Procedimiento sancionatorioExpediente D-274-2024
Procedimiento sancionatorio TALLER DE REDES BADINOTTI
Expediente: D-274-2024
Fecha inicio: 25-11-2024
Fecha término: —
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: En curso
Unidad fiscalizable: TALLER DE REDES BADINOTTI
Titular: BADINOTTI NET SERVICES AYSEN
Comuna / Región: Aysén — Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 15
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
4
Notificación Res. Ex. N°1_Titular_Fallida
Notificación Fallida de Formulación de Cargos
26-12-2024
Hechos considerados 5
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Rebalse y disposición en suelo, de aguas lluvias contactadas con residuos orgánico de las redes sucias acumuladas en losa de acopio, sin ser canalizadas a la Planta de Tratamiento de Riles.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
2
Incumplir con las condiciones del monitoreo de calidad de agua del estero El Salto, 100 metros arriba y 100 metros abajo de la descarga, en lo relativo a: 2.1. Omitir la realización de los monitoreos semestrales de los siguientes periodos a) 2021: primer semestre. b) 2022: primer semestre y segundo semestre. c) 2023: primer y segundo semestre. d) 2024: primer semestre 2.2. En el Informe de Monitoreo del segundo semestre del año 2021, no se reportó el monitoreo del parámetro aceites y grasas.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
NO REPORTAR TODOS LOS PARÁMETROS DE SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial no reportó el parámetro Coliformes Fecales o Termotolerantes, en diciembre de 2021, según lo establecido en su Programa de Monitoreo, contenido en Resolución Exenta SMA N°920/2019, y que se detallan en la Tabla N° 1.1 del Anexo I de la presente Resolución.
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
4
SUPERAR LOS LÍMITES MÁXIMOS PERMITIDOS PARA LOS PARÁMETROS DE SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial presentó superación del límite máximo permitido por la Tabla N° 1 del artículo 1 numeral 4.2 del D.S. N° 90/2000, para los parámetros Cobre y Nitrógeno total Kjedhal, en el mes de septiembre del año 2022, según se detalla en la Tabla N° 1.2 del Anexo I de esta Resolución; no configurándose los supuestos señalados en el numeral 6.4.2 del D.S. N° 90/2000.
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
5
SUPERAR EL LÍMITE MÁXIMO PERMITIDO DE VOLUMEN DE DESCARGA EN SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial excedió el límite de volumen de descarga exigido en su Programa de Monitoreo contenido en Resolución Exenta SMA N°920/2019, en los períodos de febrero del 2022 a diciembre del 2023, según se detalla en la Tabla N° 1.3 del Anexo I de la presente Resolución.
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 5
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.