Procedimiento sancionatorioExpediente D-089-2024
Procedimiento sancionatorio Congelados Ñuble Spa (EX FROZEN FRUT)
Expediente: D-089-2024
Fecha inicio: 30-04-2024
Fecha término: 23-04-2025
Multa: 49 U.T.A.
Estado de pago: Pendiente
Estado: Terminado - Sanción
Unidad fiscalizable: Congelados Ñuble Spa (EX FROZEN FRUT)
Titular: SOCIEDAD FROZEN FRUT CHILE LTDA.
Comuna / Región: San Carlos — Región de Ñuble
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Ver sanción →
Documentos 18
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
7
Formulario solicitud reunión de asistencia
Solicitud de Asistencia al Cumplimiento
03-07-2024
18
Res. Ex N° 797/2025 Resuelve procedimiento sancionatorio
Resolución Sancionatoria
23-04-2025
Hechos considerados 1
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
La obtención, con fecha 6 de noviembre de 2023, de un Nivel de Presión Sonora Corregido (NPC) de 66 dB(A); la obtención con fecha 15 de noviembre de 2023, de un NPC de 64 dB(A); y, la obtención, con fecha 29 de febrero de 2024, de un NPC de 65 dB(A), la primera medición efectuada en horario diurno, y las siguientes en horario nocturno, todas las mediciones realizadas en condiciones externas y en un receptor sensible ubicado en Zona Rural.
h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 2
Medidas provisionales asociadas 1
Expediente
Estado
Fecha inicio
Detalle
Sanciones 1
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Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
La obtención, con fecha 6 de noviembre de 2023, de un Nivel de Presión Sonora Corregido (NPC) de 66 dB(A); la obtención con fecha 15 de noviembre de 2023, de un NPC de 64 dB(A); y, la obtención, con fecha 29 de febrero de 2024, de un NPC de 65 dB(A), la primera medición efectuada en horario diurno, y las siguientes en horario nocturno, todas las mediciones realizadas en condiciones externas y en un receptor sensible ubicado en Zona Rural.
h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
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