Procedimiento sancionatorioExpediente F-026-2023
Procedimiento sancionatorio COMUNIDAD EDIFICIO INSTITUTO ALEMÁN
Expediente: F-026-2023
Fecha inicio: 22-06-2023
Fecha término: 30-12-2024
Multa: 9.3 U.T.A.
Estado de pago: Pendiente
Estado: Terminado - Sanción
Unidad fiscalizable: COMUNIDAD EDIFICIO INSTITUTO ALEMÁN
Titular: COMUNIDAD EDIFICIO INSTITUTO ALEMAN
Comuna / Región: Osorno — Región de Los Lagos
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Ver sanción →
Documentos 25
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
2
Resuelvo IV
Resuelve Solicitud Ampliación de Plazos (Descargos y PDC Presentación)
22-06-2023
23
Res. Ex. N° 2416 SMA 2024 resuelve procedimiento administrativo sancionatorio
Resolución Sancionatoria
30-12-2024
24
Notificación Res. Ex. N° 2416 SMA 2024 Titular
Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular
31-01-2025
Hechos considerados 2
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Haber superado el límite máximo de emisión de MP respecto de la fuente tipo caldera nueva a leña con registro OSO-404-AC.
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda.
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
No haber realizado la medición discreta de emisiones de MP, de acuerdo a la periodicidad establecida, respecto de: a) la caldera a leña con registro OSO-310-AC, durante los siguientes periodos: (i) Desde el 29 de marzo de 2020 hasta el 28 de marzo de 2021 y; (ii) desde el 29 de marzo de 2021 hasta el 28 de marzo de 2022 y (iii) desde el 29 de marzo de 2022 y el 28 de marzo de 2023. b) la caldera a leña con registro OSO-404-AC, durante los siguientes periodos: (i) entre el 24 de marzo de 2020 y el 23 de marzo de 2021 y; (ii)entre el 24 de marzo de 2021 y el 23 de marzo de 2022.
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda.
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 1
Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 2
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Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
Haber superado el límite máximo de emisión de MP respecto de la fuente tipo caldera nueva a leña con registro OSO-404-AC.
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda.
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
3.4
2
No haber realizado la medición discreta de emisiones de MP, de acuerdo a la periodicidad establecida, respecto de: a) la caldera a leña con registro OSO-310-AC, durante los siguientes periodos: (i) Desde el 29 de marzo de 2020 hasta el 28 de marzo de 2021 y; (ii) desde el 29 de marzo de 2021 hasta el 28 de marzo de 2022 y (iii) desde el 29 de marzo de 2022 y el 28 de marzo de 2023. b) la caldera a leña con registro OSO-404-AC, durante los siguientes periodos: (i) entre el 24 de marzo de 2020 y el 23 de marzo de 2021 y; (ii)entre el 24 de marzo de 2021 y el 23 de marzo de 2022.
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda.
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
5.9