Procedimiento sancionatorioExpediente F-092-2022
Procedimiento sancionatorio SOCIEDAD AGRICOLA EL PORVENIR S.A. (LONGAVI)
Expediente: F-092-2022
Fecha inicio: 07-12-2022
Fecha término: —
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: En curso
Unidad fiscalizable: SOCIEDAD AGRICOLA EL PORVENIR S.A. (LONGAVI)
Titular: SOCIEDAD AGRICOLA EL PORVENIR S.A.
Comuna / Región: Longaví — Región del Maule
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 24
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
13
Titular Solicitud de reunión de asistencia
Solicitud de Asistencia al Cumplimiento
04-12-2023
14
Acta de reunión de asistencia al cumplimiento
Registro de Asistencia al Cumplimiento
04-12-2023
19
Solicitud de reunión de asistencia al cumplimiento
Solicitud de Asistencia al Cumplimiento
16-09-2024
20
Solicitud de reunión de asistencia al cumplimiento
Solicitud de Asistencia al Cumplimiento
06-06-2025
22
Solicitud de asistencia al cumplimiento
Solicitud de Asistencia al Cumplimiento
01-08-2025
Hechos considerados 4
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
El establecimiento industrial no reportó los monitoreos de autocontrol de su Programa de Monitoreo [Resolución Exenta SISS N° 932, de fecha 6 de marzo de 2008] durante del mes de diciembre del año 2021, según se detallan en la Tabla N° 1.1 del Anexo 1 de la presente Resolución.
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
El establecimiento industrial no reportó información asociada a los remuestreos respecto de los parámetros DBO5 y Sólidos Suspendidos Totales, en el mes de julio del año 2020, según se detalla en la Tabla N° 1.2 del Anexo 1 de la presente Resolución.
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
El establecimiento industrial presentó superación del límite máximo permitido por la Tabla N° 1 del artículo 1 numeral 4.2. D.S. N° 90/2000, respecto de los parámetros DBO5 y Sólidos Suspendidos Totales, en el mes de julio del año 2020, según se detalla en la Tabla N° 1.3 del Anexo 1 de esta Resolución; no configurándose los supuestos señalados en el numeral 6.4.2 del D.S. N° 90/2000.
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
4
El establecimiento industrial excedió el límite de volumen de descarga exigido en su Programa de Monitoreo [Resolución Exenta SISS N° 932, de fecha 6 de marzo de 2008], en el mes de julio de 2020 y mes de abril de 2021, según se detalla en la Tabla N° 1.4 del Anexo de la presente Resolución.
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 2
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.