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Procedimiento sancionatorioExpediente D-023-2022

Procedimiento sancionatorio PLANTA PROCESADORA MARTINEZ Y LAGOS

Expediente: D-023-2022
Fecha inicio: 08-02-2022
Fecha término:
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: En curso
Comuna / Región: Coronel — Región del Biobío
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público

Documentos 7

#
Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
1
Formulación de Cargos
Formulación de Cargos
08-02-2022
2
Designación Fiscal Instructora titular y suplente
Otros
08-02-2022
3
Antecedentes previos a la Formulación de Cargos
Otros
08-02-2022
4
Acta de Notificación Personal
Notificación Formulación de Cargos
09-02-2022
5
Descargos
Descargos
28-02-2022
6
SOLICITA INFORMACIÓN QUE INDICA DETERMINANDO FORMA Y PLAZO DE ENTREGA
Solicitud de diligencias (sin término probatorio)
06-04-2022
7
Respuesta requerimiento de información
Otros
09-05-2022

Hechos considerados 3

#
Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Manejo deficiente de residuos sólidos, según lo constatado en la fiscalización de 20 de mayo del 2021, lo que se expresa en: - Ausencia de tolvas de intercambio para el depósito de conchas y disposición de las mismas en camino de acceso a la planta y en sitio eriazo colindante a la empresa. - Disposición de residuos sólidos fuera de los terrenos e instalaciones de la empresa.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
Según lo constatado, en la inspección de 20 de mayo y 22 de noviembre del 2021, la empresa no realiza la disposición de sus residuos líquidos según lo calificado ambientalmente, lo que se manifiesta en: - No descarga sus residuos industriales líquidos mediante el emisario submarino autorizado fuera de la ZPL del sector playa Escuadrón. - Vierte irregularmente sus residuos industriales líquidos a terrenos de playa, generando un foco de insalubridad tanto dentro como fuera de sus instalaciones (Playa de Escuadrón). - No acredita través de documentación fehaciente el manejo dado a las aguas servidas generadas en planta.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
3
La emisión de residuos líquidos no ha sido efectuada conforme a la normativa aplicable, en los siguientes aspectos: -La empresa no ha efectuado la caracterización de efluente, a fin de que se evalúe su calidad de fuente emisora y se apruebe una resolución de programa de monitoreo que autorice su descarga. -La empresa nunca ha informado a la Superintendencia del Medio Ambiente el monitoreo mensual de sus residuos líquidos.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravísimae) Hayan impedido deliberadamente la fiscalización, encubierto una infracción o evitado el ejercicio de las atribuciones de la Superintendencia.

Fiscalizaciones asociadas 1

Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
DFZ-2021-1260-VIII-RCA
2021

Medidas provisionales asociadas 0

No se registran medidas provisionales asociadas.

Sanciones 0

No se registran sanciones aplicadas.
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