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Procedimiento sancionatorioExpediente D-041-2015

Procedimiento sancionatorio PISCICULTURA LA ESPERANZA

Expediente: D-041-2015
Fecha inicio: 19-08-2015
Fecha término: 14-06-2016
Multa: 8.2 U.T.A.
Estado de pago: Pendiente
Estado: Terminado - Sanción
Unidad fiscalizable: PISCICULTURA LA ESPERANZA
Comuna / Región: Cunco — Región de La Araucanía
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Ver sanción →

Documentos 18

#
Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
1
Denuncia DGA.
Otros
08-05-2015
2
Designa Fiscal Instructor.
Otros
06-07-2015
3
Formulación de Cargos
Formulación de Cargos
19-08-2015
4
Ord. MZS 422/2015
Otros
20-08-2015
5
Intento notificación FDC
Otros
31-08-2015
6
Notifica inicio de la instrucción del procedimiento administrativo sancionatorio.
Otros
16-09-2015
7
Notificación FDC
Otros
10-10-2015
8
Intento notificación FDC
Otros
20-10-2015
9
Solicita información que indica
Otros
26-01-2016
10
Designa fiscal instructor
Otros
08-02-2016
11
Escrito Sur Inversiones S.A.
Otros
10-02-2016
12
Res. Exenta N° 3
Otros
29-04-2016
13
Responde Res. Exenta N° 3
Otros
12-05-2016
14
Dictamen Piscicultura La Esperanza
Dictamen
31-05-2016
15
MEMO DERIVACIÓN DICTAMEN A SUPERINTENDENTE
Otros
31-05-2016
16
Resolución sancionatoria
Resolución Sancionatoria
14-06-2016
17
Notificación
Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular
22-06-2016
18
Notificación
Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular
22-06-2016

Hechos considerados 7

#
Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Se constata la existencia de una Bocatoma construida en concreto no contemplada en el proyecto evaluado ambientalmente y la falta de gaviones instalados en el sector en donde esta se localiza.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
Modificación del cauce del Río Santa Inés con la subsecuente obstaculización del caudal ecológico.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
3
Las aguas captadas no se restituyen en su totalidad.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
4
Residuos dispersos en distintos sectores de la piscicultura.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
5
Almacenamiento de productos químicos y sitio de almacenamiento de residuos peligrosos corresponde a bodegas de madera que no cuentan con cerco perimetral, losa de cemento, y en el caso del lugar de almacenamiento de productos químicos, con sistema de drenaje y lavado.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
6
Se constata la existencia dentro del sistema de ensilaje de material en avanzado estado de descomposición del que emana un olor pestilente de alta intensidad.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
7
Operación de la Piscicultura sin contar con las aprobaciones de la DGA respecto de los cambios en los puntos de captación de aguas ni los proyectos de construcción de bocatomas sobre el Río Curacalco y Estero Santa Inés.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.

Fiscalizaciones asociadas 0

No se registran fiscalizaciones asociadas.

Medidas provisionales asociadas 0

No se registran medidas provisionales asociadas.

Sanciones 7

#
Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
Se constata la existencia de una Bocatoma construida en concreto no contemplada en el proyecto evaluado ambientalmente y la falta de gaviones instalados en el sector en donde esta se localiza.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1
2
Modificación del cauce del Río Santa Inés con la subsecuente obstaculización del caudal ecológico.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1
3
Las aguas captadas no se restituyen en su totalidad.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Amonestación por Escrito
4
Residuos dispersos en distintos sectores de la piscicultura.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1.3
5
Almacenamiento de productos químicos y sitio de almacenamiento de residuos peligrosos corresponde a bodegas de madera que no cuentan con cerco perimetral, losa de cemento, y en el caso del lugar de almacenamiento de productos químicos, con sistema de drenaje y lavado.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
3.7
6
Se constata la existencia dentro del sistema de ensilaje de material en avanzado estado de descomposición del que emana un olor pestilente de alta intensidad.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1.2
7
Operación de la Piscicultura sin contar con las aprobaciones de la DGA respecto de los cambios en los puntos de captación de aguas ni los proyectos de construcción de bocatomas sobre el Río Curacalco y Estero Santa Inés.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Absolución
1 elementos seleccionados