Procedimiento sancionatorioExpediente D-109-2023
Procedimiento sancionatorio URBANA CENTER APOQUINDO
Expediente: D-109-2023
Fecha inicio: 04-05-2023
Fecha término: 31-12-2025
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: En curso
Unidad fiscalizable: URBANA CENTER APOQUINDO
Titular: INMOBILIARIA TORRE APOQUINDO SPA
Comuna / Región: Las Condes — Región Metropolitana
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 30
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
6
Resolución Exenta N° 2 Tiene por evacuados los Descargos e incorpora antecedentes que indica
Resolución que tiene por incorporados los antecedentes que indica
11-07-2023
9
Resolución Exenta N° 3 Rol D 109 2023
Resolución que tiene por incorporados los antecedentes que indica
21-11-2024
18
Notificación resolución sancionatoria al titular
Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular
10-01-2025
19
Notificación resolución sancionatoria a terceros
Notificación de Resolución Sancionatoria a Terceros
10-01-2025
30
Actuación. Notificación Reclamación Torre Apoquindo
Notificación de reclamación
13-02-2026
Hechos considerados 3
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Construcción del cierre perimetral de la obra a una altura inferior a lo evaluado ambientalmente, sin características de hermeticidad en sus junturas.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
2
Vía de acceso a la faena de construcción distinta a la evaluada ambientalmente.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
La obtención, con fechas 13, 14 y 15 de mayo de 2020, de Niveles de Presión Sonora Corregidos (NPC) de 68, 67 y 67 dB(A), respectivamente, todas las mediciones efectuadas todas en horario diurno, en condición interna, con ventana abierta y en un receptor sensible ubicado en Zona II.
h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 1
Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.