ambi
Iniciar sesión Empezar gratis
Procedimiento sancionatorioExpediente F-096-2022

Procedimiento sancionatorio OCEAN SPRAY LANCO

Expediente: F-096-2022
Fecha inicio: 13-12-2022
Fecha término: 13-09-2023
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Terminado - Absolución
Unidad fiscalizable: OCEAN SPRAY LANCO
Comuna / Región: Lanco — Región de Los Ríos
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público

Documentos 8

#
Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
1
Memorándum D.S.C. N° 616/2022. Designa Fiscal Instructor
Otros
13-12-2022
2
Formulación de Cargos
Formulación de Cargos
13-12-2022
3
Notificación Res. Ex. N°1
Notificación Formulación de Cargos
20-12-2022
4
Descargos presentados por el titular. 18 de enero de 2023
Descargos
18-01-2023
5
Dictamen
Dictamen
30-08-2023
6
MEMO DERIVACIÓN DICTAMEN A SUPERINTENDENTE
Memo DSC
30-08-2023
7
Res. Ex. N°1610 SMA 2023 resuelve procedimiento administrativo sancionatorio
Resolución Sancionatoria
13-09-2023
8
Notificación Res. Ex. N°1610 SMA 2023
Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular
03-10-2023

Hechos considerados 2

#
Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
NO REPORTAR LA FRECUENCIA DE MONITOREO EXIGIDA EN SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial no reportó la frecuencia de monitoreo exigida en su Programa de Monitoreo (Res. Ex. N° 445 SMA, de fecha 19 de mayo del año 2016), para los parámetros caudal, pH y temperatura en el mes de marzo del año 2021, según se detalla en la Tabla N° 1.1 del Anexo N° 1 de la presente Resolución.
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
SUPERAR EL LÍMITE MÁXIMO PERMITIDO DE VOLUMEN DE DESCARGA EN SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial excedió el límite de volumen de descarga exigido en la Resolución Exenta N° 445 SMA, de fecha 19 de mayo del año 2016, en los meses de marzo, abril, mayo y junio de 2021, según se detalla en la Tabla N° 1.2 del Anexo N° 1 de la presente Resolución.
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.

Fiscalizaciones asociadas 1

Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
DFZ-2022-1085-XIV-NE
2022

Medidas provisionales asociadas 0

No se registran medidas provisionales asociadas.

Sanciones 0

No se registran sanciones aplicadas.
1 elementos seleccionados