Procedimiento sancionatorioExpediente D-192-2023
Procedimiento sancionatorio GIMNASIO KSPORT CONCEPCION
Expediente: D-192-2023
Fecha inicio: 08-08-2023
Fecha término: 31-12-2025
Multa: 1.8 U.T.A.
Estado de pago: Pendiente
Estado: Terminado - Sanción
Unidad fiscalizable: GIMNASIO KSPORT CONCEPCION
Titular: KSPORT SPA
Comuna / Región: Concepción — Región del Biobío
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Ver sanción →
Documentos 26
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
6
Presenta recurso de reposición Res. Ex. 1 interesado
Presentación de recurso de reposición
16-08-2023
8
Res. Ex. 2 Declara inadmisible recurso de reposición y resuelve lo que indica
Resolución tiene presente
16-10-2023
12
Res. Ex. 3 Tiene presente descargos, incorpora antecedentes y resuelve lo que indica
Resolución tiene presente descargos
10-04-2024
18
Notificación titular Res. Ex. 745
Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular
22-05-2024
Hechos considerados 1
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
La obtención, con fecha 18 de mayo de 2022, de Niveles de Presión Sonora Corregidos (NPC) de 48 dB(A) y 53 dB(A), ambas mediciones efectuadas en horario nocturno, en condición interna con ventana cerrada la primera y en condición externa la segunda, todas desde receptores sensibles ubicados en Zona II.
h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 2
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 1
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Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
La obtención, con fecha 18 de mayo de 2022, de Niveles de Presión Sonora Corregidos (NPC) de 48 dB(A) y 53 dB(A), ambas mediciones efectuadas en horario nocturno, en condición interna con ventana cerrada la primera y en condición externa la segunda, todas desde receptores sensibles ubicados en Zona II.
h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1.8