Procedimiento sancionatorioExpediente D-002-2015
Procedimiento sancionatorio ECOMAULE
Expediente: D-002-2015
Fecha inicio: 04-03-2015
Fecha término: 07-04-2017
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: En curso
Unidad fiscalizable: ECOMAULE
Titular: ECOMAULE SPA
Comuna / Región: Río Claro — Región del Maule
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 101
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
7
Resolución Exenta N°2 Resuelve solicitud de ampliación de plazo programa de cumplimiento
Otros
25-03-2015
12
Resolución Exenta N°3 Incorporase Observaciones a Programa de Cumplimiento
Otros
28-04-2015
19
Resolución Exenta N° 6 Aprueba Programa de Cumplimiento Eco Maule
PDC Aprobación
01-07-2015
22
Resolución Exenta N° 7 Reinicia Procedimiento Sancionatorio Eco Maule S.A.
Reinicia Procedimiento Sancionatorio
03-02-2016
23
Resolución Exenta N° 8 Incorpora antecedentes y Solicita Medidas Provisionales
Otros
04-02-2016
37
Resolución Exenta N° 12 Reanuda procedimiento sancionatorio
Reabre Procedimiento Sancionatorio Suspendido
04-05-2016
69
Resolución Exenta N° 18 Cierre de la investigación.
Término de la Investigación
13-03-2017
Hechos considerados 17
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Presencia de lixiviados y basuras en canal perimetral de conducción de agua lluvia, correspondiente al borde sur poniente y poniente del alveolo N° 2 del proyecto, así como en las áreas aledañas.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
2
Falta de utilización permanente de barrera móvil de mallas frente al lugar de descarga de los residuos, en el frente de trabajo. En efecto, se constata la presencia de residuos esparcidos en sector del frente de trabajo y por las caras poniente y sur del relleno sanitario.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
Incumplimiento del límite máximo permitido por el DS 90 del 7 de marzo de 2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, para descarga de residuos líquidos a cuerpos de agua fluviales, en lo referido a la concentración de Mercurio (0.003 mg/l) para la muestra de fecha 16 de enero de 2013, y de los límites máximos de Cloruros (849 mg/l) y Nitrógeno total kjeldahl (116.3 mg/l), en las muestras correspondientes a los meses de diciembre de 2013 y abril 2014 respectivamente.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
4
Falta de construcción e implementación del segundo pozo de sondaje de pequeño diámetro, cuyo objeto es la extracción de muestras de agua subterránea.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
5
Falta de implementación de techumbre en dos canchas de secado de lodos producto de la planta de tratamiento de lixiviados, hecho que se constata tanto durante la fiscalización 2013 como 2014
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
6
Falta de implementación de proceso de acondicionamiento de lodos sanitarios al no mezclarse estos con residuos de madera como viruta o aserrín.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
7
Acumulación de lodos sanitarios, sin tratamiento de precompostaje o compostaje, en piscinas no autorizadas por RCA, desde el año 2013 al 2015.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Graveb) Hayan generado un riesgo significativo para la salud de la población.
8
Afloramiento y posterior aposamiento de lixiviado en canal perimetral y base del alveolo 1, así como también en la etapa de habilitación del alveolo 2, específicamente en el proceso de impermeabilización basal.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
9
Existencia de prendimiento de las plantas de sólo 260 plantas/ha, incumpliendo así el Plan de Manejo Forestal aprobado por Conaf.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
10
Omisión de elaboración y apoyo respecto a programas de reforestación de especies arbóreas utilizadas por los campesinos para energía y otros usos agrícolas.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
11
No presentación de antecedentes solicitados en relación a la activación de procedimiento de enmascaramiento de olores, siendo requerido a ello en el Acta de la Fiscalización de fecha 29 de octubre de 2013.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
12
Omisión del registro de cuatro camiones que ingresan al área de pesaje de camiones, sin constatar el contenido y origen la carga ingresada, lo que fue evidenciado durante la inspección de fecha 26 de junio de 2013.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
13
Falta de implementación de proceso de acondicionamiento de lodos sanitarios al no mezclarse estos con residuos de madera como viruta o aserrín.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
14
Acumulación de residuos líquidos entre las pilas de compostaje de residuos agroindustriales, sin ser absorbido con algún material.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
15
Recepción de tonelaje de residuos para compostaje, superior a la capacidad máxima de recepción establecida en la DIA, según lo constatado en inspección ambiental 2013 y 2014.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
16
Acumulación de material compostado al ingreso de la instalación, que no corresponde al área de compostaje fijado por la RCA 52/2004 y 277/2007.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
17
Falta de entrega de información relativa al Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 93 del D.S. N° 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, siendo requerido a ello por personal de la SMA durante la inspección ambiental de fecha 27 de febrero de 2014.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 3
Medidas provisionales asociadas 2
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.