Procedimiento sancionatorioExpediente F-075-2023
Procedimiento sancionatorio ALCANTARILLADO PUERTO OCTAY
Expediente: F-075-2023
Fecha inicio: 30-11-2023
Fecha término: 04-09-2024
Multa: 9.4 U.T.A.
Estado de pago: Pendiente con Convenio de Pago
Estado: Terminado - Sanción
Unidad fiscalizable: ALCANTARILLADO PUERTO OCTAY
Comuna / Región: Puerto Octay — Región de Los Lagos
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Ver sanción →
Documentos 10
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
7
Res. Ex N°3 Tiene por presentado respuesta al requerimiento de información
Otros
21-08-2024
Hechos considerados 1
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
NO REPORTAR LOS MONITOREOS DE AUTOCONTROL DE SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial no reportó los monitoreos de autocontrol de su Programa de Monitoreo (Res. Ex. DIRECTEMAR N° 24, de fecha 8 de enero de 2010) correspondiente a los meses de diciembre del año 2020 hasta enero del año 2022, conforme se detalla en la Tabla N° 1.1del Anexo 1 de la presente Resolución.
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 6
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 1
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Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
NO REPORTAR LOS MONITOREOS DE AUTOCONTROL DE SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial no reportó los monitoreos de autocontrol de su Programa de Monitoreo (Res. Ex. DIRECTEMAR N° 24, de fecha 8 de enero de 2010) correspondiente a los meses de diciembre del año 2020 hasta enero del año 2022, conforme se detalla en la Tabla N° 1.1del Anexo 1 de la presente Resolución.
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
9.4