Procedimiento sancionatorioExpediente A-001-2022
Procedimiento sancionatorio UNIVERSIDAD ADOLFO IBAÑEZ - PEÑALOLEN
Expediente: A-001-2022
Fecha inicio: 02-02-2022
Fecha término: —
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Programa de Cumplimiento en ejecución
Unidad fiscalizable: UNIVERSIDAD ADOLFO IBAÑEZ - PEÑALOLEN
Titular: FUNDACION ADOLFO IBAÑEZ
Comuna / Región: Peñalolén — Región Metropolitana
Programa de cumplimiento: Ver PdC →
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 28
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
7
Res. Ex. N 2
Resuelve Solicitud Ampliación de Plazos (Descargos y PDC Presentación)
24-02-2022
15
Acta 23.06.2022 Reunión por Videoconferencia PDC
Registro de Asistencia al Cumplimiento
23-06-2022
27
Res. Ex. N° 7. Aprueba programa de cumplimiento y suspende procedimiento
PDC Aprobación
17-10-2023
Hechos considerados 3
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
El titular ha ejecutado la corta de especies nativas e intervenciones prediales adicionales no autorizadas al interior de un Área de Preservación Ecológica de acuerdo al PRMS, lo que se expresa en: 1.1. Corta de especies nativas arbustivas, sin contar previamente con autorización sectorial, de acuerdo a lo requerido en el PAS 153. 1.2. Modificación del área de instalación de faena y ensanchamiento y apertura de una nueva huella de acceso. 1.3. Modificación del área de construcción de los estacionamientos. 1.4. Intervención adicional superficial por construcción de la nueva biblioteca.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
2
No reportar a la Superintendencia del Medio Ambiente, en el Sistema de Seguimiento Ambiental, los monitoreos semestrales de la calidad del agua tratada en las PTAS, de acuerdo al D.S. Nº 46/2003, desde el año 2013 a la fecha.
e) El incumplimiento de las normas e instrucciones generales que la Superintendencia imparta en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley
Gravef) Conlleven el no acatamiento de las instrucciones, requerimientos y medidas urgentes dispuestas por la Superintendencia.
3
No presentar antecedentes para la calificación como fuente emisora y obtención de una Resolución de Programa de Monitoreo respecto de las PTAS del recinto universitario, por cuanto las aguas tratadas son destinadas para infiltración a través de drenes.
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
Gravísimae) Hayan impedido deliberadamente la fiscalización, encubierto una infracción o evitado el ejercicio de las atribuciones de la Superintendencia.
Fiscalizaciones asociadas 0
No se registran fiscalizaciones asociadas.
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.