Procedimiento sancionatorioExpediente D-188-2022
Procedimiento sancionatorio HERRADURA EXPERIENCE
Expediente: D-188-2022
Fecha inicio: 12-09-2022
Fecha término: 31-07-2023
Multa: 1.4 U.T.A.
Estado de pago: Pendiente
Estado: Terminado - Sanción
Unidad fiscalizable: HERRADURA EXPERIENCE
Comuna / Región: La Serena — Región de Coquimbo
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Ver sanción →
Documentos 20
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
16
Tiene presente descargos e incorpora nueva denuncia
Resolución tiene presente descargos
12-05-2023
20
Notificación res 1327 titular e interesados
Notificación de Resolución Sancionatoria a Terceros
03-08-2023
Hechos considerados 1
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
La obtención, con fecha 31 de octubre de 2021, de Niveles de Presión Sonora Corregidos (NPC) de 74 dB(A) y 65 dB(A), ambas mediciones efectuadas en horario nocturno, en condición externa la primera y en condición interna con ventana cerrada la segunda, las dos en receptores sensibles ubicados en Zona III.
h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 1
Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 1
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Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
La obtención, con fecha 31 de octubre de 2021, de Niveles de Presión Sonora Corregidos (NPC) de 74 dB(A) y 65 dB(A), ambas mediciones efectuadas en horario nocturno, en condición externa la primera y en condición interna con ventana cerrada la segunda, las dos en receptores sensibles ubicados en Zona III.
h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1.4