Procedimiento sancionatorioExpediente D-090-2022
Procedimiento sancionatorio TEMPLO RESTOBAR
Expediente: D-090-2022
Fecha inicio: 05-05-2022
Fecha término: 19-02-2025
Multa: 2.3 U.T.A.
Estado de pago: Pendiente
Estado: Terminado - Sanción
Unidad fiscalizable: TEMPLO RESTOBAR
Titular: INVERSIONES SLIER & SAAVEDRA SPA
Comuna / Región: La Serena — Región de Coquimbo
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Ver sanción →
Documentos 20
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
4
Res. Ex. N° 1
Resuelve Solicitud Ampliación de Plazos (Descargos y PDC Presentación)
05-05-2022
6
Notificación carta certificada al titular Res. Ex. N° 1
Notificación Formulación de Cargos
16-05-2022
9
Resolución Exenta N° 2 Previo a proveer venga en forma
PDC - Observaciones de la SMA
31-08-2022
11
Resolución Exenta N° 3 Tiene por no presentado Programa de Cumplimiento
Declara No Presentado PDC
09-01-2023
Hechos considerados 1
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
La obtención, con fecha 2 de marzo de 2022, de Niveles de Presión Sonora Corregidos (NPC) de 64 dB(A), 72 dB(A), 61 dB(A) y 64 dB(A), respectivamente, la primera medición efectuada en horario diurno, en condición externa, la segunda medición en horario diurno, condición interna con ventana cerrada, la tercera medición en horario nocturno, condición externa, y la cuarta medición en horario nocturno, condición interna con ventana cerrada, todas desde receptores sensibles ubicados en Zona II.
h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 1
Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 1
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Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
La obtención, con fecha 2 de marzo de 2022, de Niveles de Presión Sonora Corregidos (NPC) de 64 dB(A), 72 dB(A), 61 dB(A) y 64 dB(A), respectivamente, la primera medición efectuada en horario diurno, en condición externa, la segunda medición en horario diurno, condición interna con ventana cerrada, la tercera medición en horario nocturno, condición externa, y la cuarta medición en horario nocturno, condición interna con ventana cerrada, todas desde receptores sensibles ubicados en Zona II.
h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
2.3