Procedimiento sancionatorioExpediente F-007-2015
Procedimiento sancionatorio PTAS LABRANZA
Expediente: F-007-2015
Fecha inicio: 20-04-2015
Fecha término: 10-07-2015
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Terminado - Archivado
Unidad fiscalizable: PTAS LABRANZA
Comuna / Región: Temuco — Región de La Araucanía
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 13
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
11
Resolución Exenta N°2 Se pronuncia sobre escrito presentado por San Isidro S.A.
Otros
16-06-2015
12
Resolución Exenta N°569 Ordena Archivo y Remite Antecedentes
Resolución Sancionatoria
10-07-2015
Hechos considerados 6
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Efectos desfavorables en el cauce de Estero Botrolhue, consistentes en la presencia de gran cantidad de materiales sólidos, alta turbiedad, espumas, aguas de color café y olor característico a aguas servidas.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
2
Falta de elaboración, implementación y aprobación por parte de la autoridad sanitaria competente, del “Plan de Monitoreo de Vectores y ruidos”.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
3
Superación del límite máximo permitido para coliformes fecales (5.100 NMP/100 ml) en la NCH 1.333, aguas debajo de la descarga en el mes de agosto de 2014.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
4
Falta de elaboración, implementación y aprobación por parte de la autoridad sanitaria competente, del “Programa de Monitoreo Permanente” de los pozos que sirven de abastecimiento a los sistemas comunitarios de agua potable Comité de Agua Potable Rural Botrolhue y Villa Luisa.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
5
Incumplimiento de letras a), b) y d) de medidas provisionales decretadas en Resolución Exenta N° 41/2015, ya que: -No se ejecutaron obras necesarias en el Estero Botrolhue que permitieran mantener el escurrimiento natural de sus aguas, toda vez que se constató acumulación de espumas, aguas color café. Asimismo no se acompañó cronograma ni informe de las labores de limpieza dentro del plazo establecido. - Omisión de limpieza de los clarificadores evidenciándose en fiscalizaciones de fechas 06 y 13 de marzo de 2015 el funcionamiento de los tres clarificadores con alta concentración de espumas y residuos sólidos al interior de ellos, sin acompañar además informe que contenga un procedimiento de limpieza. - Falta de elaboración y presentación de informe final de estado de ejecución de las medidas provisionales.
-
f) Incumplir las medidas adopatadas por la Superintendencia en virtud de lo dispuesto en las letras g) y h) del artículo 3°
Gravef) Conlleven el no acatamiento de las instrucciones, requerimientos y medidas urgentes dispuestas por la Superintendencia.
6
Incumplimiento a requerimiento de información de Resolución Exenta N°45 letra d): - Se acompañó de manera incompleta e insuficiente los monitoreos de calidad de los pozos Comité de Agua Potable Rural Botrolhue y de Villa Luisa.
Requerimientos de Información
j) El incumplimiento de los requerimientos de información que la Superintendencia dirija a los sujetos fiscalizados, de conformidad a esta ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 1
Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.