Procedimiento sancionatorioExpediente F-063-2024
Procedimiento sancionatorio EDIFICIO PICARTE
Expediente: F-063-2024
Fecha inicio: 13-11-2024
Fecha término: 29-10-2025
Multa: 2.3 U.T.A.
Estado de pago: Pendiente
Estado: Terminado - Sanción
Unidad fiscalizable: EDIFICIO PICARTE
Titular: COMUNIDAD EDIFICIO PICARTE
Comuna / Región: Valdivia — Región de Los Ríos
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Ver sanción →
Documentos 10
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
Hechos considerados 2
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Haber operado una caldera de calefacción marca SIME, modelo CV-3473610, que utiliza como combustible diésel, con una potencia mayor a 75 kWt durante un episodio crítico nivel pre emergencia ambiental, con fecha 24 de junio de 2024, sin haber acreditado la concentración de emisiones asociadas a la misma para poder funcionar durante un episodio de Emergencia
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda.
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
No se ha completado el catastro de fuentes estacionarios en el Sistema de Seguimiento atmosférico (SISAT) de la Superintendencia del Medio Ambiente
e) El incumplimiento de las normas e instrucciones generales que la Superintendencia imparta en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 1
Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 2
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Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
Haber operado una caldera de calefacción marca SIME, modelo CV-3473610, que utiliza como combustible diésel, con una potencia mayor a 75 kWt durante un episodio crítico nivel pre emergencia ambiental, con fecha 24 de junio de 2024, sin haber acreditado la concentración de emisiones asociadas a la misma para poder funcionar durante un episodio de Emergencia
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda.
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1.3
2
No se ha completado el catastro de fuentes estacionarios en el Sistema de Seguimiento atmosférico (SISAT) de la Superintendencia del Medio Ambiente
e) El incumplimiento de las normas e instrucciones generales que la Superintendencia imparta en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1