, vinculado a asentamientos humanos, de forma trimestral.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
10
El titular, a la fecha, no ha actualizado la información asociada a la RCA N° 18/2010 en el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental del Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental.
e) El incumplimiento de las normas e instrucciones generales que la Superintendencia imparta en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 2
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.