Procedimiento sancionatorioExpediente D-011-2015
Procedimiento sancionatorio BARRICK - PASCUA LAMA
Expediente: D-011-2015
Fecha inicio: 22-04-2015
Fecha término: 23-06-2026
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: En curso
Unidad fiscalizable: BARRICK - PASCUA LAMA
Titular: COMPAÑIA MINERA NEVADA SPA
Comuna / Región: Alto del Carmen — Región de Atacama
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 108
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
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14
Presenta Descargos CMNSPA sobre algunos hechos constitutivos de infracción
Descargos
26-05-2015
18
Solicita hacerse parte, presenta recurso de reposición sobre Programa de Cumplimiento, Patrocinio y poder, otros
Otros
05-06-2015
19
Téngase presente observaciones presentadas, otorga el carácter de interesados a habitantes del Valle del Huasco, venga en formar poder y otros_ Res. Ex. N° 5
Otros
08-06-2015
20
Ratifica escrito de fecha 5 de junio de 2015 sobre designación de poderes a Gandarillas y otros
Otros
23-06-2015
21
Se pronuncia sobre el recurso de reposición interpuesto y otras solicitudes_ Res. Ex. N° 6
Otros
23-06-2015
23
Rechaza Programa de Cumplimiento y Levanta Suspensión decretada _ Res. Ex. N° 7
PDC Rechazo
24-06-2015
27
Téngase presente personería adjunta y suspende procedimiento administrativo_ Res. Ex. N° 9
Suspensión
08-07-2015
28
Téngase por interpuesto el recurso de reposición y estése a lo resuelto_ Res. Ex. N° 10
Otros
08-07-2015
31
Rechaza el Recurso de Reposición y deriva al Superintendente por Recurso Jerárquico_ Res. Ex. N°11
Otros
24-07-2015
33
Levanta Suspensión y tiene presente observaciones de interesados_ Res. Ex. N° 12
Reabre Procedimiento Sancionatorio Suspendido
03-08-2015
37
Escrito Comunidades Valle del Huasco_ Solicita se tengan presente consideraciones que indica y otros
Otros
23-11-2015
39
Res. Ex. N_13_Rol D_011_2015_Decreta diligencia probatoria y otros
Solicitud de diligencias (sin término probatorio)
12-01-2016
54
Res_ Ex_ N° 16_ Incorpora Acta de diligencia y da traslado a interesados asistentes
Otros
26-01-2016
60
Escrito Comunidades Valle del Huasco_ Solicita se tengan presente información que acompaña
Otros
04-03-2016
62
Memo N° 157_2016_Designa nuevo Fiscal Instructor Suplente, en caso de ausencias justificadas de la Titular
Otros
15-03-2016
69
Res. Ex. N° 19/Rol D_011_2015_ Accede a la ampliación de plazo solicitada
Otros
05-05-2016
74
Res. Ex. N° 21_Rol D_011_2015_ Ordena Acumular el procedimiento en curso al Rol A_002_2013
Otros
08-06-2016
76
Res. Ex. D.S.C./P.S.A. N° 1456, Decreta el Cierre de la Investigación, decreta reserva de oficio, ordena notificar en el Diario Oficial y otros
Término de la Investigación
07-12-2017
92
Notificación Res. Ex. N° 72_2018_CMNSpA
Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular
17-01-2018
96
Sentencia 1° TA acoge parcialmente reclamaciones
Sentencia de Tribunal Ambiental
17-09-2020
106
Notificación en Diario Oficial
Notificación de Resolución Sancionatoria a Terceros
21-11-2024
Hechos considerados 10
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Durante el año 2013, CMNSpA monitoreó a la especie Lama guanicoe (Guanaco), sólo en el período de Otoño de aquel año, incumpliendo su compromiso de monitorear en las temporadas de Primavera y Verano, tal se constata en el Informe Consolidado – Año 2013, denominado “Monitoreo de Guanacos Río del Estrecho – Quebrada Los Barriales (…)”.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
Desde el inicio de la fase de construcción hasta la fecha, CMNSpA no ha construido la “Zona de Estacionamiento Temporal” en la ruta C-489, la cual se encuentra destinada a evitar molestias a las comunidades aledañas.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
Desde el 28 de diciembre de 2012 a la fecha, CMNSpA no ha enviado a esta Superintendencia, reportes asociados al monitoreo freático de las vegas emplazadas en el punto NE-5.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
4
CMNSpA no ha presentado ante esta Institución, estudios completos y suficientes que den cuenta a cabalidad del cumplimiento de todos los objetivos contemplados en el estudio “Dinámica de corto y largo plazo de los bofedales del proyecto Pascua – Lama: Implicaciones para su manejo”, impidiendo entonces conocer a la autoridad si éstas están o no siendo efectivamente protegidas, ya que no se están monitoreando todos los componentes necesarios para ello.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
5
Producto de la construcción de ciertas obras del proyecto minero Pascua Lama, tales como, caminos, campamento barriales, sistema de drenaje – ácido ducto, otras obras y áreas removidas, CMNSpA habría intervenido aproximadamente un total de 13,832 hectáreas de la especie Azorella Madrepórica por sobre lo autorizado en la RCA N° 24/2006, así como también habría intervenido un total de 2,16 hectáreas de vegas altoandinas por sobre lo autorizado en el mismo permiso ambiental.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravísimaa) Hayan causado daño ambiental, no susceptible de reparación.
6
Se han registrado niveles por sobre los límites determinados para el efluente de la planta de tratamiento de aguas ácidas de contacto, según lo establece la Resolución Exenta N° 746, de 17 de diciembre de 2014, de esta Superintendencia.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
7
CMNSpA, ha incumplido sus compromisos asociados al Plan de Monitoreo Social.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
8
El CMNSpA ha cumplido parcialmente su compromiso de monitorear los glaciares y glaciaretes emplazados en el área de influencia del proyecto minero Pascua Lama.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
9
Las campañas del año 2013 y 2014 correspondientes a los monitoreos anuales de anfibios (Rhinella atacamensis (sapo de atacama), no se han realizado durante el horario de mayor actividad de estas especies (21:00-23:00 horas), careciendo entonces de representatividad, tal como consta en los Informes denominados: “Estudio Monitoreo y Actualización de Línea de Base de los Recursos Bióticos (Fauna): Área de Influencia del Proyecto Pascua Lama (2011-2013)” y; “Estudio Monitoreo y Actualización de Línea de Base de los Recursos Bióticos (Fauna): Área de Influencia del Proyecto Pascua-Lama (2011-2014)”.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
10
CMNSpA no realizó la captura de individuos de micromamíferos (roedores) durante la campaña correspondiente al año 2014, tal como consta en el Informe denominado “Estudio Monitoreo y Actualización de Línea de Base de los Recursos Bióticos (Fauna): Área de Influencia del Proyecto Pascua-Lama (2011-2014)”.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 3
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.