Procedimiento sancionatorioExpediente D-221-2023
Procedimiento sancionatorio Pub La Calle
Expediente: D-221-2023
Fecha inicio: 28-09-2023
Fecha término: 14-02-2025
Multa: 2.6 U.T.A.
Estado de pago: Pendiente
Estado: Terminado - Sanción
Unidad fiscalizable: Pub La Calle
Titular: Siany Díaz Casas
Comuna / Región: Huasco — Región de Atacama
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Ver sanción →
Documentos 29
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
21
Reposición contra Res. Ex. N°5 que rechazó PDC
Presentación de recurso de reposición
23-10-2024
22
Resolución Exenta N°6 declara inadmisible recurso de reposición de fecha 23 de octubre de 2024
Resolución tiene presente
09-12-2024
27
Notificación titular Res. Ex. 242/2025
Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular
20-02-2025
29
Notificación terceros Res. Ex. 242/2025
Notificación de Resolución Sancionatoria a Terceros
07-03-2025
Hechos considerados 1
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
La obtención, con fechas 6 de agosto de 2023 y 13 de enero de 2024, de Niveles de Presión Sonora Corregidos (NPC) de 63 y 65 dB(A) respectivamente, ambas mediciones efectuadas en horario nocturno, en condición interna con ventana cerrada la primera, e interna con ventana abierta la segunda y en receptores sensibles ubicados en Zona III.
h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 2
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 1
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Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
La obtención, con fechas 6 de agosto de 2023 y 13 de enero de 2024, de Niveles de Presión Sonora Corregidos (NPC) de 63 y 65 dB(A) respectivamente, ambas mediciones efectuadas en horario nocturno, en condición interna con ventana cerrada la primera, e interna con ventana abierta la segunda y en receptores sensibles ubicados en Zona III.
h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
2.6