Procedimiento sancionatorioExpediente D-240-2022
Procedimiento sancionatorio PTAS VILKUN BERRIES
Expediente: D-240-2022
Fecha inicio: 28-10-2022
Fecha término: 15-10-2025
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Terminado - PDC Satisfactorio
Unidad fiscalizable: PTAS VILKUN BERRIES
Titular: PROCESOS NATURALES VILKUN S.A.
Comuna / Región: Vilcún — Región de La Araucanía
Programa de cumplimiento: Ver PdC →
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 19
#
Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
16
Informa ejecución satisfactoria de Programa de Cumplimiento
Informa ejecución satisfactoria de PDC
08-09-2025
Hechos considerados 4
#
Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
NO REPORTAR TODOS LOS PARÁMETROS DE SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial no reportó en el mes de enero del año 2021 los parámetros, correspondiente al control normativo anual de la Tabla N° 2 del D.S. N° 90/2000, de acuerdo al numeral 1. de la Res. Ex. N°4913/2012 de la SISS, que modifica su Programa de Monitoreo según se detalla en la Tabla N° 1.1 del Anexo N°1 de la presente Resolución.
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
NO REPORTAR LA FRECUENCIA DE MONITOREO EXIGIDA EN SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial no reportó la frecuencia de monitoreo exigida su Programa de Monitoreo (Res. Ex. N°1094/2012 de la SISS) mensual asociado al D.S. N°90/2000, para los parámetros y períodos que a continuación se indican y que se detalla en la Tabla N° 1.2 del anexo Nº1 de la presente Resolución: a) Aceites y grasas: octubre, noviembre, diciembre del año 2019; enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre, diciembre del año 2020; enero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre del año 2021. b) Caudal: octubre, noviembre, diciembre del año 2019; enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, noviembre del año 2020; noviembre del año 2021. c) DBO5: octubre, noviembre, diciembre del año 2019; enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre, diciembre del año 2020; enero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre del año 2021. d) Fósforo: octubre, noviembre, diciembre del año 2019; enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre, diciembre del año 2020; enero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre del año 2021. e) Nitrógeno total kjeldahl: octubre, noviembre, diciembre del año 2019; enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre, diciembre del año 2020; enero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre del año 2021. f) pH: octubre, noviembre, diciembre del año 2019; enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto del año 2020; noviembre del año 2021. g) Poder espumógeno: octubre, noviembre, diciembre del año 2019; enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre, diciembre del año 2020; enero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre del año 2021. h) Sólidos suspendidos totales: octubre, noviembre, diciembre del año 2019; enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre, diciembre del año 2020; enero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre del año 2021. i) Temperatura: octubre, noviembre, diciembre del año 2019; enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto del año 2020; noviembre del año 2021.
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
SUPERAR LOS LÍMITES MÁXIMOS PERMITIDOS PARA LOS PARÁMETROS DE SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial presentó superación del límite máximo permitido por la Tabla N° 2 del artículo 1 numeral 4.2 del D.S. N° 90/2000, para los parámetros: a) Aceites y Grasas: mayo del año 2021. b) Coliformes Fecales o Termotolerantes: octubre y diciembre del año 2019; febrero, marzo, abril, mayo, julio del año 2020; febrero, marzo, abril, mayo del año 2021. c) DBO5: octubre, noviembre, diciembre del año 2019; enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, agosto, septiembre, octubre, noviembre, diciembre del año 2020; enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre, diciembre del año 2021. d) pH: octubre, noviembre, diciembre del año 2019; marzo, abril, mayo, septiembre, octubre, noviembre, diciembre del año 2020; enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre, diciembre del año 2021. e) Poder Espumógeno: septiembre del año 2020. Estas superaciones se detallan en la Tabla N° 1.3 del Anexo Nº 1 de esta Resolución; no configurándose los supuestos señalados en el numeral 6.4.2 del D.S. N° 90/2000.
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
4
SUPERAR EL LIMITE MÁXIMO PERMITIDO DE VOLUMEN DE DESCARGA EN SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial excedió el límite de volumen de descarga exigido en su Programa de Monitoreo (Res. Ex. N°1094/2012 de la SISS) en los meses de noviembre y diciembre del año 2019; septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2020; y, enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre, diciembre del año 2021, según se detalla en la Tabla N° 1.4 del Anexo N°1 de la presente Resolución.
Otro
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 8
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.