Procedimiento sancionatorioExpediente F-083-2022
Procedimiento sancionatorio PISCICULTURA GARO
Expediente: F-083-2022
Fecha inicio: 21-11-2022
Fecha término: 23-08-2023
Multa: 1.2 U.T.A.
Estado de pago: Pendiente
Estado: Terminado - Sanción
Unidad fiscalizable: PISCICULTURA GARO
Titular: PISCICULTURA GARO S.A.
Comuna / Región: Coyhaique — Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Ver sanción →
Documentos 18
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
6
Resolución Exenta N° 2 Venga en forma
Resolución Previo Proveer - Venga en forma
04-01-2023
9
Resolución Exenta N° 3 Observaciones al Programa de Cumplimiento
PDC - Observaciones de la SMA
07-02-2023
18
Notificación Res 1494 titular
Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular
30-08-2023
Hechos considerados 1
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
El establecimiento industrial no reportó los monitoreos de autocontrol de su Programa de Monitoreo, (Res. Ex. SISS N° 228, de fecha 29 de enero de 2010) durante los períodos que se detallan en la Tabla N° 1.1 del Anexo 1 de la formulación de cargos.
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 4
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 1
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Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
El establecimiento industrial no reportó los monitoreos de autocontrol de su Programa de Monitoreo, (Res. Ex. SISS N° 228, de fecha 29 de enero de 2010) durante los períodos que se detallan en la Tabla N° 1.1 del Anexo 1 de la formulación de cargos.
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1.2